La Asamblea Nacional del Poder Popular aprobó este jueves la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que según analistas independientes "no cumple con los más mínimos estándares internacionales y regionales" y evidencia cómo el régimen "desecha cualquier influencia o propuesta dirigida a la promoción y el respeto de los derechos humanos".
Según publicó el portal oficial Cubadebate, la normativa contribuye por primera vez al cumplimiento de las obligaciones de los órganos del Estado y demás sujetos responsables de brindar información pública y da continuidad a las garantías ciudadanas previstas en la Constitución.
Al presentar el proyecto de ley a los diputados reunidos en el Palacio de Convenciones, el ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (CITMA), Eduardo Martínez Díaz, citó palabras del general Raúl Castro en 2010: "es preciso poner sobre la mesa toda la información y los argumentos que fundamentan cada decisión y, de paso, suprimir el exceso de secretismo a que nos habituamos durante más de 50 años de cerco enemigo".
Desde 2010 hasta la fecha el escamoteo de datos no ha cambiado mucho. La información oficial sigue estando caracterizada por la opacidad.
"Siempre un Estado tendrá que mantener un lógico secreto en algunos asuntos, eso es algo que nadie discute, pero no las cuestiones que definen el curso político y económico de la nación. Es vital explicar, fundamentar y convencer al pueblo de la justeza, necesidad y urgencia de una medida, por dura que parezca", dijo Martínez Díaz citando a Castro.
Martínez Díaz dijo que esas ideas acompañaron el proceso de elaboración del proyecto de ley conducido por el CITMA, seguido de cerca por Miguel Díaz-Canel y que, según el ministro, implicó un amplio mecanismo de consulta especializada y la participación de instituciones y expertos de todo el país. Añadió que el proyecto recibió 307 opiniones, de las cuales se aceptaron de forma total o parcial 196.
El exjuez cubano Edel González Jiménez, abogado de DIARIO DE CUBA, alertó recientemente sobre la posibilidad de negar el acceso a información a disidentes, activistas y periodistas independientes contenida tácitamente en el borrador de la norma.
"El inciso j) del Artículo 4, referido a los principios que fundan la ley deja fuera, intencionalmente, la discriminación por razones de pensamiento, conciencia, ideología y/o políticos, una de las prácticas de discriminación más lesivas existentes Cuba", señaló González Jiménez.
Para González, la ley "arrastra como problema serio no prever la creación de un órgano autónomo que garantice y supervise el acceso a la información pública".
Esa función la ha asumido el CITMA (Artículo 6 del proyecto). González Jiménez recordó que la entidad "no goza de autonomía, dado que forma parte de la administración pública y se subordina al poder ejecutivo, sin criterios de discusión".
Precisamente entre las disposiciones finales de la ley aprobada este jueves, se faculta al ministro del CITMA "para que en el plazo de 60 días posteriores a su entrada en vigor elabore los procedimientos a los efectos de su implementación".
"Todas las personas tienen derecho a acceder y consultar la información pública, cuando no se encuentre transparentada, que comprende el derecho de recibirla y divulgarla, siempre que no se incluya entre las excepciones establecidas en la presente ley", señala el Artículo 13.
La ley incluye entre las excepciones al acceso a la información pública "la información clasificada o limitada y aquellas circunstancias, hechos o atributos que, de divulgarse, constituyan un daño, peligro, afectación o violación” para la soberanía, defensa y seguridad nacionales, los datos personales, un procedimiento judicial o administrativo en trámites, los derechos de propiedad intelectual, la confidencialidad de datos comerciales y el medioambiente".
"Los solicitantes son responsables del uso de la información a la que acceden (...) Hacerlo indebidamente puede generar responsabilidad administrativa, civil o penal, conforme a la legislación vigente", añade en su Artículo 14.
En Cuba, donde una persona puede ser condenada por un delito como "propaganda enemiga" y donde se restringe la libertad de expresión con normas como el Decreto-Ley 370, conocido como Ley Azote, una advertencia como la contenida en el anteproyecto solo puede tener el objetivo de establecer "restricciones indebidas e injustificadas en el uso de información que ha sido declarada y reconocida como pública por el propio Estado" y de que la personas, por miedo, se autocensuren, sostuvieron la Alianza Regional por la Libertad de Expresión y Asociación —que en 2023 afirmó que el anteproyecto de la ley publicado entonces no cumplía los estándares internacionales en la materia—, el colectivo +Voces y el Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH).
En noviembre del año pasado, el Observatorio Legislativo Cubano afirmó que la criminalización de los medios independientes lastraba el acceso real a información transparente y advirtió que la Ley de Comunicación Social, aprobada seis meses antes, era un obstáculo para el ejercicio de ese derecho en la Isla. Ese obstáculo entrará en vigor a los 180 días hábiles, tras su postergación en dos ocasiones, a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.
No sé el porqué darle importancia alguna a lo que apruebe la tal “Asamblea Nacional”, la tontera que van a aprobar ya lo está, sabemos que el desgobierno De Castro y sus secuaces hace y deshace a su antojo, no hay ley, ni estatuto que se lo impida, la “Asamblea Nacional” es uno de los tantos engendros que ha creado la Dictadura para tener entretenido al pueblo, otra de las muchas maneras que tiene el régimen para COMER MIERDA.
¡¡¡ Adios KuloEncuentro !!!
Cubaencuentro
¡Adiós y Gracias!
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A Armengol que lo guarde el diablo en uno de sus calderos más tórridos ...
Esa plataforma comenzó como una alternativa cultural que complementaba el accionar de la oposición a la tiranía, pero fue derivando en un panfleto parcial y al servicio de los intereses más sórdidos de la agenda woke (socialismo del siglo XXI) y el lobby anti embargo.
Complementando el comentario del amigo JCAlemán, el castroesclavismo logró eliminar la explotación del hombre por el hombre para convertirla en la explotación del hombre por el Estado...
Resumen de la "Ley de Acceso a la Información":
Artículo único.
Solo pueden acceder a la información los de siempre.
El lenguaje orweliano es la polea de transmisión mediática del fascismo y el socialismo, que no son lo mismo pero son iguales.
Por eso, para los gánsteres antillanos, el trabajo obligatorio es identificado como voluntario. La libreta de racionamiento es de abastecimiento. La crisis permanente y sistémica es el Periodo Especial. Los interruptos o disponibles son desempleados. Los ambulantes son indigentes, y claro, la Ley de Turbiedad y Bloqueo a la Información es por la alquimia totalitaria, la nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
¿Quién es tan ingenuo que le puede pedir peras al olmo?
Excelente ley, ahora podremos conocer en què bodega compra toda la cúpula castroesclavista, lo que le venden por la libreta cúantas balitas de gas y electricidad consumen al mes, cuàntas veces echan gasolina y cuàntas propiedades poseen jjj