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Agricultura

La venta de insumos y maquinarias a productores agrícolas pone en desventaja a los trabajadores privados

El sector privado cubano tampoco tiene permitido el acceso a los procesos de inversión extranjera directa.

La Habana
Un campesino cubano.
Un campesino cubano. REUTERS

Aunque una nota publicada en el diario Granma afirma que los productores agropecuarios cubanos pueden contratar de forma directa insumos y maquinaria agrícola, esto entra en contradicción con el Decreto Ley 2 de 2019, que impone limitaciones al en sector cooperativo y al de los pequeños agricultores. 

En la mencionada norma se declara como requisito para adquirir los insumos la posesión de "sistemas de mecanización, riego, drenaje agrícola y abasto de agua a los animales", por parte de los usufructuarios, quienes de lo contrario no podrán acceder a los mencionados beneficios.

Además, en la introducción de las nuevas tecnologías de mecanización agrícola y equipamiento de riego, drenaje agrícola y abasto de agua a los animales, las autoridades cubanas favorecen a los cultivos de mayor demanda, los cuales constituyen programas priorizados en el país, es decir, preferentemente al sector estatal.

Un jurista consultado por DIARIO DE CUBA afirmó que en la mencionada normativa "se puede apreciar hay una jerarquización de prioridades, por tanto, hay discriminación o desigualdad de oportunidades en las que pierde el sector privado y dentro de este, más que nadie, los usufructuarios".

Mientras, el sector privado no tiene permitido el acceso a los procesos de inversión extranjera directa por lo que la venta de recursos a los productores se realiza a través de los mercados mayoristas y minoristas de los centros comerciales del Grupo Empresarial de Logística del Ministerio de la Agricultura y el Grupo Empresarial Azucarero AZCUBA.

Además, la rehabilitación y reposición de tractores, máquinas e implementos agrícolas, cosechadoras y equipamiento de riego, drenaje agrícola y abasto de agua a los animales, es implementada en los planes anuales de la economía a partir de los programas de desarrollo agropecuario aprobados, priorizándose de este modo a quienes poseen los mayores rendimientos, lo que afecta a los pequeños campesinos.

Los agricultores pequeños solo pueden adquirir tractores mediante contrato de compraventa cuando la superficie agrícola que gestionan justifique económicamente la adquisición del bien, previa aprobación de los delegados provinciales de la Agricultura, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento del Decreto 21 de 2020 de Consejo de Ministros.

Las compras se hacen solamente a través de un proceso de importación suscrito bajo requisitos de aprobación, debiéndose pagar el precio y costos previamente en MLC.

Las ofertas de compra son limitadas y dirigidas al Grupo Empresarial de Logística del Ministerio de la Agricultura y el Grupo Empresarial Azucarero AZCUBA en relación a la entidad estatal autorizada a la importación. La acción depende en última instancia del Plan aprobado por el Ministerio de Economía y Planificación, documento en el que se jerarquiza el interés superior del país.

De este modo queda en evidencia que, pese a la propaganda oficial, el sector privado cubano sigue en desventaja en relación con el estatal, que suele ser mucho menos productivo a pesar de que cuenta con mayor cantidad de recursos.

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1 comentario

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Parece ser entonces que lo que informa Granma en su última nota es otra fiesta sin kake para los productores.

Imaginarse que para pedir tractor, hay que introducir la petición en el llamado Plan de la Economía, el ministerio correspondiente lo analiza, luego sale a la compra, y tal vez por cualquier causa, el "Bloqueo" impide la acción.

juegan hasta con el MLC del privado que aporta. Si el privado aporta el MLC, por qué tiene que ir a un Plan de la Economía? Realmente no habrá tractores.