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Presos políticos

¿Por qué los presos políticos del 11J no reciben los beneficios de excarcelación que las leyes cubanas contemplan?

El abogado de DIARIO DE CUBA Edel González Jiménez analiza esta situación y hace recomendaciones a los prisioneros y sus familiares.

Madrid
Madres de presos políticos del 11J con fotos de sus hijos.
Madres de presos políticos del 11J con fotos de sus hijos. Justicia 11J/Facebook

Son decenas los prisioneros políticos del 11J que alegan padecer la negación permanente de los beneficios de excarcelación establecidos por las leyes cubanas, así lo demuestra el seguimiento del tema que hacen el área jurídica de la redacción de DIARIO DE CUBA y el Observatorio Cubano de Derechos Humanos.

El tiempo de cumplimiento transcurrido y la conducta sostenida en las cárceles son elementos que reafirman que buena parte de estos manifestantes están en condiciones de recibir una decisión judicial favorable que implique su libertad.

Cómo accionar, entonces, contra el patrón de negación de libertad condicional y suspensión de trabajo correccional con internamiento impuesto arbitrariamente por las autoridades políticas del régimen. Para muchos de estos presos políticos y sus familiares es inexplicable la desigualdad en el trato que recibe un condenado por delito común, sea cual sea el hecho cometido o las consecuencias producidas, y un condenado por motivos de represión política.

En tal sentido, el ex presidente del Tribunal Provincial de Villa Clara y abogado de DIARIO DE CUBA Edel González Jiménez sostiene que "la subordinación del sistema judicial al poder político de la Isla es la causa fundamental de la negación de derechos de excarcelación a privados de libertad, que son víctimas del fenómeno de criminalización por razones políticas. El abuso y el trato discriminante acabará cuando el sistema judicial cubano sea parte de un Estado de Derecho real".

La criminalización política implica dinámicas penalizadoras de conductas cívicas, el enjuiciamiento arbitrario y el encarcelamiento prolongado de ciudadanos etiquetados como "enemigos", así como el recorte de derechos carcelarios. "Es común la construcción de delitos y por eso es necesario el control político en todas las fases del proceso penal", destacó González Jiménez.

Lo cierto es que los encarcelados por el ejercicio de sus libertades políticas individuales son víctimas de arbitrariedades tanto por la criminalización del ejercicio de sus derechos como en los establecimientos penitenciarios. En estos, son represaliados a partir de negativas a beneficios que la ley les otorga, como las llamadas telefónicas, la rebaja de condena por año de cumplimiento, las visitas familiares, el traslado a centros penitenciarios de menor rigor y el acceso a servicios sanitarios básicos y a una correcta alimentación.

Al menos 220 condenados a penas que oscilan entre tres y seis años de cárcel padecen del referido patrón de represión impuesto por el poder político de la Isla. Estas personas, detenidas alrededor del 11J, han cumplido hasta ahora, como mínimo, casi la mitad de la pena, aunque en algunos casos ese tiempo se eleva a casi la totalidad de la condena.

Esta cifra representa aproximadamente el 87% de todos aquellos manifestantes condenados con penas similares y con posibilidades de ser excarcelados, lo que confirma la discriminación y el trato desigual que denuncian tanto los reclusos como sus madres, familiares y allegados.

Al menos 40 de estos 220 cumplirán el 11 de julio de 2024 la pena completa, dato que demuestra una práctica nociva de represión, así como la insensibilidad del régimen, pues entre estas personas hay enfermos, mujeres y jóvenes sin antecedentes penales.

"El fenómeno de la negación de derechos y beneficios carcelarios no apareció tras el 11J y tampoco afecta únicamente a los reclusos manifestantes. La nociva práctica es una lamentable constante que los jueces deben resolver", argumentó González Jiménez.

