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Leyes

¿Qué derechos de los niños viola el Estado cubano?

El Estado cubano es firmante de la Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU, pero se encarga de violar esos acuerdos en reiterados casos.

Madrid
Pioneros cubanos bajo la imagen del 'Che' Guevara.
Pioneros cubanos bajo la imagen del 'Che' Guevara. Radio Rebelde

No es noticia que el Estado cubano viola la Convención sobre los Derechos del Niño, un tratado internacional de la Organización de Naciones Unidas (ONU) que La Habana ha firmado y ratificado, por lo que es vinculante.

DIARIO DE CUBA ha mostrado antes cómo el uso de menores en actos de repudio vulnera esa convención, pero también que muchos cubanos están conscientes de ello, pese a que no se atreven a oponerse y a que quizás no han leído el tratado.

No es preciso conocerlo para apreciar que obligar a los niños a repetir consignas como "Seremos como el Che" y "Yo soy Fidel", les inculca ideas políticas que no están en condiciones de comprender ni discutir. Además, les impide formarse juicios propios, un derecho recogido en el artículo 12 de la Convención.

La Convención establece en su artículo 29.1 que "la Educación debe estar encaminada a: b) Inculcar al niño el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales y de los principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas". Los actos de repudio promueven todo lo contrario.

No todas las violaciones de los derechos de los niños en Cuba resultan tan evidentes. Es obvio el abuso que se comete cuando la policía desaloja a madres con hijos que, a falta de una vivienda, se ven obligadas a ocupar locales vacíos. Pero esta práctica, supuestamente eliminada por la revolución, también viola un enunciado del preámbulo de la Convención: "la familia es el grupo fundamental de la sociedad y el medio natural para el crecimiento de los niños, por lo que debe recibir la protección y asistencia necesarias para poder asumir plenamente sus responsabilidades dentro de la comunidad".

Tampoco es desconocido que los hijos de disidentes sufren las consecuencias de las ideas y el activismo político de sus padres y suelen ser marcados como los hijos de los opositores. Muchos hijos de religiosos, fundamentalmente evangélicos, sufren burlas en las escuelas por parte de alumnos e incluso de profesores.

Aun en el caso de que el Estado cubano no estimule estas prácticas, al no tomar medidas contundentes para impedirlas viola la Convención, que en su artículo 2.2 afirma: "Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres, o sus tutores o de sus familiares".

Cuando el Estado impide entrar al país por ocho años a médicos que desertaron de misiones en el extranjero o que no regresaron tras completar la misión, y a deportistas que abandonaron selecciones nacionales durante eventos en el exterior, viola el derecho de entrar y salir libremente del propio país, reconocido por el artículo 13 la Declaración Universal de Derechos Humanos.  Pero viola, además, viola derechos de sus hijos, que están recogidos en la Convención.

El artículo 10.1 establece: "toda solicitud hecha por un niño o por sus padres para entrar en un Estado Parte o para salir de él a los efectos de la reunión de la familia será atendida por los Estados Partes de manera positiva, humanitaria y expeditiva. Los Estados Partes garantizarán, además, que la presentación de tal petición no traerá consecuencias desfavorables para los peticionarios ni para sus familiares".

El punto 2 de ese mismo artículo dispone que "los Estados Partes respetarán el derecho del niño y de sus padres a salir de cualquier país, incluido el propio, y de entrar en su propio país. El derecho de salir de cualquier país estará sujeto solamente a las restricciones estipuladas por ley y que sean necesarias para proteger la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de otras personas y que estén en consonancia con los demás derechos reconocidos por la presente Convención".

En su afán de intimidar y represaliar a la disidencia, el Gobierno cubano pasa por encima de los derechos de los menores. Sin importarle que el artículo 3.1 de este tratado firmado y ratificado por Cuba, declare que "En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño".

La policía política cubana amenaza a opositores pacíficos, activistas y periodistas independientes con quitarles a sus hijos, sin ningún respeto por el enunciado anterior.

