En medio de la acelerada pérdida de profesionales en el sector de la salud en Cuba, el Ministerio de Salud Pública (MINSAP) ha aprobado la Resolución 115/2026, que refuerza el control del Gobierno sobre los recién graduados.
La norma, que fue publicada en la Gaceta Oficial de la República el 18 de septiembre y entrará en vigor siete días después, sustituye la Resolución 282/2014. Aprueba un nuevo Reglamento sobre contratación, ubicación, reubicación, promoción, suspensión e inhabilitación de profesionales y técnicos de la salud, y endurece las consecuencias para los recién graduados que incumplan injustificadamente el servicio social.
El Artículo 24 establece que "los profesionales y técnicos recién graduados formados en el sector están en la obligación de incorporarse a las entidades asignadas en el término de siete y hasta 30 días naturales a partir de recibir la carta de presentación dirigida al director de la entidad correspondiente y cuando se trata de movimientos entre provincia surte efectos con el sistema de transportación que se utilice".
El Artículo 25.1 dispone que "los profesionales y técnicos de la salud recién graduados como universitarios, técnicos superiores y de nivel medio superior profesional de los cursos diurnos, tienen el deber de cumplir el servicio social".
La Resolución 115/2026 permite iniciar un procedimiento de inhabilitación para ejercer la profesión en todo el territorio nacional contra los recién graduados que no se incorporen o interrumpan injustificadamente el servicio.
Además, no fija periodo máximo de vigencia para la inhabilitación. El graduado puede solicitar posteriormente la suspensión de la medida, pero necesita una nueva decisión administrativa.
La singularidad del caso cubano
La experta de DIARIO DE CUBA en temas legales Maylin Fernández Suris aclara que la obligatoriedad del servicio social no es una singularidad de Cuba y que, de hecho, al menos 70 países lo mantienen. La singularidad radica en las consecuencias que tiene el incumplimiento para los profesionales.
"La inhabilitación no anula el título universitario obtenido por el médico, pero sí le prohíbe ejercer la profesión en Cuba y, según la Ley de Salud Pública, esa prohibición tiene carácter indefinido hasta que el MINSAP acuerde su rehabilitación", comenta la experta.
"Sus consecuencias pueden proyectarse además sobre un eventual ejercicio profesional en el extranjero cuando el país de destino exija, además del título académico, certificaciones sobre habilitación, antecedentes o situación profesional", añade.
"Por tanto, la discusión no radica en la existencia del servicio social obligatorio, que cuenta con precedentes internacionales, sino en la intensidad, duración y proporcionalidad de la consecuencia que Cuba vincula a su incumplimiento", sostiene Fernández Suris.
Otro aspecto de la Resolución que merece atención es que incorpora el cumplimiento del Código Cubano de Ética Médica y exige "valores de carácter social, moral o humano que prestigian la medicina cubana", además de la disposición para servir a la sociedad. Estos conceptos conceden a la Administración un margen de valoración considerable.
"Resulta relativamente sencillo comprobar una titulación, una competencia técnica o el incumplimiento de un protocolo. Determinar cuáles comportamientos satisfacen determinados 'valores de carácter social' abre un terreno mucho más subjetivo", critica Fernández Suris. "Cuanto más abiertos resulten los conceptos que permiten restringir el ejercicio de una profesión, mayores garantías necesita el ciudadano frente a decisiones arbitrarias".
¿Hasta dónde puede llegar el Estado cubano para cubrir el déficit de profesionales de la salud?
La nueva resolución llega en un contexto marcado por la drástica pérdida de profesionales en el sector de la salud.
Entre 2021 y 2024, Cuba perdió más de 77.000 médicos, estomatólogos, enfermeros y técnicos, según el Anuario Estadístico de Cuba 2024 de la estatal Oficina Nacional de Estadísticas e Información (ONEI).
