Back to top
Presos políticos

El régimen niega la libertad condicional al animalista y preso político Gustavo Mena Artola

'Durante su reclusión, no ha mostrado comportamientos negativos ni ha incurrido en actos de indisciplina, manteniendo una conducta ejemplar tanto antes como después de su encarcelamiento'.

Santa Clara
Gustavo Mena Artola.
Gustavo Mena Artola. San Lázaro Vigía / Facebook

Las autoridades penitenciarias del régimen cubano negaron la libertad condicional al defensor de los derechos de los animales y preso político Gustavo Mena Artola, a pesar de que, atendiendo a la legislación vigente, este derecho le correspondía a partir del próximo 25 de octubre, informó el grupo de asesoría legal Cubalex.

"A pesar de haber cumplido con los requisitos de buen comportamiento estipulados por la legislación penitenciaria, las autoridades le negaron este beneficio. Este caso pone de relieve la preocupante tendencia del Gobierno cubano a utilizar el sistema penal y los beneficios penitenciarios como herramientas de represión política", subrayó Cubalex.

Mena Artola, quien se encuentra recluido en el campamento de trabajo forzado "La Guanajera", en Santa Clara, fue encarcelado en septiembre de 2023 tras publicar críticas sobre los apagones en Cuba en su perfil de Facebook. Tras varias semanas en prisión, fue liberado el 31 de octubre y enviado a su domicilio para esperar el juicio. Poco después, el 7 de noviembre, fue condenado a dos años de trabajo correccional con internamiento por el delito de desacato.

"A pesar de haber sido informado de que, debido a su buena conducta, sería elegible para la libertad condicional, este beneficio le fue negado", denunció Cubalex y explicó: "El sistema penitenciario cubano prevé la libertad condicional como un beneficio de excarcelación anticipada, permitiendo que los reclusos, bajo ciertas condiciones, cumplan el resto de su condena fuera de prisión".

Según el Código Penal vigente, "el tribunal puede otorgar este beneficio a quienes hayan sido sancionados con privación de libertad o trabajo correccional con internamiento, basándose en dos criterios clave: el comportamiento del recluso y sus condiciones individuales. En el caso de Gustavo Mena, ambos requisitos se cumplen claramente. Durante su reclusión, no ha mostrado comportamientos negativos ni ha incurrido en actos de indisciplina, manteniendo una conducta ejemplar tanto antes como después de su encarcelamiento", detalló Cubalex.

La decisión de las autoridades penales y jurídicas respecto a este caso, "refleja una clara arbitrariedad e ilegalidad en la aplicación de los beneficios penitenciarios, y contradice los principios de igualdad ante la ley y la prohibición de la discriminación. Los beneficios penitenciarios deben concederse en función del comportamiento del recluso, no por consideraciones políticas", indicó el grupo de asesoría legal.

Cubalex ratificó, asimismo, que "el caso de Gustavo Mena Artola ilustra cómo el delito de desacato ha sido empleado para criminalizar las críticas a la gestión y administración del Gobierno, particularmente en relación con políticas que han afectado tanto a la ciudadanía como a los derechos de los animales. La aplicación punitiva del desacato en este contexto es injustificada y constituye una violación de los derechos fundamentales de Mena".

"La negación de la libertad condicional a Gustavo Mena Artola es un claro ejemplo de cómo el derecho penal en Cuba se utiliza como herramienta para reprimir la libertad de expresión. Desde Cubalex, hacemos un llamado a la comunidad internacional y a las organizaciones de derechos humanos para que condenen esta violación de los derechos de Gustavo Mena Artola y exijan su liberación inmediata. El Gobierno cubano debe respetar los derechos fundamentales de todos sus ciudadanos y poner fin al uso del sistema penal para silenciar las críticas", concluyó.

Más información

Sin comentarios

Necesita crear una cuenta de usuario o iniciar sesión para comentar.