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servicios consulares

También Panamá suspende los trámites que requieren pago en su Embajada en Cuba

La decisión afecta las legalizaciones, autenticaciones, los servicios de Marina Mercante, así como trámites de visa de tránsito y de turismo.

La Habana
Sede de la Embajada de Panamá en Cuba.
Sede de la Embajada de Panamá en Cuba. Embajada de Panamá en Cuba / Facebook

Como esta misma semana hiciera la Embajada de México en La Habana, la sede diplomática de Panamá en Cuba suspendió temporalmente los servicios consulares que requieren pago a partir del viernes 10 de junio.

De acuerdo con la representación de uno de los países a los que más viajan los cubanos, ya fuere con la intención de emigrar como a hacer turismo de compras, la suspensión afecta las "legalizaciones, autenticaciones, los servicios de Marina Mercante, así como trámites de visa de tránsito y de turismo". 

La razón es la promulgación por el Banco Central de Cuba (BCC) de la instrucción 1/2022, que "modifica la normativa sobre las transferencias en pesos cubanos o dólares desde cuentas de embajadas y consulados en Cuba hacia el exterior", señaló una nota de la sede diplomática.

Según la Embajada, la suspensión "es temporal y se reanudará una vez el Consulado de Panamá en Cuba pueda acondicionar nuevos mecanismos de pago". Mientras, los servicios a ciudadanos panameños, incluyendo de emergencia o solicitud y renovación pasaportes, se mantendrán.

Además, la representación "también continuará entregando y estampando visados de personas cuyas visas de tránsito o de turismo ya han sido solicitadas y aprobadas, y fueron pagadas antes de la medida".

Semanas atrás, la exigencia por Panamá de que los cubanos que viajan a ese territorio cuenten con una visa de tránsito provocó la protesta de decenas de cubanos con pasajes para viajar al país centroamericano, así como la concentración de cientos en las inmediaciones de la sede diplomática que buscaban ser atendidos.

Esta situación, considerada como un nuevo episodio de dolarización de la economía en Cuba, supone que, según el BCC, "las embajadas y consulados que determinen cobrar los servicios consulares en pesos cubanos, solo pueden depositar los fondos en una cuenta en esa moneda."

La medida del BCC señala que "las cuentas bancarias en pesos cubanos de las embajadas y consulados recibirán transferencias desde otras cuentas bancarias en pesos cubanos o desde otras cuentas con respaldo de liquidez" solamente.

Ello supone que el Gobierno cubano elimina la posibilidad de convertir los fondos de esas cuentas a MLC, pero no impide que se ingrese MLC (tanto por transferencias como en efectivo) a ellas para así captar divisas a través de dichas transacciones.

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