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Opinión

La manifestación pública: ¿delito o derecho?

Mientras las causas que originaron las protestas en Cuba no se enfrenten con la decisión y profundidad que exigen, las manifestaciones se repetirán.

La Habana
Policías mirando a los manifestantes en las protestas del 11J en La Habana.
Policías mirando a los manifestantes en las protestas del 11J en La Habana. Diario de Cuba

La manifestación pública —un fenómeno social ausente en Cuba en las últimas seis décadas— irrumpió en todo el país, de forma simultánea, con la protesta masiva del 11J.

El concepto de manifestación pública designa el derecho que tiene toda persona, de forma individual o en grupos, a expresarse en espacios públicos. Sus fundamentos son las libertades de expresión, asociación y reunión. Incluye la organización y difusión de la convocatoria a la manifestación. Su ejercicio es una facultad cívica que permite participar en el ejercicio del poder político e influir sobre los gobernantes.

Como acto de naturaleza cívica y democrática, la manifestación pública incluye el derecho a organizar, convocar y difundir libremente su convocatoria. La misma no califica como delito contra el Estado. No es actividad ilícita, desorden público o incitación a la rebelión, a menos que en el país que ocurra —como es el caso de Cuba— estén prohibidos o restringidos los derechos y libertades fundamentales.

Generalmente, las manifestaciones públicas expresan descontento, desacuerdo o indignación ante los abusos de poder, la ausencia de derechos o la falta de atención a problemas acumulados. Constituyen un recurso después de agotar otras vías de participación para encontrar soluciones.

La Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) —de la cual Cuba es signataria y formó parte de su redacción—, en su artículo 19 declara que "todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión... a la libertad de reunión y de asociación pacíficas".

Además de la Declaración Universal, la libertad de manifestación es un elemento integrante de nuestra historia constitucional.

La Constitución de 1901, en el Artículo 25 refrendaba la libertad de expresión: "de palabra o escrita, por medio de la imprenta o por cualquier otro procedimiento" y en el Artículo 28 recogía los derechos de reunión y de asociación "para todos los fines lícitos". Dos artículos que constituyen el sostén de la libertad de manifestación pública.

La Constitución de 1940 declaraba el derecho de los cubanos a "reunirse pacíficamente y sin armas y el de desfilar y asociarse para todos los fines lícitos de la vida conforme a las normas legales correspondientes, sin más limitación que la indispensable para asegurar el orden público". El Artículo 37 calificaba de "lícita la formación y existencia de organizaciones políticas contrarias al régimen de gobierno representativo democrático de la República". El Artículo 38 declaraba punible "todo acto por el cual se prohíba o limite al ciudadano participar en la vida política de la nación". Y el Artículo 40 legitimaba "la resistencia adecuada para la protección de los derecho individuales garantizados anteriormente".

La Constitución de 1976, en su Artículo 52, reconoció "la libertad de palabra y prensa conforme a los fines de la sociedad socialista". Aclaraba que "la prensa, la radio, la televisión, el cine y otros medios de difusión masiva son de propiedad estatal o social y no pueden ser objeto, en ningún caso, de propiedad privada". El Artículo 53 afirmaba: "los derechos de reunión, manifestación y asociación son ejercidos por los trabajadores manuales intelectuales, los campesinos, las mujeres, los estudiantes y demás sectores del pueblo trabajador, para lo cual disponen de los medios necesarios a tales fines. Las organizaciones sociales y de masas disponen de todas las facilidades para el desenvolvimiento de dichas actividades". Mientras el Artículo 61 precisaba que "ninguna de las libertades reconocidas a los ciudadanos puede ser ejercida contra lo establecido en la Constitución y las leyes, ni contra la existencia y fines del Estado socialista, ni contra la decisión del pueblo cubano de construir el socialismo y el comunismo".

