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Tribunales

La demanda de Exxon Mobil contra CIMEX y CUPET es puesta en pausa por un tribunal de EEUU

El Tribunal de Apelaciones de Washington, en votación dividida, determina que toca decidir si las acciones de CIMEX causaron un efecto directo en EEUU.

Washington
Actual refinería Ñico López de La Habana, antigua propiedad de Exxon Mobil.
Actual refinería Ñico López de La Habana, antigua propiedad de Exxon Mobil. Trabajadores

El Tribunal de Apelaciones de Washington D.C. paralizó temporalmente la demanda del gigante petrolero Exxon Mobil, que exige una compensación a las empresas cubanas CIMEX y CUPET, propiedad del conglomerado empresarial de los militares de La Habana, GAESA, por la nacionalización y explotación de la refinería Ñico López y más de cien estaciones de servicio, ejecutada por el régimen de Fidel Castro en 1960.

De acuerdo con la resolución del tribunal, el panel de tres expertos, compuesto por el juez principal de circuito Sri Srinivasan, la jueza de circuito Cornelia Pillard y el juez superior de circuito Raymond Randolph, dos designados por Barack Obama y uno designado por George H. W. Bush, respectivamente, falló por dos votos a uno, con Randolph en disidencia.

Exxon Mobil demandó en 2019, en virtud de la puesta en práctica del Título III de la Ley Helms-Burton, a la Corporación CIMEX S.A. de Cuba y Panamá, y a Unión Cuba-Petróleo (CUPET), ambas estatales, por traficar con propiedades confiscadas por el régimen cubano.

A fines de 2019, ambas empresas de La Habana intentaron sin éxito desestimar la demanda, alegando inmunidad soberana extranjera, en virtud de la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras, o FSIA (por sus siglas en inglés), que impide que los tribunales estadounidenses ejerzan jurisdicción sobre entidades en territorio extranjero.

Pero un tribunal inferior sostuvo que la Helms-Burton, de 1996, no eliminaba la inmunidad general de un soberano extranjero, y que la jurisdicción en el caso dependía de si se podía aplicar una excepción a la FSIA. Y concluyó que, de dos posibles excepciones, la "excepción de expropiación" y la "excepción de actividad comercial", solo esta última podía aplicarse en el caso.

Srinivasan, al redactar la opinión mayoritaria del panel del Tribunal de Apelaciones, acordó que la ley de 1996 no otorgaba jurisdicción a un tribunal y que la excepción de expropiación era inaplicable, pero concluyó que el tribunal necesitaba un análisis adicional sobre la excepción de actividad comercial.

Por lo tanto, el panel anuló la decisión del tribunal inferior y devolvió el caso, para analizar más a fondo la última excepción.

La excepción mencionada, la "más significativa de las excepciones de la FSIA" (puesto que despoja de la inmunidad soberana en razón de las actividades comerciales de otra nación que se llevan a cabo en los EEUU, se realizan en los EEUU en relación con una actividad en otros países, o se realizan fuera de los EEUU), se toma en relación con una actividad comercial y causan un efecto directo en los EEUU.

El panel concluyó que la tercera cláusula es el foco del caso, y determinó que las acciones de CIMEX cumplieron claramente con el primer y segundo requisito de esta, ya que el presunto tráfico ocurre en Cuba e involucra bienes confiscados que constituyen actividad comercial.

La cuestión que debe dirimir el tribunal inferior es si las acciones de CIMEX causaron un efecto directo en los Estados Unidos.

Tras la caída del régimen de Fulgencio Batista, en 1959, Fidel Castro expropió los activos de varias subsidiarias propiedad de Exxon Mobil, entonces conocida como Standard Oil, incluida Esso Standard Oil S.A., una refinería, múltiples terminales de productos a granel y más de 100 estaciones de servicio.

En 1964, el Congreso creó un método para que los ciudadanos estadounidenses presentaran reclamaciones de expropiación ante la Comisión de Liquidación de Reclamaciones Extranjeras de Estados Unidos, incluidas las reclamaciones por cualquier derecho o interés que poseyeran "total o parcialmente, directa o indirectamente".

En 1969, esa comisión determinó que Standard Oil había perdido 71.611.002 dólares debido a la nacionalización de Esso por parte de La Habana, pero ni Standard Oil ni su sucesora, Exxon, recibieron ningún pago por esa reclamación.

En 1996, el Congreso aprobó la Ley Helms-Burton, que creó una vía para que los particulares demanden a cualquier entidad que trafique con propiedades confiscadas por el régimen cubano. No fue hasta 2019 que el presidente Donald Trump activó la aplicación del Título III del estatuto, que abrió la posibilidad de iniciar pleitos de reclamación.

Srinivasan consideró que el argumento de Exxon de que la FSIA no es el mecanismo exclusivo para asegurar la jurisdicción sobre las demandas civiles contra soberanos extranjeros, porque la acción del Título III otorga jurisdicción a los tribunales, no era convincente.

Explicó que, si bien el Título III crea una causa de acción para ciertas demandas contra otra nación, no dice explícitamente que dicha acción caiga automáticamente dentro de la jurisdicción de un tribunal federal. Más bien, "coexiste armoniosamente" con la FSIA para permitir acciones cuando se aplica una excepción.

En su disidencia, Randolph no estuvo de acuerdo con esa conclusión, encontrando que los precedentes de la Corte Suprema en los que la mayoría basó su decisión no mencionaban el Título III, en parte porque aún no existía, no estaba en vigor debido a la suspensión presidencial o las reclamaciones en los casos no estaban relacionadas con Cuba.

Por lo tanto, el Título III debe considerarse un "recurso exclusivo e independiente" que no se basa en la FSIA. Destacó los hallazgos del Congreso y el propósito declarado al elaborar el estatuto de 1996. 

"El Congreso determinó expresamente que las expropiaciones ilícitas de Cuba requerían un remedio más allá de lo que estaba disponible en ese momento", escribió Randolph. "Ese remedio es el Título III, libre de trabas por la FSIA", enfatizó.

La antigua refinería de Standard Oil, hoy Ñico López, fue la primera propiedad de empresas de EEUU confiscada por el régimen de Fidel Castro, después que la planta se opuso a refinar petróleo proveniente de la antigua Unión Soviética.

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2 comentarios

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Ya se ve con los funcionarios del corrupto Ocaca ,el titiretero del senil Bidet en la palestra judicial por donde vienen los tiros.....

Exxon Mobil esta en la boberia, Cuba no va a pagar, ni hay dinero para pagar, y a usted no les hace falta ese dinero ni se lo merecen, con la cantidad de dinero que han ganando en los últimos dos años, usted son los que deberían pagarle a los consumidores en los EEUU.