Según el jurista, el porcentaje de excarcelación de los privados de libertad por delitos comunes en 2018 ascendió al 89% de los reclusos con derechos a libertad condicional, debido a la política de drenaje carcelario orientada por la máxima dirección política y del Estado a los tribunales. Esto quiere decir que, de cada 100 reclusos con derecho a ser liberados antes del cumplimiento de la pena, 89 fueron liberados y 11 no. Entre los que salieron había violadores, homicidas y delincuentes de toda clase, menos disidentes, activistas de derechos humanos y personas contestarías.

"Este dato se había estado confirmando en cifras similares desde años anteriores al 2018 y ha seguido confirmándose como media anual aproximada en años siguientes", según fuentes oficialistas a las que tuvo acceso el abogado.

Lo anterior contrasta con el trato lesivo que reciben los reclusos estigmatizados como "contrarrevolucionarios". De 100 prisioneros incluidos en esta categoría, 87 o más reciben un no rotundo, en tanto 13 o menos reciben un sí. "Estos últimos son, por regla general, reclusos beneficiados por mostrar arrepentimiento, por haber pactado condiciones diversas con oficiales de la Seguridad del Estado o por haber cumplido mucho más del período exigido para recibir libertad", subrayó González Jiménez.

Esta severidad y discriminación no tiene otro fin que disuadir a la ciudadanía sobre el ejercicio de derechos y libertades políticas contra el régimen. "La suerte de los derechos y beneficios de los reclusos estigmatizados como 'contrarrevolucionarios, disidentes o adversarios políticos' no está en manos de la administración penitenciaria, de los fiscales veladores de la legalidad carcelaria ni de los jueces con competencia asignada para otorgar la libertad condicional, la suspensión de trabajo correccional con internamiento o la licencia extrapenal", dijo González Jiménez.

"Todas las categorías, incluida la asignada a los manifestantes del 11J están bajo el mando y control del cuerpo de la Seguridad del Estado especializado en 'el progreso' de dicha persona dentro del sistema carcelario. Son estos oficiales en exclusividad y nadie más quienes deciden qué derecho y beneficio negar o conceder, así como la celda, el tipo de prisión y la procedencia o no de castigos", agregó.

"Los tribunales, a sabiendas de que el trato es injusto, arbitrario e ilegal, siguen optando por callar, desestimando las peticiones de libertades que se presentan. Por tanto, los jueces son parte responsable esencial de este mecanismo de represión/criminalización en fase de ejecución de sentencia penal", acusó.

Ante tal escenario, ¿qué deben hacer aquellas madres y allegados de presos políticos del 11J con penas que oscilan entre tres y seis años de cárcel que no han recibido los beneficios de excarcelación que plantea la ley?

González Jiménez recomendó que, en el ámbito interno, las acciones deben estar encaminadas al nombramiento de un abogado y la solicitud al tribunal del tipo de libertad anticipada a la que tenga derecho el afectado. "Una vez recibida la consabida denegación judicial, exigir el acceso pleno a la información del expediente de excarcelación, en especial, a aquellos informes y datos negativos del fiscal y de la Seguridad del Estado para validar la arbitrariedad", dijo.

El jurista expuso, asimismo, que las familias deben "demandar la discriminación en sede judicial" y "presentar quejas y denuncias individuales y/o colectivas ante la dirección del sistema de supervisión y atención a la población del Tribunal Supremo Popular, denunciándose la sumisión de los tribunales al criterio de la Seguridad del Estado".

En el ámbito internacional, planteó González Jiménez, lo fundamental es contactar con organizaciones independientes de la sociedad civil, encargadas de defender derechos fundamentales de las personas ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y las diferentes estructuras de la ONU.

"La política criminal, diseñada y aprobada contra esta categoría de personas, estriba en forzarles cumplir la totalidad de la pena, o la mayor parte del tiempo, excepto para los casos aprobados por la jefatura del Ministerio del Interior. Lamentablemente, aunque las madres y allegados interesados en que se conceda la libertad condicional demuestren la existencia de requisitos de ley, recibirán negativas una y otra vez, pues la política de represalia establecida no ha cambiado", concluyó González Jiménez. 

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