El pasado 26 de marzo, quedaron ratificados los 470 diputados del régimen y, el 19 de abril, le tocó a Miguel Díaz-Canel como gobernante de Cuba. También, quedó confirmado el hartazgo del pueblo, lo que se tradujo en la participación más baja en unas votaciones parlamentarias en la Isla desde 1959. El próximo 28 de marzo, con la "elección" de los gobernadores provinciales, culminará el proceso mediante el cual régimen nos impone dirigentes. Parece que solo queda aceptar la realidad: los cubanos podemos votar, pero no elegir. Sin embargo, también podemos exigir cuentas a esos dirigentes y buscar la revocación de algunos.
El problema de los delegados de circunscripción, y de los diputados y dirigentes ratificados, es que adquieren una responsabilidad con los electores. Y los electores no son solo aquellos cubanos afines al régimen. Los electores son todos aquellos ciudadanos adultos que han residido en la Isla durante los últimos dos años y no han perdido sus derechos electorales como sanción accesoria por ningún delito. Los electores son incluso aquellos cubanos que el pasado 26 de marzo, en vez de ejercer su derecho a votar, ejercieron su derecho a abstenerse y no acudieron a las urnas.
Ahora, los delegados de circunscripción y los diputados ratificados por cada municipio —muchos nominados por territorios donde no residen ni han visitado en años— son "representantes del pueblo", al que deben servir.
Los cubanos tenemos derecho a pronunciarnos sobre la rendición de cuentas que presentan los "elegidos", promover la revocación de sus mandatos, estar informados de la gestión de los órganos y autoridades del Estado, y ejercer la iniciativa legislativa y de reforma de la Constitución.
Según el Artículo 52 de la Ley de Organización y Funcionamiento de las Asambleas Municipales del Poder Popular y de los Consejos Populares, los delegados de circunscripción, que rinden cuenta ante los electores, "tienen derecho a solicitar información al presidente, vicepresidente y secretario de la Asamblea; a los miembros de las comisiones de trabajo y al Consejo de la Administración, sobre temas relevantes en el ejercicio de sus funciones; y también a los directivos y funcionarios de las entidades radicadas en el territorio, con respecto a situaciones que afectan a los electores, en relación a los temas aprobados en el orden del día de la sesión. 2. Estos vienen obligados a responder en la propia sesión, a menos que tengan necesidad de preparar la respuesta, caso en el cual lo hacen en el plazo y forma que acuerde la Asamblea Municipal".
Los electores, que incluyen a la sociedad civil cubana, tenemos derecho a pedirles cuentas a los delegados y a los diputados por las calles sin asfaltar, los planes de inversión y remodelación de escuelas, hospitales, sistema de acueducto y alcantarillado, centros culturales y deportivos. Asimismo, tenemos derecho a preguntar por el empleo de los presupuestos municipales y de la provincia.
Hablamos de reclamos relacionados con cuestiones que afectan a toda la ciudadanía, más allá de la orientación política. No son solo los cubanos disidentes los afectados por el problema de la vivienda y los incumplimientos de los planes gubernamentales de construcción de habitaciones, especialmente las destinadas a las madres de tres o más hijos.
Pero, así como tenemos derecho a exigir cuentas sobre la postergación de la Ley de Vivienda, relacionada con uno de los problemas que más golpea a los cubanos, los electores también podemos cuestionar la salida del cronograma legislativo de la norma que debe garantizar el ejercicio de los derechos constitucionales de reunión y manifestación de fines pacíficos.
Es una duda que podrían plantear al ministro de Justicia, Oscar Manuel Silvera Martínez, los electores de Bayamo, provincia de Granma, por donde es diputado.
A Esteban Lazo, presidente de la ANPP y del Consejo de Estado, y diputado por el municipio Arroyo Naranjo, de La Habana, se le podría preguntar por qué la Asamblea no ha creado comisión independiente que investigue y dictamine sobre los centenares de personas que, por razones políticas, extinguen penas privativas de libertad y se les niegan los beneficios y derechos de excarcelación.
Según la Ley 135 o de Revocación de los Elegidos a los Órganos del Poder Popular, en Cuba pueden ser revocados los delegados a las asambleas municipales; los presidentes y vicepresidentes de consejos populares; los presidentes y vicepresidentes de las asambleas municipales; los gobernadores y vicegobernadores; los diputados a la Asamblea Nacional; el presidente, el vicepresidente y el secretario de la Asamblea Nacional; los miembros del Consejo de Estado, y el presidente y el vicepresidente de la República.
No en todos los casos podemos proponer la revocación de manera directa, pues al no elegir directamente al presidente, por ejemplo, no podemos proponer la revocación de Díaz-Canel. Pero sí podemos pedir en masa a la Asamblea Nacional que explique cuestiones precisas de su gestión que generan daño en sentido general o a un sector determinado. Puede pedirse incuso que presente la renuncia o sea removido del cargo, de acuerdo al Artículo 61 de la Constitución.
Sin embargo, esta complejidad de acceso es una de las trampas del sistema electoral cubano, pues, pese a que el régimen llama a la ciudadanía a ratificar, mediante el "voto unido", a sus candidatos a la Asamblea Nacional, no podemos promover su revocación directamente sino a través del lento y no siempre positivo mecanismo de la petición.
La revocación de un diputado puede ser promovida por otro diputado o el Consejo de Estado. Pero también por "un cuarto, como mínimo, de los delegados a la Asamblea Municipal por donde fue elegido", de acuerdo a los Artículos 10, apartado 4, 42 y siguientes de la Ley de Revocación. No se debe olvidar que la mitad aproximada de los 470 diputados cubanos son a su vez delegados de circunscripción.
Según el Artículo 13 de la citada ley, los ciudadanos podemos pedir la revocación directa, en el caso de los delegados, a las asambleas municipales. Debe hacerlo una cuarta parte, como mínimo, de los electores de la circunscripción por la que fue "electo".
Recordemos que, si un diputado pierde la condición de delegado en la circunscripción por la que fue electo, deja de ser, seguidamente, un miembro del Parlamento cubano. En esta tarea, aunque difícil, podemos centrar nuestra atención los cubanos en general y las organizaciones de sociedad civil en particular.
El Artículo 43 de la norma establece que "la revocación de la condición de diputado de quienes desempeñen la máxima dirección de los órganos superiores del Estado y del Gobierno, así como de los miembros del Consejo de Estado se realiza por la Asamblea Municipal por la cual fue electo, conforme al procedimiento establecido, previo acuerdo adoptado a tales efectos por la Asamblea Nacional del Poder Popular".
Ya sucedió cuando el Proyecto Varela.
Esta vez se blindaron.
De todos modos, si se les calentará la cosa, tiran un decreto ley… Y San Se Acabó. (Se escribe así?)
Empezamos con una notificación al diputado; este se queda inactivo. Montamos una cabina de teléfonos en Hialeah para buscar la “cuarta parte de los votos”. Nada que ver con reformas. Digamos, partir la barra de transmisión por falta de resultados.
En Cuba no existe ningún derecho. La Constitución, aún siendo totalitaria y antidemocrática, es papel mojado con el cual la mafia propietaria del país se limpia el fondillo cada día.
One word: DRONE
hay que hacer cosas mas importantes. como tirar piedras.
Wow, la magna carta cubana, tienes todas las leyes que tenemos en la constitución del estado de la Florida. Entonces nos tenemos que preguntar que está pasando. Y para mí es bien simple, la constitución cubana es parte del “show” de los mafiosos para engañar a los incautos extranjeros.