La curadora de arte Carolina Barrero al parecer se equivocó al afirmar que los cubanos podían "llegar a exigir nuestros derechos a la puerta de Villa Marista". Tres días después de publicar ese mensaje en Facebook, la Seguridad del Estado la sacó de su casa en pijama. ¿La causa de esta nueva detención? Ya aparecerá. En Cuba, los oficiales de la Seguridad arrestan a artistas, activistas y periodistas independientes y luego piensan en los cargos que formularán.
La activista Yumilka Lafita (Lara Crofs) describió la detención de Barrero como "brutal". Los agentes la sacaron en ropa de dormir, sin citación ni orden de arresto y registraron su casa también sin orden. La acción policial fue una clara violación del Artículo 49 de la Constitución, que declara inviolable el domicilio. "No se puede penetrar en morada ajena sin permiso de quien la habita, salvo por orden expresa de la autoridad competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley".
Esta violación de la Constitución y la brutalidad del arresto habrían estado justificadas si hubiesen existido las circunstancias excepcionales que establece la vigente Ley de Procedimiento Penal: la comisión de un delito flagrante, que el presunto autor intente evadir la acción de la justicia penal escondiendo pruebas o datos, o se oculte para evitar su captura; que exista una amenaza grave de delito contra bienes, patrimonios de valor o derechos de personas, o al enfrentar actos terroristas, de tráfico humano, droga, corrupción de menores u otros con muy serias implicaciones sociales.
La puesta en libertad de Carolina Barrero sin cargos, horas después, demuestra que nada justificaba ni la detención ni la brutalidad policial. El objetivo no es prevenir un delito sino intimidar, desgastar y enviar a toda la población el mensaje de lo que puede costarle incluso el hecho de reclamar sus derechos de manera pacífica y dentro del marco legal.
En el caso del artista Hamlet Lavastida, encarcelado desde el 26 de junio, el Tribunal Provincial de La Habana rechazó ejecutar el Habeas Corpus con el argumento de que "…se encuentra detenido bajo investigación en virtud expediente de fase preparatoria 42 del 2011, el que fuera notificado al recurrente en esta propia fecha, por la posible comisión del delito de instigación a delinquir".
A Lavastida se la ha impuesto la prisión provisional como media cautelar pese a ser la de mayor rigor con la que son aseguradas las personas pendientes de un proceso penal y a que Lavastida no tiene antecedentes penales, el delito del que se le acusa solo es "posible" y no ha producido alarma ni existen motivos para pensar que el artista intentará evadir la justicia.
Ni el Fiscal que impuso la medida ni los jueces que negaron el Habeas Corpus a su favor tuvieron estos elementos en cuenta. Tampoco que los medios de comunicación lo están descalificando y dando por ciertos cargos que no han sido probados, con lo que se viola su presunción de inocencia.
Los jueces tampoco tuvieron en cuenta que, para dar con "el posible delito de incitación a delinquir", la Seguridad del Estado incurrió en el delito de abuso de autoridad al violar la correspondencia privada de Tania Bruguera.
Según el Código Penal, el funcionario público (Seguridad del Estado o Periodista Oficial cuando actúa en nombre del Estado) que, con el propósito de perjudicar a una persona (Hamlet, en este caso) y de obtener un beneficio ilícito, ejerza las funciones inherentes a su cargo de modo manifiestamente contrario a las leyes, o se exceda arbitrariamente de los límites legales de su competencia, incurre en sanción de privación de libertad de uno a tres años.
La activista Thais Marlene Franco Benítez también permanece en prisión provisional por los delitos de desórdenes públicos y resistencia, que no son delitos graves en el Código Penal cubano. Al mantenérsele en prisión, la medida cautelar se convierte en una sanción anticipada. Ha permanecido dos meses en la cárcel por delitos cuya condena es de tres meses a un año para cada uno, o multa de cien a trescientas cuotas. O sea, que la sanción podría ser aún menor.
Si la solicitud de cambio de medida presentada por su abogado es denegada, la activista podría cumplir una parte importante de su sanción, en silla de ruedas y con su salud visiblemente deteriorada, sin haber sido enjuiciada ni condenada.
Si el Gobierno respetara las leyes y la Constitución vigentes en Cuba, deficientes y elaboradas según sus intereses, ni Thais Marlene ni Hamlet Lavastida estarían presos. Carolina Barrero no lo habría estado nunca. Las oficiales que la desnudaron meses atrás, y los que la arrestaron ahora con brutalidad policial, habrían sido sancionados.
Ese Maldito gobierno dia a dia ha ido sembrando el odio entre cubanos ,poco a poco ese mismo odio se esta virando contra ellos ,estan sembrando una nueva revolucion que terminaria en una guerra civil, si los organismos internacionales no intervienen para impedir que se siga abusando de forma criminal contra el pueblo ,debian dedicarse a producir alimentos y bienes de exportacion para pagar sus deudas internacionales y sacar al pais de la hambruna en vez de estar como viejas chismosas revisando correos a ver quien habla mal de ese maldito gobierno.
No creo que ella se equivocó al afirmar que los cubanos podían "llegar a exigir nuestros derechos a la puerta de Villa Marista". Una manera efectiva para reclamar los derechos ciudadanos consiste en ejercitar los derechos ciudadanos.
Con esta muchacha se han ensañado. Y todavía hay por ahí cubanos que defienden cosas como estas, se hacen de oídos sordos, o sirven al régimen creando distracciones de lo esencial, que es la represión a los que opinan diferente.
El fin justifica TODOS los medios ... Por esa frase viven los comunistas ....