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REPRESIÓN

El Tribunal Municipal de La Habana Vieja se niega a entregar el acta de sentencia de Denis Solís

El abogado Julio Ferrer califica el hecho como 'una falta de transparencia'.

La Habana
Denis Solís.
Denis Solís.

El Tribunal Municipal de La Habana Vieja negó el acta de sentencia del músico contestatario Denis Solís, solicitada por su tío, Vladimir Lázaro González Scull. Según publicó CubaNet, de esta forma, las autoridades violaron la Instrucción 212 de 2011 del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo, la cual establece el derecho de todas las personas a obtener el documento legal donde se establece una sanción en su contra.

Recientemente, González Scull había presentado la solicitud de copia del acta del juicio oral de la Causa 170 de 2020, por la que resultó sancionado Solís a ocho meses de privación de libertad, supuestamente por el delito de desacato. 

Sin embargo, la presidenta del Tribunal Municipal de La Habana Vieja le comunicó que "en los juicios sumarios todo es oral, nada es escrito".


Julio Ferrer Tamayo, unos de los abogados del grupo de asesoría legal Cubalex explicó en qué consiste la norma legal aludida en este caso.

"En el artículo 375 de la Ley de Procedimiento Penal queda establecido que hay que redactar un acta de sentencia y se explica todo lo que hay que consignar en ella", señaló el especialista. La ley también "precisa todo lo que debe ser llevado de manera escrita a esa acta", añadió Ferrer.

El abogado de Cubalex aclaró que se trata del mismo documento que debió ser enviado a la prisión. Si no, "¿cómo la prisión sabe la sanción y el delito?", se preguntó. 

La negativa que recibió el tío de Denis Solís es parte de las irregularidades legales de las que ha sido víctima el artista miembro del Movimiento San Isidro. Debido a la solidaridad que ha despertado su causa, el rapero está siendo objeto de campañas de difamación en los medios oficiales, los cuales se empeñan en criminalizar su activismo, vinculándolo incluso con acciones terroristas, aunque no cuenten con pruebas concretas. 

Uno de los últimos reportajes de la televisión estatal sobre el caso de Solís exponía la negativa del rapero a asistir a una citación oficial ―que tampoco contaba con los requisitos establecidos por la ley― como una prueba de su supuesto desacato. Sin embargo, no mencionó que al rapero le han sido negadas todas las posibilidades de defensa. 

Por el carácter sumarísimo de su juicio, el artista no tuvo acceso a un abogado. Luego, por permanecer incomunicado y por estar en situación de desaparición forzada, tampoco pudo apelar a su sentencia. Además, los habeas corpus presentados a su favor señalan irregularidades sobre su traslado a prisión, que ocurrió sin que un juez hubiese sido notificado del delito que había cometido. 

Por último, ahora le es negada la posibilidad de tener acceso a los documentos que podrían esclarecer su situación y dejar zanjado el asunto.

Ferrer Tamayo califica la actuación del tribunal como "una falta de respeto a los ciudadanos, una falta de transparencia, porque valerse del desconocimiento jurídico de una persona para engañarlo no puede tener otro calificativo".

No son pocas las personas que, al acudir a los tribunales o bufetes colectivos en Cuba a pedir certificaciones de sentencias, otras resoluciones o el desglose de documentos, en nombre de familiares recluidos o imposibilitados para presentar cualquier trámite legal que lo requiera, chocan con un muro de negativas: "No puede ser", "no es posible", "tengo que consultarlo, venga otro día", "usted no tiene derecho, ese documento tiene que ser solicitado por el preso, es decir, la parte en proceso".

Como publicó recientemente DIARIO DE CUBA, la respuesta que reciben muchas de estas personas es: "No entregamos documentos a todos, ya que se están publicando en redes sociales y periodicuchos independientes, o se usan para hacer denuncias ante organismos internacionales en manos de los enemigos".

Ni en el actual Código Penal de Cuba ni en la Ley de Procedimiento Penal existe la forma de acceder a las certificaciones de sentencias, ni se dice quiénes son las personas facultadas para solicitarlas. Sin embargo, la Ley 82 de los tribunales en su Artículo 78 estipula que "son obligaciones de los secretarios judiciales: b) expedir copia certificadas o testimonios en la forma dispuesta por la ley".

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1 comentario

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Profile picture for user Gualterio Díaz

No me digan. Por fin, ¿quién es el sancionado: Denis Solís o su tío?