No todos los casos en los que el Estado cubano vulnera los derechos de los niños o muestra ineficiencia a la hora de garantizarles su ejercicio eficaz tienen que ver con las ideas de los padres o los intereses políticos del Gobierno.

El artículo 27.4 de la Convención dispone que "Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para asegurar el pago de la pensión alimenticia por parte de los padres…, tanto si viven en el Estado Parte como si viven en el extranjero. …, cuando la persona … resida en un Estado diferente de aquel en que resida el niño, los Estados Partes promoverán la adhesión a los convenios internacionales o la concertación de dichos convenios, así como la concertación de cualesquiera otros arreglos apropiados".

En Cuba el tema de la pensión alimenticia está regulado en el Código de Familia. Cuando los padres obligados residen fuera del país, el tribunal sentenciador es responsable de la ejecución de la sentencia a través de Comisiones Rogatorias, que solicitan el cumplimiento del pago a través del tribunal extranjero que corresponda en el país que resida el padre. Pero estas pueden tardar entre cuatro y seis años. El niño podría tener 12 o 14 años en el momento de iniciar proceso y 18 o 20 cuando se complete, o sea cuando la pensión es realmente necesaria para su subsistencia no la obtiene.

Cuba tiene este tipo de convenios con la mayoría de los países, pero no con EEUU. Por ello, las obligaciones de los padres que residan en ese país, que son la mayoría, no tienen solución judicial.

También resulta polémica la actuación del Estado cubano respecto al artículo 34 de la Convención: "Los Estados Partes se comprometen a proteger al niño contra todas las formas de explotación y abuso sexuales".

El Código Penal cubano castiga con cárcel de 15 a 30 años o muerte cualquier relación sexual, consensual o no, con menores de 12 y establece penas desde siete años de cárcel hasta la muerte para quienes incurran en corrupción de menores.

Sin embargo, a quien tiene relaciones sexuales con una mujer soltera mayor de 12 años y menor de 16, mediante abuso de autoridad o engaño, se le condena por estupro y solo recibe una condena que va desde tres meses hasta un año.

Si la relación es con un varón menor de 14 años, el delito es pederastia con violencia y la pena es de 15 a 30 años o muerte. El marco sancionador es el mismo incluso si la relación sexual es consentida.

Para que esto ocurra, deben denunciarlo los padres. La policía no persigue ese delito de oficio como ocurre en otros países, a menos que el hecho haya producido escándalo.

El pueblo cubano tiene derecho de exigirle al Estado el cumplimiento de los compromisos que adquirió al firmar la Convención sobre los Derechos del Niño. Este tratado de la ONU está a disposición de todos en internet y se puede descargar en PDF. El conocimiento es solo una parte del poder. Es preciso además tener el valor para atreverse a usar el conocimiento.

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6 comentarios

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¡¿Derechos...?! ¿Ah, pero no es un régimen de izquierdas...? Algunos adultos que no tienen ni principios , ni vergüenza ni nacieron con derechos, le imponen a los fiñes las ideas e imágenes de los que les han arrebatado TODOS LOS DERECHOS.

El estado fascista no viola ningún derecho ni a niños, jóvenes, viejos o animales; simplemente ni se reconocen ni existen.

Profile picture for user Ricardo E. Trelles

// Pero... //
¡Es lo que tenemos!
¿Hay gente seria que vea estos comentarios aqui... que además quiera pensar y trabajar en serio con efectividad para resolver el vergonzoso problema que tenemos? Si los hay... me dicen... y ¡vamos a hacerlo! (Hay que pensar y trabajar... repito )

Profile picture for user Plutarco Cuero

¿Sr Trelles como va la cogioca? ¿Ya se puede dar un brinquito con el sobrino de Tampa a Istambul ..?

Profile picture for user Padre Fidel Castro

Éste ddc edita cadas escritos y cadas preguntas: La respuesta simple TODOS LOS DERECHOS DEL PUEBLO.

Profile picture for user cubano libre

No solo violan los derechos de los niños, ¿Dónde quedan los derechos de los padres?