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Empresas

La prioridad de lo estatal en la reforma de las MIPYMES en Cuba

De lo poco que se va conociendo de la normativa de MIPYMES, es evidente que se quiere aprovechar la reforma para dar mayor relevancia al sector empresarial estatal.

Valencia
Un trabajador por cuenta propia en La Habana.
Un trabajador por cuenta propia en La Habana. Reuters

En cierto modo, era de esperar. De lo poco que se va conociendo de la normativa de MIPYMES aprobada por el Gobierno cubano, parece evidente que se quiere aprovechar la reforma para dar mayor relevancia al sector empresarial estatal. Hasta ahora, se permitía en este funcionar a las OSDE, las empresas propiamente dichas y las UEB. Con la reforma, aparecerá la empresa filial, como micro, pequeña o mediana empresa, al tiempo que se aumenta la separación entre los Ministerios de Finanzas y Precios y de Economía y Planificación,  con las empresas, por medio de un modelo de relación menos administrativo. Estos ha sido algunos de los anuncios que se han realizado en la Mesa Redonda de pasado miércoles, en la cual se abordaron algunos aspectos de la reforma.

A falta de que se publiquen los decretos, decretos leyes y resoluciones, y que se pueda conocer la letra pequeña, de momento se sabe que la burocracia se va a incrementar de forma importante. De modo que en el Ministerio de Economía se está creando una dirección para el proceso de regulación de actores económicos, el fomento y diseño de políticas públicas. Un órgano intervencionista que se añade a los que ya están funcionando.

Al mismo tiempo, se prevé la constitución de un Consejo Nacional de Actores Económicos, uno más, como órgano de consulta, un espacio de concertación, integrado por organismos de la Administración Central del Estado, y participa el sector académico, que busca el desarrollo, el diseño, la elaboración y la asesoría del Gobierno en materia de elaboración de políticas públicas para lograr un mayor armonía en el encadenamiento. En realidad, en Cuba donde toda la organización social gira alrededor de la única organización política autorizada, estos órganos de participación no tienen sentido.

Las autoridades declaran que por medio de estos cambios se pasa de una función de regulación y de asignación de recursos, a una función más global, para lograr una armonía que permita sacar el máximo provecho del diseño que tiene el país para el funcionamiento de su sistema empresarial estatal y no estatal. Y todo ello, con una clara preferencia de la empresa estatal, que se mantendrá como el eje del sistema económico.

Se afirma que las normas pretenden crear las condiciones favorables para poder avanzar con celeridad en el reordenamiento del sector empresarial y el encadenamiento del sector estatal con el no estatal, pero en ningún momento se plantea cómo el sector privado puede a su vez, beneficiarse del estatal. Una peligrosa asimetría que arranca de un punto de partida inadecuado para todos los agentes.

Hay novedades con respecto a la clasificación de las entidades. Al parecer, el trabajo por cuenta propia quedará, esencialmente, para una actividad de hasta tres empleados, por tanto, todos aquellos negocios preexistentes que excedan esa cantidad de contratados, tendrán que optar por MIPYMES o por cooperativas no agropecuarias (CNA). Y ello será de forma obligatoria, ya que el principio de libertad de empresa sigue conculcado en la normativa castrista.

La obligatoriedad e imposición de una determinada forma jurídica a lo que funciona en la actualidad de forma normal define un mal comienzo, por cuanto va en contra de la libertad de elección del emprendedor. No hay ninguna razón que justifique que las CNA demandan como mínimo tres personas asociadas. La clasificación por número de empleados ha quedado ampliamente desfasada en todos los países.

El Gobierno dice, igualmente, que con las nuevas normas jurídicas se pretende eliminar las limitaciones existentes. Sin embargo, la superación de las mismas va a complicar más las cosas, al convertir, por decisión gubernamental, en cooperativas a otras entidades que antes no lo eran o no entraban en sus planes dicha forma organizativa, por muy favorable que sea el régimen tributario.

Como buena muestra del lío que se puede producir, el Gobierno pretende que las MIPYMES puedan ser privadas, estatales y más adelante mixtas (la fusión de las primeras), con regulaciones propias, pero todas con formas de gestión similares. El elemento que las distingue es la propiedad: en el caso de las MIPYMES privadas el dueño es una o varias personas naturales, mientras que en la estatal el dueño o los socios es el Estado. Pero ¿acaso la Constitución de 2019 ha cambiado?¿Es que el pueblo ya no es el propietario de los medios de producción? ¿Cómo se encaja todo esto?

Además las normas prevén que no es lo mismo ser dueño persona natural que dueño Estado. Y por dicho motivo, se ha elaborado un diseño para las MIPYMES estatales que tiene que ver con una transformación en el sistema empresarial estatal y la estructura actual. Alguna novedad al respecto, las MIPYMES en Cuba pueden tener un único socio, ya sea una persona natural o el Estado, lo cual rompe con el concepto que plantea que, como mínimo, debían asociarse dos personas.

Ahondando en la cuestión, la diferencia entre las MIPYMES y las cooperativas se encuentra en la forma jurídica, la sociedad de responsabilidad limitada (no la anónima) que tiene componentes propios en su funcionamiento a partir de las aportaciones de los socios. En cambio, para la MIPYME estatal se ha diseñado un socio estatal que puede ser una empresa estatal, una OSDE, o una "unidad presupuestada instrumental", una estructura cuya única función es ser dueño en aquellas MIPYMES estatales que sean de tipo locales.

A tenor de lo expuesto, el representante del socio estatal no tiene que ser necesariamente un empleado en una empresa estatal o en el Gobierno, sino que puede ser un experto, un profesor o un jubilado, quienes se encargarán, esencialmente de las inversiones fundamentales y de qué hacer con las ganancias, por ejemplo.

La viceministra dejó bien claro que todo el proceso de aprobación y autorización de MIPYMES y CNA no es libre, y corresponde al Ministerio de Economía y Planificación, y ya se verá si el mismo acaba funcionando de forma flexible, rápida, sin excesos burocráticos o sombras de corrupción. Han indicado que habrá una plataforma digital en la que las personas se podrán inscribir y llenar todos los datos que se están pidiendo, pero la decisión final es ministerial. Desde luego, elevar a un ministerio la aprobación supone un rango jerárquico excesivo para autorizar la entrada en funcionamiento de una empresa.

La plataforma digital del Ministerio estará interconectada con la ficha única del ciudadano, lo que permitirá actuar con celeridad, comprobando que la persona es mayor de edad y que es residente en Cuba, así como con la base de dato de la Oficina Nacional de la Administración Tributaria para verificar el número de contribuyentes. Ya veremos si todo acaba saliendo bien, o mal, como suele ocurrir.

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2 comentarios

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Profile picture for user pim-pam-pum

Hay que tener gandinga para en un "negocio por cuenta propia" tener un cuadro de ese hdlgp.

Siempre hay un ojo que te ve. Lo que pasa que el comandante dejó de ver, incluso antes de su muerte. Gracias a Dios. Ojalá y se lleve también de paso, al resto de los secuaces y miembros de la Familia Castro.