La Constitución de 2019, en el Artículo 54, "reconoce, respeta y garantiza a las personas la libertad de pensamiento, conciencia y expresión". En el Artículo 55 se refrenda "la libertad de prensa", pero se aclara que "este derecho se ejerce de conformidad con la ley y los fines de la sociedad. Subraya que los medios fundamentales de comunicación social, en cualquiera de sus manifestaciones y soportes, son de propiedad socialista de todo el pueblo o de las organizaciones políticas, sociales y de masas (es decir, del Estado)". El Artículo 56 reza que "los derechos de reunión, manifestación y asociación, con fines lícitos y pacíficos, se reconocen por el Estado siempre que se ejerzan de conformidad con la ley y los fines de la sociedad socialista." Y el Artículo 62 remata lo anterior de forma nítida: "Ninguna de las libertades reconocidas a los ciudadanos puede ser ejercida contra lo establecido en la Constitución y las leyes, ni contra la existencia y fines del Estado socialista, ni contra la decisión del pueblo cubano de construir el socialismo y el comunismo".

Como se trata de libertades restringidas constitucionalmente en los textos posteriores a 1959, los cubanos están impedidos de ejercer dichas libertades de forma plena, como sujetos activos para participar en la solución de los problemas de su país.

La prueba definitiva de la ausencia de libertades está en el Artículo 4 de la Constitución de 2019: "la defensa de la patria socialista es el más grande honor y el deber supremo de cada cubano... El sistema socialista que refrenda esta Constitución es irrevocable. Los ciudadanos tienen el derecho de combatir por todos los medios, incluyendo la lucha armada, cuando no fuera posible otro recurso, contra cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico establecido por esta Constitución".

Este artículo no solo condena a los nacidos y a los que están por nacer a vivir en un sistema que ellos no han elegido libremente, sino que además, les impone el deber de defenderlo. Este fue, sin citarlo, el mensaje que el presidente y primer secretario del Partido Comunista (PCC) trasmitió el 11J cuando, en lugar de acometer los cambios que la sociedad cubana demanda, dio la orden de combate a los revolucionarios, que son una parte del pueblo, contra la otra parte. Es decir, llamó a la guerra civil entre cubanos.

Las manifestaciones públicas del 11J no fueron disturbios ni actos vandálicos, sino de una protesta masiva en ausencia de libertades fundamentales, lo que explica la fuerte represión destacada, las detenciones, los juicios sumarios y los encarcelados por hacer uso de un derecho universal que en Cuba se ignora.

Mientras las causas que originaron las manifestaciones no se enfrenten con la decisión y profundidad que exigen, las manifestaciones —que no son un delito, sino un derecho— se repetirán. La irrupción del pueblo en la escena política constituye un proceso irreversible. La mejor y única solución es que el Partido-Estado-Gobierno, en lugar de insistir en causas y agentes externos, proceda a la liberación de todos los detenidos y emprenda un plan de reformas profundo para devolver las libertades a los cubanos.

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12 comentarios

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Profile picture for user Plutarco Cuero

Más de 187,000 cubanos participaron en protestas públicas contra el gobierno, según informe.

"Lo más significativo este mes no es el incremento en la cantidad de protestas, sino la masividad de la participación", dice el informe.

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El informe del OCC calificó las protestas del 11J como "la más grande de la historia de Cuba" y las comparó con aquellas que tuvieron lugar en el pasado contra Machado o Batista.

"Esta insumisión nacional por espacio de 48 horas –en algunos lugares por más tiempo– fueron precedidas y seguidas, durante todo el resto del mes, por protestas también públicas, aunque fuesen de menor dimensión, grupales o individuales", dice el documento.

Profile picture for user Gualterio Díaz

Al parecer ya nadie se acuerda de las manifestaciones de los candongueros y otros en Santa Clara, de los bicitaxistas en la Plaza de la Revolución, de la gente en Cárdenas, el Maleconazo y de otras manifestaciones públicas que desmienten la tesis de que sean "fenómeno social ausente en Cuba en las últimas seis décadas".

Profile picture for user Plutarco Cuero

Perdone ... aquí se discute de la cantidad de protestas simultáneas a lo largo de la isla ... demuestre algo similar, en el pasado lejano o cercano ...

Gracias al señor Dimas Castellanos por su artículo que deja claro los derechos constitucionales que reconocen y consagran la legalidad de manifestar públicamente opiniones políticas en las calles, bien en grupos o individualmente, y que la dictadura privilegia en beneficio propio, mientras lo convierte en delito para el otro que piensa diferente.

