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Relaciones Cuba-EEUU

Un Tribunal de Florida desestima una demanda contra aerolíneas estadounidenses por usar el aeropuerto de La Habana

La demanda se ampara en el Título III de la Ley Helms-Burton.

Miami
El aeropuerto internacional José Martí de La Habana.
El aeropuerto internacional José Martí de La Habana. afp

La jueza de la Corte Federal del Distrito Sur de la Florida, Lauren Louis, desestimó una demanda presentada por el bufete de abogados Rivero Mestre LLP contra las compañías aéreas American Airlines y LATAM Airlines Group por utilizar el Aeropuerto Internacional José Martí ubicado en La Habana, informó Radio Televisión Martí.

La demanda se amparó en el Título III de la Ley Helms-Burton, por lo que José Ramón López Regueiro, hijo de José López Vilaboy, quien fuera dueño otrora aeropuerto de Rancho Boyeros, pedía un resarcimiento billonario y que las aerolíneas dejaran de operar en la terminal cubana.

La jueza estadounidense rechazó la demanda debido a que no pudo probar que el aeropuerto perteneciera a un ciudadano de EEUU en el momento en que fue expropiado por Fidel Castro.

López Vilaboy convirtió el pequeño aeropuerto de Rancho Boyeros en el principal de Cuba durante la década de 1950, cuando llegó a ser presidente y principal accionista de Cubana de Aviación y de la mencionada terminal aérea.

El régimen impuesto por Fidel Castro también intervino el Hotel Jagua, de Cienfuegos y el Hotel Colina, ubicado en La Habana, el diario Mañana, dos líneas aéreas y un banco propiedad del empresario cubano.

Su hijo, residente en Miami e impulsor de la demanda, logró salir de Cuba en 1989 y es el único heredero de López Vilaboy.

En la demanda, los abogados afirmaron que "el Gobierno cubano confiscó el aeropuerto sin compensación alguna a Vilaboy poco después de que el régimen comunista de Castro tomara el poder en 1959. Desde entonces, varias aerolíneas, incluidas las aerolíneas con sede en Estados Unidos, han utilizado el aeropuerto de forma rutinaria para transportar carga y pasajeros".

El litigio no prosperó porque el Título III especifica que solo los ciudadanos de EEUU afectados por las expropiaciones en Cuba tras el triunfo de Fidel Castro en 1959 pueden iniciar los pleitos en territorio estadounidense contra quienes se estén beneficiando de dichas propiedades.

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