Yilian trabaja en una cafetería privada en San Miguel del Padrón, en La Habana. Descansa un día de la semana y el resto hace turnos por las tardes hasta las 11:00PM. Tiene un niño de tres años de edad que cuida su madre enferma, y algunas veces tiene que pagarle a una señora para que asuma la tarea. Tiene 26 años y nunca ha trabajado para el Estado. Ha renunciado a obtener una plaza en los círculos infantiles estatales.
Carla, por su parte, es estilista empleada de una peluquería privada en Santa Cruz del Norte, Mayabeque. Llevaba menos de un año trabajando cuando tuvo que ingresar para dar a luz. Tiene un pequeño de dos meses de nacido y no tiene acceso a prestaciones económicas.
"Me estoy planteando volver al salón en horarios recortados que me permitan amamantar al niño", explica a DIARIO DE CUBA.
Gabriela, de 29 años, trabajadora por cuenta propia, sabe que "ni por asomo" le toca círculo infantil estatal. Paga 3.000 pesos en un "cuido" en La Habana, "que es de los baratos, porque los hay de hasta 8.000 pesos". Dice que, además, tiene que "llevar la merienda, la comida y todas las cosas" de su hijo.
Las tres madres abogan por que la legislación las ampare igual que a las empleadas del sector estatal.
"Las que trabajan para el Estado también pasan una odisea para conseguir meter a los niños en el círculo, pero tienen más posibilidad, y ahora, además, están abriendo las casitas esas infantiles en los centros de trabajo, que ojalá yo tuviera esas opciones", comenta Yilian.
En marzo de 2023 se aprobó el Decreto-Ley 71/2023. Con este quedó modificado el Decreto-Ley 56, "De la Maternidad de la Trabajadora y la Responsabilidad de las Familias", del 13 de octubre de 2021.
La modificación obedece a lo establecido en el Código de las Familias respecto a la ampliación de la protección de la maternidad y paternidad para las madres y los padres comitentes y para la gestante solidaria, figuras surgidas con la nueva norma legal.
Cuba es uno de los estados miembros que ratificó el Convenio sobre la Protección de la Maternidad de la Organización Internacional del Trabajo en junio de 2004. El pacto tiene como premisa "la igualdad de todas las mujeres integrantes de la fuerza de trabajo y la salud y la seguridad de la madre y el niño, y a fin de reconocer la diversidad del desarrollo económico y social de los Estados Miembros".
Sin embargo, en Cuba existen notables diferencias entre las mujeres empleadas en el sector estatal y aquellas del sector no estatal, si del disfrute de la maternidad se trata.
En primer lugar, para beneficiarse del cobro de la prestación económica por maternidad, la madre trabajadora del sector estatal solo tiene que estar vinculada laboralmente en la fecha de inicio de la licencia prenatal, con independencia del tipo de contrato que tenga suscrito. Incluso quedó eliminado el requisito de vinculación de 75 días previsto en la legislación anterior.
La trabajadora del sector privado tiene que haber contribuido al régimen especial en los 12 meses inmediatos anteriores a la fecha de inicio de la licencia por maternidad. En el caso de Carla, se ve obligada a retomar sus labores en la peluquería cercana a su domicilio porque no había trabajado un año completo antes de dar a luz y no tiene más entrada económica. El salario de su esposo, también contratado por cuentapropistas, no les alcanza "ni para empezar el mes".
La norma establece que para la prestación económica se tome como referencia el salario mínimo (2.100 CUP) tanto en el sector estatal como en el no estatal, en los casos en que tanto el salario como el promedio de la base de contribución sea inferior.
Lo anterior está también establecido para la madre, padre o familiar trabajador, beneficiarios de los regímenes especiales de la seguridad social que en el momento de la entrada en vigor del Decreto-Ley 56 se encontraba percibiendo una prestación económica o social por maternidad y cuyo valor era inferior al salario mínimo.