El número de trabajadores del sector cayó de forma sostenida desde 312.406 a 281.098 en 2022, 248.512 (2023) y 234.884 (2024). El descenso, revelado en octubre de 2025, alcanza a todas las categorías de formación y constituye uno de los más pronunciados en la última década.
Las estadísticas de la ONEI muestran la magnitud del problema, pero no sus causas. Sin embargo, no es un secreto que los sanitarios cubanos ganan salarios que no cubren sus necesidades y muchas veces enfrentan una sobrecarga laboral. A ello se suma el deterioro y la escasez de recursos en hospitales y policlínicos.
La reducción del personal sanitario ha tenido efectos funestos para la población, como mostró el estudio de DIARIO DE CUBA "Condiciones de vida, servicios, seguridad y ajuste cotidiano", aplicado por Cubadata entre el 23 de febrero y el 13 de marzo de 2026.
De los 1.807 cubanos con acceso a internet de todas las provincias que participaron, solo el 5,3% dijo no haber tenido dificultades para encontrar atención médica cuando la necesitó.
Maylin Fernández Suris considera que el Gobierno necesita médicos, enfermeros, técnicos y estomatólogos para garantizar el derecho a la salud.
"Pero esa obligación estatal no puede convertirse automáticamente en una facultad ilimitada para decidir dónde y bajo qué condiciones debe trabajar cada profesional", sostiene.
"El problema de fondo tampoco consiste en determinar si resulta legítimo exigir alguna forma de servicio social a quien acaba de graduarse. La cuestión radica en hasta dónde puede llegar el Estado para imponerlo", advierte.
"Cuando el Estado controla la formación sanitaria, la ubicación laboral, buena parte del mercado de trabajo, el registro profesional y además conserva la potestad de inhabilitar, la relación entre Administración y profesional resulta profundamente desigual", alerta la experta.
"La Resolución 115/2026 refuerza ese modelo precisamente cuando Cuba necesita recuperar miles de trabajadores sanitarios. Por eso, la pregunta decisiva no consiste en cuántos mecanismos jurídicos puede crear el MINSAP para obligarlos a permanecer dentro del sistema. La pregunta es qué tendría que cambiar en ese sistema para que tantos profesionales no quisieran abandonarlo", explica.
Un aspecto positivo
En medio de todos los aspectos de la norma que resultan cuestionables, la experta considera que uno representa un avance con respecto a la norma de 2014.
"La Resolución 115/2026 incorpora algunas garantías que deben reconocerse. El ministro dispone de un plazo máximo de 30 días hábiles para decidir sobre la solicitud de inhabilitación y cuenta con el asesoramiento de una comisión nacional. La persona afectada puede interponer recurso de alzada dentro de los diez días hábiles siguientes y, agotada esa vía, acudir a los tribunales", dice Fernández Suris. "Esto supone un avance frente a la Resolución 282/2014, que establecía que contra la suspensión temporal o la inhabilitación decidida por el ministro no procedía recurso administrativo".
Esclavos de bata blanca. Los Castro gradúan mas médicos que pollos se crían en una granja.
Luego los exportan y cobran un potosí por cada uno.
Terminé el pre en el año 82'. En la ESPA provincial de P del Rio. Ese año empezó lo de las escuelas de medicina, por orden del comediante en jefe. Años mas tarde me encuentro con varios que estudiaron conmigo que eran unos cafres, pero estaban estudiando medicina después de haber ido a Angola. De mas esta decir que de esos galenos no me dejo recetar ni una aspirina.
El Diccionario de la Real Academia Española define mediCASTRO así: 1 médico indocto 2 persona que hace de médico sin serlo. ¡Que bien cuadran estas definiciones!
Nueva normativa para el ejercicio profesional de médicos y técnicos de la Salud en Cuba , no se refiere solo al Servicio Social y toca temas de : Disposiciones Generales y Habilitación, Inicio de la Relación de Trabajo y Convocatorias, Sistema de Contratación y Movilidad, Reincorporación al Trabajo y Especialización, entre otras. Un resumen puede leerse en el Blog de Medicina Cubana.