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Leyes

Analistas sobre la Ley de Acceso a la Información: 'no cumple con los más mínimos estándares internacionales y regionales'

'Evidencia la falta de compromiso real por parte de las autoridades cubanas en materia de transparencia y acceso a la información pública', advierten

Madrid
Sesión de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
Sesión de la Asamblea Nacional del Poder Popular. Cubadebate

Luego de que el 27 de mayo la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) de Cuba publicara el anteproyecto de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Fundación Colectivo+Voces, el Observatorio Cubano de Derechos Humanos y la Alianza Regional para la Libre de Expresión e Información cuestionaron hoy, por medio un pormenorizado análisis, que el documento "evidencia la falta de compromiso real por parte de las autoridades cubanas en materia de transparencia y acceso a la información pública".

El proyecto de ley fue trabajado desde 2018 en colaboración con la UNESCO, y según el cronograma legislativo aprobado en 2019, debió haberse aprobado inicialmente en julio de 2021. Los analistas advirtieron que "aunque no hay una fecha definida para su aprobación, se estima que podría ser en la próxima sesión ordinaria de la ANPP en julio, siguiendo el patrón de publicaciones anteriores.

Dijeron, asimismo, que el texto demuestra cómo el régimen utiliza "los organismos internacionales en función de su legitimación al tiempo que desecha cualquier influencia o propuesta dirigida a la promoción y el respeto de los derechos humanos que provenga de esos espacios".

"El anteproyecto no cumple con los más mínimos estándares internacionales y regionales", enfatizaron estas organizaciones y, para justificar su planteamiento, explicaron que el proyecto de ley "asume que no es necesario un órgano garante independiente. Además, establece que los órganos superiores del Estado y las fuerzas de seguridad y defensa no pueden estar sometidos a supervisiones y controles externos en materia de transparencia y acceso a la información pública".

Lo anterior se traduce en que los Poderes Legislativo y Judicial (entre otros órganos superiores) dictarán su propio sistema de transparencia y acceso, al tiempo que sus políticas no serán supervisadas, controladas u obligadas por otros órganos.

Asimismo, según el dictamen de estos analistas, el anteproyecto "deja en manos de las instituciones la definición de los datos e informaciones que deben publicar de forma activa, los mecanismos de participación ciudadana y vías de acceso a la información y prevé escasas obligaciones de publicar información presupuestaria". De igual forma, "amenaza con sanciones penales a quienes usen 'indebidamente' la información pública obtenida de forma legítima".

El proyecto de ley, además, establece formalidades y costos indirectos que pueden limitar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, así como "un sistema vago y amplísimo de excepciones al acceso a la información pública que puede dar lugar a denegaciones arbitrarias e infundadas de las solicitudes de acceso", explicaron los analistas.

El documento de la ANPP prevé, al propio tiempo, un régimen especial para la solicitud de información por parte de periodistas y directivos de medios, "que no se encuentra establecido, pero será interpretado a la luz de la legislación específica de Comunicación Social", consideraron los analistas.

Las organizaciones responsables de este dictamen explicaron que "el derecho de acceso a la información pública debe cumplir con el principio de gratuidad, según las leyes modelo y los estándares internacionales. Este principio estipula que ofrecer información pública es una obligación del estado que no debe correr a costa del solicitante. No obstante, el principio de gratuidad no es absoluto y se reconoce que el solicitante podría pagar el costo de 'reproducción' y 'envío' de la información solicitada".

"El anteproyecto de ley cubano presenta una contradicción en este aspecto. Aunque afirma que el acceso a la información pública es gratuito, establece que se debe pagar por la reproducción, digitalización, búsqueda y servicios especializados. Esto implica que el solicitante no solo debe cubrir el costo de reproducción, sino también el de la digitalización y la búsqueda, lo cual contradice la obligación de ofrecer información pública sin obstáculos económicos. Cobrar por la búsqueda de información va en contra del principio de facilitar el acceso a la información pública", agregaron.

Además, "el anteproyecto abre las puertas para bloquear cualquier pedido de acceso a información sobre procesos judiciales en tramitación y no contempla la posibilidad de obviar esa excepción en casos vinculados a actos de corrupción de funcionarios públicos", concluyeron.

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