El Ministerio de Comerio Interior (MINCIN) cubano promulgó una norma que prohíbe a las formas no estatales de la economía (dígase MIPYMES, cooperativas no agropecuarias y trabajadores privados o por cuenta propia) ejercer la actividad de venta mayorista de productos.
Según la Resolución 56 de 2024, publicada en la Gaceta Oficial de la República, la medida deriva de la necesidad de "ordenar la emisión, vigencia y actualización de las licencias comerciales para la comercialización minorista y mayorista" que realizan esas formas de la economía.
El texto de la norma reafirma el derecho de las entidades no estatales a ejercer el comercio minorista en "actividades de venta de mercancías a la población y las prestaciones de servicios a personas naturales y jurídicas, tanto estatales como no estatales".
A continuación, señala que tales comercializadores, si "tienen aprobada la producción como actividad principal, realizan la comercialización mayorista solo de sus producciones y la comercialización minorista según objeto social o proyectos aprobados, a personas naturales y jurídicas, previa obtención de la licencia comercial, donde se especifica este particular".
En cuanto a la comercialización mayorista, las MIPYMES, cooperativas no agropecuarias y trabajadores privados solo podrán hacerlo de forma directa a "entidades estatales o a través de las comercializadoras mayoristas estatales".
Por otro lado, en cuanto a las que tienen "aprobado en su objeto social como actividad principal la comercialización mayorista, y expresen su voluntad de continuar ejerciéndola, actualizan su licencia comercial en un término de hasta noventa (90) días hábiles, posteriores a la puesta en vigor de la presente Resolución".
"En la nueva licencia comercial se especifica que la comercialización se realiza mediante contratos con participación de entidades estatales, que comprenden las comercializadoras mayoristas, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente", especifica.
La Resolución del MINCIN acota que el Registro Central Comercial, a partir de la puesta en vigor de la norma, "cancela de oficio las licencias comerciales para ejercer la actividad mayorista, emitidas a micro, pequeñas y medianas empresas privadas y cooperativas no agropecuarias que la tienen aprobada en su objeto social como actividad secundaria", así como "la inscripción de la actividad de comercio mayorista de bienes nacionales o importados a los trabajadores por cuenta propia".
Derivado de ello, señala el texto, las MIPYMES y otras formas no estatales "que tienen aprobado en su objeto social como actividad secundaria la comercialización mayorista, y los trabajadores por cuenta propia inscritos con esta actividad, liquidan los inventarios y mercancías en tránsito y en plaza, destinados al comercio mayorista o venta al por mayor, en un plazo máximo de ciento veinte (120) días hábiles, posteriores a la puesta en vigor de la presente Resolución".
A partir de ahora, las direcciones de Comercio Mayorista, Mercadotecnia e Inspección Estatal del MINCIN y las direcciones de Comercio provinciales y municipales controlarán el cumplimiento de lo ahora dispuesto.
Esta medida es una más de las puestas en vigor por el régimen cubano a partir del verano para estrechar su control sobre la economía no estatal, y que van desde la creación del Instituto Nacional de Actores Económicos no Estatales hasta la prohibición de 125 actividades para su ejercicio privado.
En ocasión de esos anuncios, el economista cubano Pedro Monreal indicó que el paquete normativo "confirma el arrinconamiento de la actividad privada y del mercado como parte de medidas estatales para supuestamente 'corregir distorsiones y reimpulsar la economía'".
"El 47,8% de las restricciones se concentran en el comercio, una actividad que en el contexto de la actual crisis ha funcionado como 'salvavidas' para muchas entidades privadas registradas bajo otra 'razón social' que no han podido desplegar con efectividad", agregó Monreal.
"Las nuevas restricciones impuestas al comercio al por mayor de MIPYMES y cooperativas no agropecuarias probablemente retiren un 'salvavidas' a varias entidades, pero también pudieran favorecer la concentración mayorista en MIPYMES y CNA (cooperativas no agropecuarias) 'enchufadas' estatalmente", advirtió.
Un Estado que tiene como excusa número UNO la construcción de un utópico "paraíso" social de igualdad y encamina su praxis diaria a ese ideológico objetivo, desconociendo la ciencia económica en el intento, solo le espera la bancarrota total.
Encadenar al potente sector productivo privado, que funciona con criterios más "egoístas ", a su herrumbrosa maquinaria económica es una solución lógica para un gobierno que subordina el interés individual al interés colectivo.
El comunismo nunca entendió que la sociedad crece con el crecimiento individual de cada uno de sus ciudadanos.
En el revolucionario "Encadenamiento productivo" todo se resume a CADENAS.
Se los dije.....
Un régimen que le molestó en el año 68 la existencia de zapateros remendones, friteros, barberos y limpiabotas, por mucho que se hayan dado cuenta de su error, nunca permitirá el enriquecimiento de un sector de la población, que no sean sus secuaces. Sólo un sector que por su juventud y desconocimiento de cómo han actuado siempre los dictadores cubanos, pueden caer en la trampa de creer que son “empresarios “y que podrán prosperar en un sistema diseñado para todo lo contrario.
Si los inversionistas hubiesen invertido en armas y subversión ya los verdeolivos y familia estuvieran derrotados.....
No están dispuestos a perder el control, ni siquiera una pequeña parte porque saben que cualquier grieta los echa abajo y después no alcanzarán las guasimas para todos.
Ése es el verdadero BLOQUEO y no el que se pasan la vida lloriqueando.
Que viva el comunismo pero que bien lejossssssssssssss
Libertad de comercio lleva a mas libertad del ciudadano. Eso no lo permite la dictadura
Como me divierto!!! Como puedo divertirme tanto???!!!!!!
Jodanse inversores comemierdas y lamebotas.