Sin embargo, este tratamiento no se aplica en el sector no estatal en los casos de la prestación del 100% que se abona a la embarazada, así como tampoco a la prestación monetaria a madres con hijos enfermos.
La madre, padre o uno de los abuelos trabajadores que asuma el cuidado del hijo, puede acogerse a una licencia no retribuida a partir del primer año de vida del pequeño y hasta que cumpla los cinco años de edad, pero esto solo es aplicable al sector estatal.
Acceso a la educación en la primera infancia
En 2021, una campaña de activistas cubanas recogió firmas para la creación de círculos infantiles que permitan a las mujeres rurales cubanas insertarse en la vida laboral. Las mujeres del campo cubano, limitadas y económicamente dependientes, siguen lidiando con la falta de espacios para el cuidado de los hijos.
Las guarderías privadas, conocidas como "cuidos", han sido la única opción para miles de madres trabajadoras cubanas durante los últimos años. Muchas no cuentan con ayuda de familiares que puedan hacerse cargo de los niños que todavía no están en edad escolar. Este es otro asunto que sopesan las mujeres cubanas a la hora de tener un hijo.
Aunque no está establecido en las normas antes citadas, sí forma parte de la legislación referente a la maternidad el establecimiento de prioridades para el acceso y otorgamiento de matrículas en círculos infantiles. En este tema, las madres trabajadoras del sector estatal y las madres estudiantes tienen ventajas sobre las madres trabajadoras del sector privado.
Ena Elsa Velázquez Cobiella, titular del Ministerio de Educación (MINED), admitió en enero de este año que Cuba no cuenta con círculos infantiles suficientes para atender la demanda existente, y que existían entonces 42.000 solicitudes pendientes de madres trabajadoras que no se habían podido satisfacer.
En la actualidad están abiertos en la Isla 1.122 círculos infantiles. María de los Ángeles Gallo Sánchez, directora nacional de Primera Infancia del MINED, dijo a Granma a finales de enero que se entregaron 25.086 capacidades, lo que significó solo el 46,9% del total de solicitudes recibidas: 53.447.
Según la funcionaria, solo 719 de estas plazas fueron otorgadas a trabajadoras por cuenta propia, aunque no precisó si se trató de dueñas de negocios o contratadas. Las restantes plazas, 24.367, se distribuyeron entre el sector estatal, estudiantes y casos sociales.
Para paliar la situación, el Gobierno cubano creó las llamadas "casitas infantiles", creadas por centros de trabajo y que, según datos oficiales, rondarían las 80 y atienden a 1.900 niños, aún muy por debajo de las necesidades.
Velázquez Cobiella dijo que la apertura de una "casita infantil" debe ser solicitada al MINED por la dirección del centro laboral para solucionar la situación de sus propios trabajadores. Esta cuestión se ampara en la Resolución 58/2021, que regula también el funcionamiento de ese tipo de instituciones.
"Los fondos para su apertura, mantenimiento y sostenibilidad deben ser aportados por el centro laboral, que también se responsabiliza con la selección de los locales, el mobiliario y los recursos materiales requeridos. Asimismo, velará por que no se generen diferencias significativas con lo que se aplica en los círculos infantiles".
Por su parte, el MINED tiene que garantizar "la base material de estudio, así como la atención educativa a los niños, con educadoras y auxiliares pedagógicas graduadas en la especialidad de Primera Infancia".
La falta de círculos infantiles y de opciones para el cuidado de los niños es una de las razones por las que cada vez menos cubanas se deciden a tener hijos, y las que lo hacen no tienen más de uno en un país que sufre envejecimiento poblacional.
"Yo cerré la producción con el que tengo", dice Carla a DIARIO DE CUBA en tono jocoso, pero seria en su determinación. "Cuando el niño camine tendré que ponerlo en un cuido, pero ahora me toca reunir los pesos. Ya vestir y alimentar a un niño te seca los bolsillos. No quiero pensar cuando tenga que gastar más en guardería", concluye.
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