Obligado a reconocer el incremento de la mendicidad en Cuba, el régimen echó mano a la amenaza de usar el Código Penal, como solución a este problema, que pone de manifiesto la creciente pobreza extrema en la Isla.
En un artículo publicado este miércoles por el medio oficial Granma, la magistrada del Tribunal Supremo Popular (TSP) Isabel Acosta Sánchez afirmó que la mendicidad "es un fenómeno social que está ligado a problemas como la desigualdad y la pobreza", pero inmediatamente señaló que es "un fenómeno visible, mundial", para dejar claro que no ocurre solo en Cuba, donde el régimen suele afirmar que "no quedará nadie desamparado".
Como es habitual en el discurso del régimen cubano, Acosta Sánchez atribuyó la miseria en la que se hunde la Isla y provoca "un impacto superior en algunos segmentos de la población" a las complejas condiciones económicas derivadas de la crisis internacional, el desabastecimiento comercial, los precios especulativos y el alto nivel inflacionario, agravados por el bloqueo de que somos objeto por parte de EEUU".
Según la magistrada, hay "personas inescrupulosas" que se aprovechan de los mencionados "segmentos de la población" para "conducirlos a la práctica de actos de mendicidad". O sea, esos cubanos hambrientos no estarían suplicando dinero o comida por la miseria que sufren, sino porque otras personas los obligan, de acuerdo con Acosta Sánchez.
Sobre la mendicidad, la funcionaria del TSP afirmó que es un "flagelo que el Estado cubano se empeñó en eliminar desde el triunfo revolucionario, creando oportunidades de trabajo digno para todos", obviando que los salarios en Cuba no alcanzan ni para comer una semana. El propio vicepresidente Salvador Mesa admitió recientemente que en la Isla no se vive ni con 6.000 pesos.
Acosta Sánchez también parece ignorar que muchos cubanos que piden dinero o comida en la calle, o la buscan en la basura, son ancianos que trabajaron durante décadas y cobran jubilaciones miserables.
Como prueba del empeño del Estado en eliminar la mendicidad, la magistrada citó el Artículo 1 de la Constitución, según el cual, "Cuba es un Estado socialista de derecho y de justicia social", y el Articulo 40 que "reconoce la dignidad humana como valor supremo para todos los cubanos".
"Por su parte, el Código de la Niñez y la Juventud y otras estrategias de acción y programas diseñados por el Gobierno reflejan el compromiso prioritario en la formación de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes con políticas sociales que abarcan diferentes esferas de la vida cotidiana, a partir de acciones dirigidas a ampliar y diversificar las oportunidades de superación, vinculación laboral, participación social; promoviendo la elevación del nivel cultural de la población, en tanto una forma de comprender y analizar críticamente la realidad", añadió.
"Sin embargo, en los últimos tiempos se constata la presencia, en lugares públicos, de personas de diferentes edades, incluso adultos acompañados de menores o personas en situación de discapacidad solicitando dinero, alimentos y otros bienes, imágenes a las que no estábamos acostumbrados, prácticas que violan las normas legales establecidas", describió, lo que constituye un reconocimiento del fracaso de las políticas del Estado cubano.
Ante este mal, que resulta cada vez más visible y contrasta con la indetenible construcción de hoteles, poniendo en entredicho el publicitado "carácter humanista de la Revolución cubana", la magistrada citó Artículos del Código Penal que podrían ser utilizados para imponer multas o encarcelar a quienes, presuntamente, obliguen a otros a mendigar.
"La mendicidad, que a simple vista puede verse como una actividad tolerada, es una práctica que puede insertarse en diferentes tipos penales, según el propósito seguido por el sujeto comisor", sostiene la funcionaria antes de advertir que "quien induzca o utilice a una persona menor de 18 años en prácticas de mendicidad puede incurrir en el delito de corrupción de menores, regulado en el Artículo 404 del Código Penal, sancionado con penas desde dos hasta cinco años de privación de libertad, o multa de 500.000 cuotas o ambas, conducta que se agrava con penas privativas de libertad desde los tres a ocho años para el que tenga la responsabilidad parental de una persona menor de 18 años e incursione en esas experiencias; se aproveche de su condición de género o de una situación de discapacidad de cualquier tipo".
"Asimismo, quien promueva, organice, incite o ejecute la captación, transportación, acogida de personas utilizando amenaza, violencia, engaño o soborno, aprovechándose de una situación de vulnerabilidad de la víctima o de su condición de género, con la finalidad de que estas sean sometidas, queda incurso en el ilícito penal de trata de personas, regulada en Artículo 363, apartados uno y dos de la norma penal sustantiva, que prevé sanciones desde los siete hasta los 15 años de privación de libertad, y pueden agravarse de diez hasta 30 o privación perpetua de libertad", añadió Acosta Sánchez.
La magistrada también recordó el Código de las Familias aprobado en Cuba 2022, con el que el régimen buscó quitarle al Estado toda la responsabilidad posible con las personas vulnerables.
Como recordó la funcionaria, la norma obliga a los cubanos a proporcionar alimentos no solo a sus descendientes, sino a los ascendientes e incluso a hermanos, tíos y sobrinos. De hecho, como ha mostrado DIARIO DE CUBA, a muchos cubanos que recibían una pensión de la Asistencia Social las autoridades se las han retirado con el argumento de que tienen familiares obligados a proporcionarles sustento.
Quienes incumplan la obligación impuesta por el régimen pueden ser objeto de "demandas ante la Sección de Familia del Tribunal Municipal Popular competente", advirtió Acosta Sánchez.
No obstante, reconociendo que a la mayor parte de los cubanos sus ingresos no les alcanzan ni para mantenerse a sí mismos y a sus hijos, la magistrada del Supremo señaló que "cuando no es posible que la propia familia asuma la satisfacción de las necesidades de la persona en situación de vulnerabilidad, ya sea porque no existan personas designadas a cumplir con la obligación, o porque la propia realidad familiar se lo impide, el Estado, a través del régimen de Asistencia Social, se encarga de su protección".
Sin ir a las causas del problema ni señalar la contradicción entre la inversión estatal en turismo y la creciente miseria del país, Acosta Sánchez apeló al altruismo de los cubanos, aunque muchos de los que muestran ese altruismo son reprimidos.
"Corresponde a todos los órganos, organismos e instituciones integrantes del sistema de prevención y atención social, y a cada uno de los miembros de la sociedad, activar nuestras raíces altruistas y humanas y encaminar los esfuerzos a la prevención de situaciones como estas, mostrando las vías efectivas de solución para erradicar el flagelo de la mendicidad", finalizó su artículo.
Ya hay varias iniciativas de la sociedad civil independiente que, ante el abandono de responsabilidades por parte del Estado, ayudan con alimentos a los cubanos que se encuentran en una situación vulnerabilidad más aguda.
Muchas organizaciones que ofrecen esa ayuda, como la Unión Patriótica de Cuba (UNPACU), liderada por el prisionero político excarcelado José Daniel Ferrer, reciben la represión del régimen por su labor.
En lenguaje coloquial se diria que estan botando el sofá para la calle.