La Audiencia Provincial de Palma de Mallorca aceptó el recurso de apelación presentado por la familia de origen cubano Sánchez Hill, que demandó a la hotelera Meliá una indemnización de al menos diez millones de dólares por la explotación de dos hoteles en Cuba, con lo que el proceso que parecía cerrado vuelve a su cauce.
En septiembre pasado, el Juzgado de Primera Instancia número 24 de Palma de Mallorca desestimó la reclamación de los Sánchez Hill y archivó el caso, al considerar que los tribunales españoles no tenían jurisdicción ni competencia judicial para pronunciarse sobre el asunto.
Sin embargo, ahora la Audiencia Provincial entiende que los tribunales españoles sí poseen jurisdicción y competencia judicial internacional para tramitar un procedimiento frente a una sociedad domiciliada en España, en ejercicio de lo que parece identificar como una acción personal de indemnización, reportó el medio Vozpópuli.
A partir de ahora, no cabe recurso alguno contra el auto, que devuelve la causa al Juzgado de Primera Instancia número 24 de Palma.
Por su lado, si bien Meliá reconoce ahora "el derecho de Central Santa Lucía, L.C. a obtener una sentencia", en referencia a los herederos de las propiedades en Cuba que reclaman una indemnización por explotarlas, por otro lado entiende que "la tramitación en sí vulnera el Estatuto de Bloqueo Comunitario" y "no dejará de ejercer cuantos derechos y acciones estén a su disposición para denunciar esta vulneración."
La hotelera española, con grandes inversiones en la Isla, asegura que "defenderá la total impertinencia de la demanda que frente a ella se ha interpuesto."
Meliá invocó antes el Estatuto de Bloqueo Comunitario, un mecanismo legal de la Unión Europea en respuesta a la estadounidense Ley Helms-Burton, que "prohíbe cualquier actuación ante tribunales de un Estado miembro frente a un nacional comunitario por sus lícitos negocios que pueda desarrollar en una jurisdicción tercera como es Cuba".
Si bien las autoridades europeas han señalado desde el principio que el Estatuto blinda a las compañías ante cualquier demanda, el Gobierno de España ya tuvo dudas sobre si este era aplicable, lo que generó un importante malestar entre las empresas, que alegaron sentirse desprotegidas por las autoridades.
Finalmente, Madrid aseguró a todas las afectadas que los procedimientos que llegasen de Estados Unidos basados en la Helms-Burton serían rechazados.
La demanda de la familia Sánchez Hill fue presentada ante la justicia española después de que Estados Unidos reactivara la normativa, que permite a norteamericanos y cubanos nacionalizados reclamar indemnizaciones por los bienes que les fueron confiscados tras la Revolución cubana.
Los descendientes de Rafael Lucas Sánchez Hill demandaron a Meliá por los hoteles Paradisus Río de Oro y Sol Río de Luna y Mares, que la empresa administra en Holguín en los terrenos de la finca azucarera Santa Lucía, una hacienda de 485,6 kilómetros cuadrados, expropiada por el régimen cubano.
Esa fue la primera demanda presentada en tribunales tras la reactivación del Título III de la Ley Helms-Burton por parte de EEUU.
Entre 1999 y 2004, con la Helms-Burton sin activar, ambas partes mantuvieron negociaciones para tratar de llegar a un acuerdo amistoso. Fueron en total cuatro reuniones en las que participaron los abogados de la familia y en las que, siempre según la demanda, hubo visos de acuerdo, pero nunca se llegó a concretar nada.
Actualmente, la hotelera mallorquina gestiona algo más de 30 hoteles en Cuba frente a los 20 de Iberostar y los tres de Barceló, lo que la convierte en la hotelera española con mayor exposición a la Helms-Burton.