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Represión

Los organizadores de la marcha del 15N piden al Tribunal Supremo de Cuba que respete el derecho a la manifestación

Archipiélago recuerda las palabras de Rubén Remigio: 'manifestarse, lejos de constituir un delito, constituye un derecho constitucional de las personas'.

La Habana
Rubén Remigio Ferro, presidente del Tribunal Supremo Popular de Cuba.
Rubén Remigio Ferro, presidente del Tribunal Supremo Popular de Cuba. EFE

Archipiélago, la plataforma ciudadana que organiza la marcha cívica por el cambio, convocada para el próximo 15 de noviembre, recordó al presidente del Tribunal Supremo Popular de Cuba, Rubén Remigio Ferro, sus palabras de que "las manifestaciones en la Isla no constituyen delitos". Los activistas pidieron abrir una investigación sobre la declaración de las marchas como "ilegítimas". 

"Las opiniones políticas diversas, incluso las de sentido político diferente al imperante en el país no constituyen delito, pensar diferente, cuestionar lo que se está haciendo, eso en sí mismo no constituye delito. Es más, manifestarse lejos de constituir un delito constituye un derecho constitucional de las personas", dijo Remigio el pasado 24 de julio después de las protestas pacíficas del 11J

Sin embargo, el régimen cubano respondió a las notificaciones de la marcha del 15N que eran "ilegítimas" porque iban en contra del sistema imperante en la Isla y el carácter irrevocable del socialismo. La Habana mantiene, además, a más de 500 cubanos detenidos por el 11J y la Fiscalía le pide condenas de hasta 27 años por salir a manifestarse con gritos como "Patria y Vida".

Archipiélago dijo a Remigio en un carta abierta que "como representante y por ende vocero de la máxima autoridad judicial" sus "palabras no son una mera opinión personal, sino una interpretación vinculante del sentido de la Ley y la Constitución respecto a los derechos de libertad de expresión y manifestación, contemplados en los artículos 54 y 56 respectivamente de la Carta Magna. Sin embargo, vemos como en la práctica no se está cumpliendo este criterio".

"Si en efecto, usted, como presidente del Tribunal Supremo sostiene las palabras que anteriormente citamos; que los cubanos tenemos derecho de libre expresión y manifestación, entonces comprenderá que los hechos que por este medio denunciamos y ponemos en su conocimiento, requieren atención y soluciones inmediatas por los daños causados a la ciudadanía, así como por las violaciones a la letra y espíritu de la Constitución".

Archipiélago alegó que las respuestas de los intendentes locales a la marcha del 15N vulnera el ejercicio del derecho de petición y queja contemplado en el Artículo 61 de la Constitución. La respuesta de los funcionarios "equivale a declarar que manifestarse es ilícito si contraviene a los intereses del Gobierno. ¿En qué parte del artículo 56 dice semejante cosa?", cuestionan.

En la carta a Remigio apuntaron que "los requisitos para el ejercicio del derecho de manifestación son que se efectúe con fines lícitos y pacíficos, respeto al orden público y cumplimiento de las preceptivas establecidas en la Ley. Todos estos requisitos se cumplen en la iniciativa para el 15 de noviembre, por ende los argumentos jurídicos empleados para rechazar la manifestación no solo carecen de fundamento, sino que violan la propia Constitución, lesionan la seguridad jurídica de la ciudadanía y ponen en entredicho el respeto al orden constitucional por parte de las autoridades".

Archipiélago denunció que la legislación penal se utiliza como "un instrumento para cohibir y reprimir el ejercicio de derechos. En el día 20 de octubre, la Fiscalía advirtió a varios miembros que de continuar en su intención de manifestarse el día 15 de noviembre incurrirían en delitos de 'desobediencia, manifestaciones ilícitas, instigación a delinquir u otros'", recordó.  

"Fiscalía, lejos de apelar a la objetividad, pretende forzar los artículos de las leyes penales para que encajen sobre hechos que no han acontecido, observando como si fuera un delito lo que es el ejercicio de un derecho. Acusa a presuntas víctimas de ser victimarios, cuando deberían estar velando por sus derechos, el cumplimiento de la Constitución e investigando a las autoridades implicadas en un posible delito contra la libre emisión del pensamiento, previsto igualmente en el artículo 291 del Código Penal y Delito contra los derechos de reunión, manifestación, asociación, queja y petición, previsto en el artículo 292 del propio Código", apuntó.

La plataforma señaló que los firmantes están siendo "sometidos a un acoso constante por parte de las autoridades de la Policía y la Seguridad del Estado, a través de intimidaciones, citaciones, conversatorios, interrogatorios, secuestros , desnudos forzados y detenciones que han implicado incluso a amigos, familiares, vecinos, compañeros de trabajo", así como la expulsión de sus empleos.

También denunciaron los cortes de internet que "no puede tener otro objetivo que silenciarlos de cara a la comunidad; esto es una forma de violación a la libertad de expresión reconocido en el Artículo 54 de la Constitución. ETECSA no ha explicado estos cortes arbitrarios mientras que las autoridades de la PNR y DSE declaran no ser responsables de dichos cortes".

"La Constitución de la República establece en su Artículo 1 que Cuba es un Estado socialista de Derecho y justicia social, y ello supone que los derechos de los ciudadanos sean respetados y protegidos. Si las autoridades y órganos del Estado no protegen debidamente los derechos, con apego a la igualdad, la justicia, y la legalidad, entonces no solo se está poniendo los intereses estatales por encima de los intereses públicos y ciudadanos, sino que se está actuando al margen del mandato constitucional, violando la imperatividad y supremacía que tiene la Carta Magna y que refrenda en su artículo séptimo", agregaron.

Archipiélago espera una respuesta "a estos lamentables acontecimientos", y que "se analicen y se proceda con apego a la Ley, la igualdad y la justicia", concluyó la carta abierta al presidente del Tribunal Supremo Popular de Cuba, Rubén Remigio Ferro.

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