Un cubano de 33 años residente en Surinam fue condenado a 13 años de cárcel por tráfico de drogas en un juicio realizado en Santiago de Cuba y en el que se habrían excluido pruebas exculpatorias, según una denuncia de la familia.
El propio Tribunal Provincial, al informar en su página de Facebook sobre el juicio celebrado en Sala de los delitos contra de la Seguridad del Estado, en función de lo Penal, destacó que este "se efectuó de manera ejemplarizante, en el contexto de la Operación contra las Drogas que se desarrolla en todo el país".
Con estos publicitados juicios, el régimen busca demostrar su eficiencia en en enfrentamiento al auge del consumo y la venta de drogas en Cuba.
Según el relato de los hechos, el acusado traía en su equipaje bienes que había recibido de una persona en Surinam. Durante el chequeo en el Aeropuerto Internacional "Antonio Maceo Grajales", de Santiago de Cuba, se detectaron 300 gramos de cocaína con una pureza del 95% en un sillín de bicicleta que, junto a otros objetos, debía entregar a una persona "de la cual no se conoció su identidad".
El joven había recibido 84 dólares como pago por viajar con los objetos a la Isla y realizar la entrega.
Tras el relato de los hechos, el Tribunal Provincial de Santiago de Cuba citó los artículos del Código Penal aprobado en 2022 en los que se basa la condena impuesta al joven.
"El que se preste a traer encomiendas y trae drogas es responsable de las mismas, por lo que el tribunal consideró al imputado autor según el Artículo 20.1.2 inciso a) del Código Penal, el cual establece que 'son autores quienes ejecutan el hecho por sí mismos', por el delito de tráfico de drogas ilícitas o sustancias de efectos similares, tipificado en el artículo 235.1 a) y 2 incisos c) y g), cuyo marco sancionador prevé penas de privación de libertad de diez a treinta años, privación perpetua de libertad o muerte, 'si la persona participa en actos relacionados con el tráfico ilícito internacional de drogas ilícitas o sustancias de efectos similares y los hechos se realizan con cantidades relativamente grandes'".
La familia del sancionado refutó los argumentos del Tribunal Provincial de Santiago de Cuba en la misma publicación, citando incluso el testimonio ofrecido en el juicio por un funcionario de Aduanas, que no fue tenido en cuenta a la hora de dictar sentencia.
Yaidarys Rodríguez Avilés, hermana del acusado, señaló que el abogado defensor demostró la falta de pruebas de que el joven había cometido el delito de manera consciente y voluntaria.
Su hermano, relató, "regresó a Cuba desde Surinam en condiciones sumamente difíciles: al no contar con suficiente dinero para costear su pasaje de vuelta, se vio en la obligación de vender parte de su equipaje".
Asimismo, destacó que la prioridad del joven era "ingresar al país dentro de los dos años establecidos", pues de lo contrario habría perdido su residencia en Cuba y habría sido calificado como "emigrado". La Ley de Migración, que elimina esa figura, no ha entrado en vigor, pese a haber sido aprobada hace más de un año, en julio de 2024.
Según la respuesta de Rodríguez Avilés al post del Tribunal Provincial de Santiago de Cuba, su hermano revisó exhaustivamente los objetos que le fueron entregados. Había testigos presentes que podían avalar la diligencia con que actuó y que sin embargo no fueron admitidos en el juicio.
Durante la primera inspección en el aeropuerto, que incluyó la revisión manual y la técnica canina, no se detectó la presencia de cocaína. Fue necesario perforar el sillín para descubrirla.
"Un testigo de la Aduana señaló en el juicio que ni siquiera expertos con años de experiencia podrían haber detectado dicha droga en una inspección superficial, reforzando así que mi hermano no podía haber conocido de su existencia", subrayó Rodríguez Avilés.
A ello añadió que su hermano se mostró sorprendido ante el hallazgo y dispuesto a colaborar para la captura de los destinatarios del envío, que debían esperarlo fuera del aeropuerto. Sin embargo, esa operación no se realizó y esas personas continuarían en libertad, criticó.
Rodríguez Avilés también destacó la contradicción entre la falta de antecedentes penales de su hermano y su buena conducta social, reconocidas por el Tribunal, y la severa condena impuesta.
También resulta llamativo que los 300 gramos detectados constituyen una cantidad inferior a los 460 g que el Código Penal de Cuba establece como cantidad relativamente grande.
"Considero que este juicio ha sido injusto y con un componente ejemplarizante y mediático, que ha sacrificado las pruebas y derechos fundamentales. Mi hermano fue víctima de una trampa y de la falta de un proceso justo", enfatizó Rodríguez Avilés.
Otra hermana del sancionado, Yaliannis Reyes, criticó en la misma publicación que "al ser un juicio ejemplarizante" no se tuvieron en cuenta "las leyes ni el derecho".
A finales de agosto, la presidenta de la Sala de los delitos contra la Seguridad del Estado en el Tribunal Supremo Popular (TSP) de Cuba, Ileana Julia Gómez Guerra, presumió en una entrevista con el medio estatal Granma de la rigurosidad de la política penal y penitenciaria de la Justicia cubana para los delitos relacionados con drogas.
También dijo que el índice de concesión de beneficios de excarcelación para los cubanos sancionados por esos delitos es bajo.
Entre otros datos, la magistrada informó que en el primer semestre de 2025, el 98 % de las personas juzgadas por delitos asociados a las drogas en Cuba fueron sancionadas".
Las denuncias y los argumentos de la familia del cubano residente en Surinam condenado a 13 años de cárcel despiertan dudas sobre el debido proceso y la justicia en los juicios a los que se refirió Gómez Guerra.