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Leyes

Observatorio Legislativo Cubano: Sin prensa independiente no habrá transparencia en la información

La organización recuerda que la 'consulta popular' del régimen sobre la Ley de Transparencia y Acceso a la Información no significa que los criterios de la ciudadanía se tomen en cuenta.

Madrid
Cubanos en una calle habanera.
Cubanos en una calle habanera. Diario de Cuba

El Observatorio Legislativo Cubano advirtió que la criminalización de los medios independientes lastra el acceso real a información transparente y denunció que el anteproyecto de la norma que debe garantizar ese acceso a la ciudadanía contiene severas restricciones.

Aunque en diciembre Cuba podría dejar de ser uno de los pocos países de América Latina sin una ley de acceso a la información de carácter público, según el cronograma legislativo aprobado en mayo, la organización señaló la Ley de Comunicación Social como un obstáculo para el ejercicio de ese derecho en la Isla.

En un documento publicado en su página web, el Observatorio Legislativo recordó que esa norma, aprobada en mayo, pero no publicada aún en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, "no reconoce la personalidad jurídica de los medios de prensa independiente".

Esa falta de reconocimiento, así como la criminalización de los medios a partir de la entrada en vigor del Código Penal y los decretos leyes No. 35 y 370, crean "un entorno extremadamente restrictivo para las libertades de expresión y prensa y el derecho de acceso a la información", apuntó el Observatorio.

"Es imposible generar un contexto propicio para la transparencia y el acceso a la información pública sin la existencia y la participación de medios de prensa independientes del Estado, el Partido Comunista de Cuba (PCC) y las organizaciones sociales y de masas que se le subordinan a esta fuerza política", sostuvo la organización.

Sobre el anteproyecto de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, el Observatorio señaló que "no cumple con los mejores estándares y prácticas internacionales en la materia".

Al igual que la Alianza Regional por la Libertad de Expresión e Información, el Observatorio criticó que el anteproyecto contiene un concepto restrictivo de lo que constituye información pública. También destacó "la falta de reconocimiento explícito de la obligación de transparencia activa de toda la información relacionada con el patrimonio de los funcionarios públicos, los procedimientos para la participación política de los ciudadanos y las formas para acceder a datos públicos y de interés general".

También consideró notable "la falta de reconocimiento explícito de la obligación de transparencia presupuestaria respecto a toda la información de esta índole, lo cual afecta el conocimiento de los ciudadanos sobre cómo se gasta el erario público".

La organización llamó la atención sobre el hecho de que los órganos judiciales, la Asamblea Nacional del Poder Popular y el Consejo de Estado no se encuentran entre los sujetos obligados a transparentar información.

"Es necesario recordar que, en el caso de estas dos últimas instituciones, se trata de órganos representativos y, por tanto, vinculados con la concreción del principio de soberanía popular, en los términos en que se reconoce en el Artículo 3 de la Constitución cubana aprobada en 2019", advirtió.

El Observatorio alertó que el anteproyecto no prevé la creación de un órgano autónomo que garantice y supervise el acceso a la información pública, sino que esa función la asumirá el Ministerio de Ciencia y Tecnología (CITMA), " un órgano que forma parte de la administración pública y se subordina al poder ejecutivo".

Por último, destacó que los órganos superiores del Estado, que abarcan la Presidencia de la República, el primer ministro y el Consejo de Ministro, la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) y el Consejo de Estado "no están sujetos a un control externo, sino que tienen la facultad de crear sus propios órganos de control y monitoreo para atender las solicitudes de información que le formulen los ciudadanos".

Sobre la consulta popular sobre el anteproyecto que convocó el CITMA para que los cubanos opinaran, solo mediante correo electrónico y durante apenas seis días, el Observatorio recordó que los criterios de la ciudadanía no se consideran vinculantes.

"Lo mismo ocurre si más adelante la ANPP convoca a una consulta popular, cuya procedencia se basa en una facultad discrecional suya, sobre el contenido de dicho anteproyecto, una vez que lo aprobó como proyecto de ley, según se establece en el artículo 108 inciso c) de la Constitución cubana y en los artículos del 212 al 217 de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado de la República de Cuba. Así, estos procesos de consulta no garantizan la obligatoriedad de considerar los planteamientos de los ciudadanos y se caracterizan por su opacidad".

Por todos los elementos expuestos sobre el anteproyecto de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información y el contexto represivo cubano, el Observatorio llamó a no interpretar esa futura norma "como una acción para la democratización del régimen político en Cuba".

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