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Violencia machista

Casos de violencia machista en Cuba indican que la prohibición de acercamiento se queda en la teoría

Los feminicidios cuyas víctimas establecieron denuncias ante la Policía evidencian lo que sucede en la práctica con esta figura legal introducida en el Código Penal.

Madrid
Mujer sin rostro en un grafiti en La Habana.
Mujer sin rostro en un grafiti en La Habana. DIARIO DE CUBA

La realidad en Cuba ha convertido en letra muerta para numerosos casos una figura legal introducida al Código Penal en 2022 contra la violencia de género. La teórica "prohibición de acercamiento" está lejos de ser una práctica que proteja a las mujeres en riesgo y sus familiares.

Entre 2019 y 2023, de 180 feminicidios ocurridos en Cuba, en al menos 16 casos sus víctimas establecieron denuncias previas contra sus agresores. El número mayor de estos casos se ha registrado en lo que va de 2023, más de un año después de la implementación del instrumento legal.

De acuerdo con datos facilitados a DIARIO DE CUBA por la plataforma feminista Yo Sí Te Creo en Cuba, en 2019 (14 feminicidios verificados) dos víctimas acudieron a las autoridades en busca de protección sin resultados; en 2020 (32 feminicidios), un caso presentó denuncia; en 2021 (36 feminicidios), otros tres casos hicieron lo mismo; en 2022 (36 feminicidios), una de las víctimas presentó denuncia, y en lo que va de este año (62 feminicidios) han sido nueve los casos en los que mujeres asesinadas intentaron protegerse denunciando a sus agresores ante las autoridades

El observatorio independiente recuerda que los datos están en constante actualización y que en general son un subregistro, ante la falta de transparencia gubernamental. Por esta razón, advierte, las estadísticas podrían ser más alarmantes.

De los nueve casos de 2023 con denuncias previas contra sus maltratadores y en los que la prohibición de acercamiento quedó en el papel, resuenan algunos, como el de la adolescente cubana de 17 años Leidy Bacallao Santana, quien fue asesinada en Camagüey por su expareja, en una estación de Policía. El crimen ocurrió en la madrugada del 4 de febrero y alcanzó tal repercusión que la emisora oficial Cadena Agramonte tuvo que confirmar lo sucedido. Elesván Hidalgo, el agresor, en muchas ocasiones fue denunciado por abusar de ella y de otras mujeres, y la Policía nunca lo evitó.

Familiares de la joven cubana Rosmery Ponce Peña, asesinada por su expareja el pasado 10 de julio, permanecieron encerrados en un cuarto durante días, tras ser amenazados por el presunto autor del hecho, quien aseguró que los mataría a todos. "Tengo miedo de salir a la calle a comprar comida", dijo a DIARIO DE CUBA la tía de la víctima.

Casi una semana después de que Ponce Peña recibiera un disparo en la cabeza, en Güines, Mayabeque, el presunto feminicida continuaba libre.

Tras verificar el feminicidio, el Observatorio de Género de la revista feminista Alas Tensas llamó la atención "sobre las denuncias previas realizadas por Rosmery y desatendidas por  la Policía de Güines, además del uso de un arma de fuego casera en este crimen irreparable".

Otro caso reciente es el de la joven Yunisleive Fernández, quien pidió ayuda en la Policía cuatro días antes de su asesinato, el 23 de junio. 

Estos reportes de mujeres que acudieron a las fuerzas del orden en busca de protección y terminaron asesinadas chocan con el trabajo de las instituciones del Estado y con la razón de instrumentos legales como el de la prohibición de acercamiento.

La figura está definida en la Ley 143/2021 o Ley del Proceso Penal en sus artículos 355 y 368, y en el Código Penal en sus artículos 5 y 58. Estas normativas reconocen la posibilidad de establecer como medida cautelar o como sanción accesoria la prohibición de acercamiento a la víctima, otros perjudicados, familiares o personas allegadas, para ofrecerles protección durante el procedimiento penal y con posterioridad a la sentencia del tribunal.

El Código Penal establece que, como medida cautelar, la prohibición de acercamiento se "establece para evitar el contacto físico o de cualquier otro tipo con aquellos, a cuyo efecto se disponen las precauciones necesarias en correspondencia con el caso concreto". Puede aplicarse junto con otras medidas preventivas.

Tanto la Policía como la Fiscalía pueden establecer la medida cautelar de prohibición de acercamiento. La Policía puede hacerlo en el momento de tomar la denuncia y la Fiscalía tras el término del juicio. La ley es clara al establecer que la autoridad encargada del controlar y dar seguimiento a esta medida es la Policía Nacional Revolucionaria.

En el caso de la prohibición de acercamiento como sanción accesoria, el Tribunal es el único que puede disponerla.

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las órdenes de restricción no son efectivas en ningún lugar de mundo mundial...