Mientras la mayoría de los cubanos están preocupados —como le interesa al régimen— por el proyecto del nuevo Código de las Familias, o inmersos en encontrar artículos de primera necesidad o una vía para escapar de Cuba, o entretenidos con la invasión rusa a Ucrania, que la prensa oficial de la Isla presenta como "operación militar especial" y "desnazificación de Ucrania", se acorta el tiempo para que el nuevo Código Penal nos aplaste.
El proyecto se encuentra disponible en la página web del Tribunal Supremo de Cuba (TSP) desde finales de enero. En abril, la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) debe aprobarlo por unanimidad, como es costumbre, sin cuestionar la ausencia de políticas sobre las que se había alcanzado un consenso años atrás, en una época que coincidió con el acercamiento entre Washington y La Habana durante la Administración de Barack Obama.
Durante esos años, el TSP creó una comisión para aprobar las políticas generales a seguir a la hora de redactar el proyecto del Código Penal. La comisión estuvo integrada por jueces, fiscales, oficiales del Ministerio del Interior (MININT) y miembros de la Junta Directiva de la Organización de Bufetes Colectivos, que trazaron esas políticas teniendo en cuenta, entre otros elementos, las recomendaciones de la ANPP para reducir el número de presos en las cárceles cubanas y acercar la norma penal de la Isla a las más modernas a nivel mundial.
DIARIO DE CUBA ha tenido acceso a algunos integrantes de aquella comisión, que le han informado sobre esas políticas generales, que incluían el establecimiento de la responsabilidad penal a partir de los 18 años, para que coincidiera con la mayoría de edad que dispone el Código Civil; la eliminación gradual de la pena capital; y el incremento de la responsabilidad penal para las empresas estatales. Contrario a ello, en el proyecto elaborado esa responsabilidad solo se exige al sector privado.
Las políticas incluían asimismo la disminución de los límites mínimos de los marcos sancionadores, de manera que se hicieran coincidir con los tiempos de prisión provisional; la despenalización de delitos vigentes que se abordan universalmente como contravención, por ejemplo, la especulación o la venta ilegal de divisas, que el régimen, pese a no pagar con esta moneda a los trabajadores, a que no existe forma de adquirirla legalmente y a que muchos productos solo se pueden comprar con ella, continúa sancionando con penas de cárcel.
También se llegó a un consenso respecto a que los tribunales, de manera preceptiva y no a discreción de los jueces, castigaran determinados delitos con sanciones alternativas a la privación de libertad, cuando se tratara del primer delito del autor. Esto se aplicaría, por ejemplo, a delitos como el desacato y el atentado, figuras penales utilizadas con frecuencia contra opositores y miembros de la sociedad civil.
El rango de subjetividad de los decisores en materia penal debía eliminarse o reducirse al mínimo, de manera que los acusados no dependieran de la buena voluntad de los jueces en determinados casos. De no existir este grado de discrecionalidad, la edad del opositor Félix Navarro hubiera sido tenida en cuenta a la hora de dictar su sentencia.
Tanto el Código Penal vigente como el proyecto dejan en manos del tribunal la posibilidad de reducir la sentencia con ese argumento, por lo que es casi imposible que un opositor sea beneficiado.
De lo consensuado, solo se mantuvo la eliminación de la peligrosidad predelictiva, aunque hemos visto que el régimen ha continuado aplicándola contra activistas y opositores hasta la aprobación del nuevo Código Penal. La exclusión del resto de las políticas acordadas demuestra la necesidad del régimen de reforzar su aparato judicial represivo ante el creciente descontento del pueblo cubano.
Cuando se apruebe el proyecto y automáticamente el régimen comience a utilizar esa nueva herramienta legal para aplastar aún más no solo a la disidencia declarada, sino a cualquier cubano que exprese inconformidad con el sistema político, económico y social que rige en la Isla, será legítimo culpar a la ANPP, máximo órgano legislativo del país, por plegarse al poder sin el menor pudor.
Pero también habrá que reconocer la cuota de responsabilidad que le corresponde al pueblo cubano por su inercia cómplice. Ante la evidente subordinación de la ANPP al régimen y su divorcio total del electorado, este último debe movilizarse y explotar las herramientas legales que tiene a su alcance para ejercer sus derechos e intentar impedir la aprobación de una norma cuya naturaleza represiva resulta obvia y tendrá un impacto negativo sobre las libertades.
Si difícil parece provocar el aborto de una ley, más lo será conseguir su derogación o reforma, una vez sea aprobada. Corresponde al electorado cubano y en especial a la sociedad civil ejercer el derecho de solicitar la ampliación del marco y tiempo del debate del proyecto, ante estructuras de Gobierno, autoridades como diputados seleccionados al efecto, centros académicos y la Unión de Juristas. Estas peticiones pueden conjugarse con campañas en redes y espacios mediáticos.
Quienes mejor entienden el alcance y las consecuencias de la aprobación del proyecto deben promover su comprensión por parte de toda la sociedad. También es importante aprobar una estrategia de comunicación con vistas a denunciar todos los aspectos negativos del proyecto a nivel internacional.
Las organizaciones de la sociedad civil deben reunirse para acordar pasos a seguir frente a la inminente aprobación del proyecto de Código Penal, pues hace falta unidad y consenso.
No debe considerarse estéril el intento de sensibilizar a las organizaciones oficialistas, llamando su atención sobre la discriminación política que impone el proyecto y exigiéndoles una respuesta.
Pueden surgir muchas ideas sobre qué hacer. La única que no resulta válida es permanecer cruzados de brazos, porque el tiempo apremia.