Por cierto, el régimen en su insana obsesión de control total ha reprimido y criminalizado manifestaciones y protestas ajenas a temas políticos, como las ambientalistas, las animalistas, las homosexuales y de otras minorías. A no dudarlo, una fatal herencia legada por el caudillo con su consigna fascista "las calles son de los revolucinarios".

Para ejercer su descontento públicamente, probablemente los cubanos necesitarían, más allá de sus cuerpos jurídicos actuales, reconstruir moralmente toda la nación cubana.

Profile picture for user Weston

Mucha retórica en este artículo y en los comentarios. Por 60 años, en Cuba no ha existido ningún tipo de libertad de expresión ni respeto a los derechos del individuo. El levantamiento popular del 11 de julio no tiene nada que ver con las leyes ni la Constitución. Tiene que ver con las condiciones miserables a las que un gobierno no elegido por el pueblo y sin el peso “histórico” de quienes hicieron la Revolución, -es decir, sin la figura de Fidel-, tienen sometidos a los cubanos. Todo ello unido a mayor información, gracias al internet, y al recrudecimiento de la epidemia de COVID. De mantenerse esa terrible situación, el pueblo volverá a las calles, lo permita, o no, una Constitución espúrea y unas leyes dacronianas.

Discusiones como éstas, estimado Weston, aunque no le niego que sean retóricas, me parecen un gesto que apunta a la civilidad futura de nuestra nación, algo tan necesario como probablemente ausente en la nueva Cuba que ya parece cerca. Saludos.

Profile picture for user Amadeus

Lady Cocodrile__De acuerdo con usted. El régimen no puede hablar de democracia en Cuba, si reprime manifestaciones y considera enemigos a los que protestan. Ahí es donde lo pierde la contradicción.

Estimado Amadeus, si bien se habla aún de pueblo, no creo que el gobierno esté muy interesado en un patrón simbólico democrático, ni siquiera como imagen. Los últimos restos de pudor republicanos parecen derribados, siendo ahora una dictadura rampante con auto conciencia de sí misma. Saludos.

Profile picture for user Plutarco Cuero

... están al mandarle un contingente de ninjas para secuestrarlo y hacerle un juicio sumario en Labana ...

Herr Componist. Los comunistas no renuncian nunca a denominarse eufemísticamente "democracias populares", pero del dicho al hecho, hay mucho trecho. Y que lo diga Cuba... Todos los textos marxistas y leninistas se encaminan más o menos por la misma dirección. El problema es que el sistema se inspira en parte, en los ideales de la Ilustración, pero a pesar de eso, Marx pide en el Manifiesto Comunista de 1848 la eliminación física del enemigo y la instauración de un sistema dictatorial, al que eufemísticamente también denomina "dictadura del proletariado". Esa ideología (marxismo) que retoma Lenin en 1917, es anterior a la aparición de la democracia -como la conocemos-, y que no es obra del marxismo, sino de la aparición de los sindicatos, las reivindicaciones en las leyes laborales, el sufragismo femenino, las Revoluciones burguesas y el avance del Liberalismo, en fin, una suma de reivindicaciones que llevan a ella, pero sin dejarla perfecta, porque es humana. Martí la prefería a Marx.

Al margen de las leyes cubanas citadas en el artículo de este foro, la libertad de expresión, asociación, reunión manifestación, religión, ideología, etc. son derechos reconocidos a todo ser humano, solamente por el hecho de serlo. Presentes en la Declaración Universal de Derechos Humanos de la ONU de 1948. No hay que darle más vueltas a la tuerca, aunque Cuba en la práctica (puesto que la ley en la Isla es papel mojado, incluida la comunista), no reconozca esos derechos, los cubanos tienen todo "el derecho" de ejercerlos, porque son suyos como seres humanos. Digan los tribunales cubanos lo que digan, si dicen algo... Dondequiera que vaya un ser humano -haya o no dictaduras-, sea Cuba o el país que sea, esos son derechos inherentes a la persona humana; y nadie, absolutamente nadie, los puede privar de ellos, tanto como el de tener un juicio justo, la asistencia de un abogado, callarse si le da la gana en un juicio, no ser molestado en su casa ni violadas sus comunicaciones, etc., etc.