Back to top
Leyes

Discriminación, restricciones, sanciones: lo que pueden esperar los cubanos de la Ley de Acceso a la Información

Expertos comparten con DIARIO DE CUBA sus criterios sobre el nuevo anteproyecto de la norma, que el régimen ha aplazado dos veces.

Madrid
Ilustración.
Ilustración. Diario de Cuba

El 27 de mayo, el Gobierno publicó un nuevo anteproyecto de la dos veces aplazada Ley de Transparencia y Acceso a la Información, que debería garantizar el derecho de los cubanos a acceder a la información de carácter público. Análisis de expertos compartidos con DIARIO DE CUBA evidencian que lo que pretenden las autoridades de la Isla en realidad es restringir ese derecho —reconocido en la Declaración de Derechos Humanos de la que el Estado de Cuba es signatario— mientras el país se une, desde el punto de vista formal, a los que cuentan con una norma para garantizar el acceso de sus ciudadanos a la información pública. Y que el nuevo texto, con respecto al publicado en noviembre de 2023, no contiene cambios destacables.

El exjuez cubano Edel González Jiménez, abogado de esta redacción, alerta sobre la posibilidad de negar el acceso a información a disidentes, activistas y periodistas independientes contenida tácitamente en el borrador de la norma.

"El inciso j) del Artículo 4, referido a los principios que fundan la ley deja fuera, intencionalmente, la discriminación por razones de pensamiento, conciencia, ideología y/o políticos, una de las prácticas de discriminación más lesivas existentes Cuba", señala el exjuez. 

"Al no incluirse esta forma de discriminación, disidentes, opositores y organizaciones de la sociedad civil no reconocidas por el Gobierno quedan excluidos del derecho a exigir transparencia y del derecho de acceder a información. Este problema de redacción por omisión de formas de discriminación sigue el patrón de otras leyes", dice el abogado y recuerda el Artículo 42 de la Constitución de Cuba, que establece: "Todas las personas son iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las autoridades y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación por razones de sexo, género, orientación sexual, identidad de género, edad, origen étnico, color de la piel, creencia religiosa, discapacidad, origen nacional o territorial, o cualquier otra condición o circunstancia personal que implique distinción lesiva a la dignidad humana".

Este enunciado constitucional excluye la discriminación por motivos políticos, que es justamente la más practicada en Cuba.

El jurista considera también que el texto, con respecto al de noviembre de 2023, "arrastra como problema serio no prever la creación de un órgano autónomo que garantice y supervise el acceso a la información pública".

Esa función la asumirá el Ministerio de Ciencia y Tecnología (CITMA) (Artículo 6 del proyecto), del que González Jiménez recuerda que "no goza de autonomía, dado que forma parte de la administración pública y se subordina al poder ejecutivo, sin criterios de discusión. Resulta incompatible que un sujeto obligado y subordinado a un órgano obligado funja como fiscalizador rector de toda la actividad".

"Por otro lado, el propio Artículo 6, inciso c) expresa que el CITMA 'controlará a los sujetos obligados, con excepción de los órganos superiores del Estado, los ministerios del Interior, de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, y de Relaciones Exteriores’, justamente los más violadores de derechos humanos, con el argumento de que estos 'asumen la rectoría de su propio Sistema de Transparencia y Acceso a la Información Pública'. En atención a ello, dichas estructuras quedan al margen del control estatal", critica González Jiménez.

La Alianza Regional por la Libertad de Expresión y Asociación —que en 2023 afirmó que el anteproyecto de la ley publicado entonces por el Gobierno no cumplía los estándares internacionales en la materia—, el colectivo + Voces y el Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH) apuntan, en un dictamen elaborado en conjunto y enviado a DIARIO DE CUBA, que el anteproyecto contiene una concepción limitada del derecho a la información.

"El anteproyecto establece que la ciudadanía solo tiene derecho a acceder y consultar la información pública 'cuando no se encuentre transparentada'. La fórmula permite que las instituciones del Estado nieguen información solicitada por la ciudadanía si ha sido previamente publicada; de modo que aun cuando hubiera estado alojada o publicada en lugares no conocidos, el Estado no tiene obligación de informar donde se puede acceder a ella y simplemente puede rechazar el pedido", advierten las organizaciones.

También señalan que un principio básico del derecho de acceso a la información pública es que nadie debe justificar la solicitud. Otro es que ningún solicitante podrá ser sancionado, castigado o procesado por ejercer su derecho de acceso a la información pública, ni el de divulgarla información.

Sin embargo, el anteproyecto de la ley cubana establece en su Artículo 14  que los "solicitantes son responsables del uso de la información a la que acceden; por lo que, de hacerlo indebidamente, puede generar responsabilidad administrativa, civil o penal, conforme a la legislación vigente".

"¿Cómo es posible 'usar indebidamente' información pública?", cuestionan las organizaciones. Sin embargo, en Cuba, donde una persona puede ser condenada por un delito como "propaganda enemiga" y donde se restringe la libertad de expresión con normas como el Decreto-Ley 370, conocido como Ley Azote, una advertencia como la contenida en el anteproyecto solo puede tener el objetivo de establecer "restricciones indebidas e injustificadas en el uso de información que ha sido declarada y reconocida como pública por el propio Estado" y de que la personas, por miedo, se autocensuren, sostienen las organizaciones.

En noviembre del año pasado, el Observatorio Legislativo Cubano afirmó que la criminalización de los medios independientes lastraba el acceso real a información transparente y advirtió que la Ley de Comunicación Social, aprobada seis meses antes, era un obstáculo para el ejercicio de ese derecho en la Isla. Ese obstáculo fue publicado en la Gaceta Oficial de Cuba esta semana y entrará en vigor en tres meses.

La criminalización del periodismo independiente no solo impide la libertad de prensa y de expresión, sino el libre acceso a la información. Al mantener a los medios independientes en la ilegalidad y perseguir a sus periodistas, el régimen no solo vulnera los derechos de esos profesionales, sino el de los cubanos a acceder a información con libertad y contrastar fuentes. Ese contexto en Cuba no ha cambiado, y tampoco lo ha hecho de manera significativa el anteproyecto de la ley de acceso a la información.

Para el abogado Raudiel Peña Barrios, coordinador del mencionado Observatorio, "en realidad no hay muchas diferencias entre el borrador publicado por el CITMA en noviembre de 2023 y el presentado por la ANPP recientemente. En esencia se trata del mismo texto".

Más información

Sin comentarios

Necesita crear una cuenta de usuario o iniciar sesión para comentar.