Un mensaje reciente publicado en el grupo de Facebook Madres Cubanas Luchadoras expone una situación que muchas mujeres enfrentan en silencio: tras cuatro años trabajando en una micro, pequeña o mediana empresa (MYPIME), una empleada salió de licencia de maternidad y, cuando su bebé tenía siete meses, su empleador le exigió reincorporarse presencialmente.
"No tengo ayuda ni a quién dejárselo", explicó la mujer, que finalmente fue informada de que le habían dado de baja "sin previo aviso". Su pregunta refleja la incertidumbre que viven muchas madres en el sector no estatal: ¿es legal que la empresa le prive de su licencia prevista hasta febrero?
Otra madre relató en la misma denuncia un caso similar: "Salí embarazada en agosto del año pasado… en octubre la jefa me dijo que me tenía que sacar de la nómina porque no podía tener en la empresa a alguien que no trabajaba presencialmente… me pagó el año entero, pero luego me entregó un papel para que firmara que había salido de almacén voluntariamente".
Estos testimonios evidencian la vulnerabilidad de las trabajadoras en el sector no estatal, que reclaman protección legal y certeza sobre sus derechos laborales.
Lo que dice la ley
La legislación cubana contempla protección para la trabajadora gestante, la madre trabajadora y la familia. El Decreto-Ley 56 (13 de octubre de 2021) establece el derecho a licencia prenatal desde las 34 semanas de embarazo (32 en caso de embarazo múltiple) y a la prestación social posterior al parto.
En mayo de 2024, el Decreto-Ley 84/2024 amplió la prestación social hasta que el menor cumpla 15 meses de vida. La normativa aplica tanto al sector estatal como al no estatal, y en teoría garantiza, además, una hora diaria retribuida para la lactancia y un día de licencia mensual retribuido para consultas pediátricas.
La ley es clara: la trabajadora no puede ser despedida por embarazo o licencia de maternidad y debe mantener su cargo o uno equivalente.
La realidad en la práctica
Los testimonios muestran que, en el sector privado, la normativa muchas veces queda en letra muerta. La presión para reincorporarse, exigir trabajo presencial y despedir o remover de la nómina a las trabajadoras que cuidan a sus hijos se ha convertido en una práctica recurrente.
Una madre de Cienfuegos, que pidió no revelar su nombre ni el negocio donde trabaja, relató a DIARIO DE CUBA: "Cuando me informaron que debía volver al trabajo, el jefe me dijo que, si no acudía, buscarían a otra persona. Mi bebé tiene 11 meses, y me dicen que la ley solo vale para estatal".
Mara, como se identifica, dejó hace tres años su empleo estatal por un mejor salario en el sector privado. "Mi pareja y yo cobrábamos una miseria. Queríamos tener un hijo, pero las condiciones no eran ideales. Hoy mi sustento y el de mi bebé penden de un hilo", relató.
Qué pueden hacer las trabajadoras afectadas
- Si estás en una situación similar a las expuestas, la recomendación experta es clara:
- Solicitar asesoría jurídica laboral y presentar una denuncia ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
- Exigir la conservación del puesto o cargo original hasta su reincorporación. Verificar que se cumpla la prestación social, con pago parcial o total según corresponda.
- Denunciar cualquier despido o cambio de condiciones motivado por embarazo o licencia de maternidad.
- Guardar toda documentación: contrato, mensajes, correos o cualquier prueba de presión o discriminación.
Maylin Fernández Suris, abogada de DIARIO DE CUBA especializada en derecho de familia, señala: "Persisten brechas significativas entre el reconocimiento formal del derecho y su efectividad real. Algunos empleadores incumplen obligaciones, limitan la licencia, presionan para reincorporarse antes de tiempo o dificultan el pago íntegro de las prestaciones económicas. Esto constituye una violación de derechos laborales y de género y refleja debilidad institucional en la supervisión por parte de los órganos competentes".
La ampliación de la licencia de maternidad busca no solo proteger a las madres, sino también mitigar la crisis de fecundidad y envejecimiento poblacional. Sin embargo, Fernández Suris advierte: "Si lo poco que se hace no se cumple ni se supervisa, el sistema vuelve a mostrar su ineficacia. La denuncia es clave, pero debe ir acompañada de garantías de protección a quienes se atreven a ejercer sus derechos".
Mientras tanto, muchas mujeres cubanas continúan navegando entre la incertidumbre laboral y la necesidad de cuidar a sus hijos, en un sector privado que parece actuar como si las leyes no existieran.
Un ciudadano no cubano que lea este artículo, pensaría que se trata de los problemas sociales y las contradicciones que emergen de la aplicación de leyes y decretos en cualquier nación mas o menos civilizada, pues se habla de un "Decreto-Ley 84/2024 que amplió las prestaciones sociales, garantizando una hora diaria retribuida para la lactancia y un día de licencia mensual retribuido para consultas pediátricas"
No aclara la articulista el detalle de que en un régimen totalitario, toda ley, decreto o normativa es creada solo para mantener el control de los sometidos y enviar señales al exterior de supuestos avances sociales y económicos.
En otras palabras, excepto aquellas destinadas a la represión directa, no están diseñadas para ser cumplidas.
"La ley es clara: la trabajadora no puede ser despedida.....y debe mantener su cargo o uno equivalente", pero ¿acaso la ley socialista no da también el derecho a protestar o expresarse libremente, pero apalean y apresan al que lo hace?