El 24 de octubre de 2022, el medio independiente La Joven Cuba publicó una entrevista con las alegaciones de denuncia del doctor en Ciencias Jurídicas René Fidel González García, exprofesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Oriente, titulada "El Estado de Derecho no va a ser el imposible cubano".
El texto relata en orden cronológico, empezando en 2016, un cúmulo de violaciones que viene alegando el docente contra sus derechos, honor, imagen y persona, y el ejercicio de su profesión. También identifica como presuntos responsables a funcionarios e instituciones públicas varias y de distinto nivel de competencia.
En la entrevista, González García anuncia una acción preparatoria de demanda en un bufete de abogados de La Habana contra Miguel Díaz Canel y la fiscal general, Yamila Peña Ojeda, autoridades ante las cuales hizo la última Acción de Petición y Queja en reclamo de sus derechos y que, según la opinión del afectado, se encuentra irresuelta.
La nota viene ilustrada con una foto del convenio de servicios jurídicos firmado entre González García y un abogado del Bufete Colectivo de Casación de La Habana. El documento muestra la identificación de la Sala de lo Administrativo del Tribunal Provincial como el órgano judicial al que va dirigida la petición de resolución del conflicto, los motivos de la demanda (resumen y hechos violatorios) y la pretensión (propósitos del demandante).
No es noticia que, cuando son usados por actores de la sociedad civil independiente o ciudadanos tildados por las autoridades de "contrarrevolucionarios" —esto último califica como trato discriminatorio desigual—, la mayoría de estos mecanismos y pleitos de gestión de la justicia concluyen en agua y sal. Reiteradamente se denuncia la carencia de independencia funcional que tienen los jueces cubanos, gracias a los mecanismos internos creados por el Estado para maniatar los procesos de justicia que le resultan relevantes.
Pero, frente a lo anterior, hay una primera lección que debemos sacar: el uso de esos mecanismos debe reiterarse en casos análogos porque: a) introducen en el ámbito judicial censurado un problema con obligación incómoda a resolver, lo que genera un debate dentro de ese espacio; b) el paso legal trasciende el ámbito de debate privado y el de la opinión pública nacional e internacional; y, c) se documenta oficialmente la actitud de las instituciones a cargo de realizar la justicia en la Cuba contemporánea.
Esta clase de diligencia resulta relevante para la historia nacional y para la preparación de futuras acciones de denuncia ante organismos e instituciones del Derecho Internacional donde las autoridades alegan que Cuba es un "Estado de Derecho".
La acción anteriormente descrita también empapa con la violación y la no realización del derecho instituido a abogados y fiscales que, hasta el presente —como los jueces—, se mantienen al margen de la dura realidad de injusticia que vive el ciudadano, situación que los lleva a dictaminar sobre los escasos asuntos que conocen a partir de argumentos desarraigados del verdadero contexto social existente.
Varios juristas vinculados al sistema judicial consultados por DIARIO DE CUBA opinan que si el infinito cúmulo de violaciones de derecho constitucional existente en Cuba, perpetrados por el exceso y las omisiones del poder público, fuera objeto de demanda continua, la suerte de la justicia en los tribunales fuera otra.
Según su opinión, ante tanta radicación de disconformidad real y palpable en cada sede judicial los tribunales tendría dos caminos a escoger: seguir deslegitimándose ante el cubano, o hacer frente progresivamente al grave estado de impunidad e injusticia reinantes.
Los juristas recuerdan que dentro de los tribunales existe una dirección de estadística judicial integrada por un equipo de jueces profesionales y otros expertos, cuya misión fundamental estriba no solo en contar por separado cada conflicto que conoce y resuelve el tribunal por sentencia o resolución definitiva, sino en identificar las causas y contrastar las mismas con la validez legal de los resultados.
Para los jueces cubanos, con independencia de su culpabilidad en las acciones de represión, no es un obstáculo analizar que la justicia que gestionan cada día está mal, porque ante todo son cubanos y padecen de la misma carencia de libertades que el resto de los nacionales. Por consiguiente, el mal reiterado que ellos mismos provocan llega un momento en que los asfixia como autoridad e institución.
Otra útil enseñanza ofreció hace solo días la ciudadana Alina Bárbara López Hernández, residente en Matanzas y coordinadora de La Joven Cuba, al exponer en su muro personal de Facebook cómo impidió que agentes de la Contrainteligencia la llevaran a una supuesta entrevista o interrogatorio por publicar la entrevista arriba citada.
Tras consultarse a juristas asociados al derecho penal sobre la legalidad de su accionar, DDC obtuvo como respuesta que el actuar de López Hernández en principio fue legal y estuvo enmarcado en los derechos que le proporciona la Constitución y la Ley 143/2021 o Ley de Proceso Penal.
Según ese análisis, el éxito de la queja presentada por la profesora cubana se basó en que agentes no identificados de la Seguridad del Estado no tienen competencia alguna para citar a personas y mucho menos para exigir la presencia de personas que no están vinculados a algún proceso penal en calidad de investigado, acusado, imputado, testigo o perito.
Las cubanas y cubanos viven en un estado de inseguridad jurídica plena frente al actuar de los órganos de inteligencia y contrainteligencia porque no se ha publicado en ley el alcance de los poderes y funciones que estas instituciones dicen poseer.
La Asamblea Nacional y el Consejo de Estado, como órganos con poder legislativo, son los encargados de resolver esta problemática. Asimismo, hasta que no se publique la demandada normativa que oriente a los ciudadanos sobre cómo proceder con conciencia y acierto, no debe tomarse acciones contra sus posturas aun cuando sean ilegales, habida cuenta de que el estado de incertidumbre que se les impone lo provoca el mismo sistema de poder.
Acudir ante la Fiscalía Provincial o municipal y denunciar las violaciones que se practican en el ejercicio citatorio policial o judicial es un derecho fundamental y una acción positiva, porque demuestra la ausencia de desobediencia y, en paralelo, el cumplimiento del deber cívico de exigir que se cumpla con el principio de legalidad.