La Sala Especial del Tribunal Supremo Popular desestimó a principios de abril el recurso de apelación presentado a finales del pasado año por el abogado independiente Julio Ferrer Tamayo. Con este recurso, el jurista impugnaba la decisión de la Sala de Amparo de Derechos Constitucionales de rechazar la demanda contra la Asamblea Nacional del Poder Popular por la no inclusión en su cronograma de la ley sobre la libertad de reunión y manifestación.
Con esta decisión, el Tribunal Supremo cancela cualquier posibilidad de conocer cuándo el régimen cubano incluirá en su cronograma legislativo dicha ley, que debió hacerse pública y debatirse en la Asamblea en 2022, pero que fue excluida del cronograma legislativo, al menos, hasta el año 2027.
"La Sala Especial del Tribunal Supremo violó todos los plazos establecidos para pronunciarse con respecto a mi apelación y su dictamen fue omiso, al no dar respuesta a ninguno de los elementos fácticos y de derecho expuestos en mi recurso", explica Ferrer Tamayo a DIARIO DE CUBA.
En su auto, el Tribunal Supremo Popular expresa que no tiene competencia para pronunciarse sobre esta reclamación, pero no expone argumento legal alguno para sustentar su dictamen.
"Con esta decisión, las máximas autoridades judiciales del país vulneran para todos los cubanos el derecho a la protesta pacífica, que está recogido en el artículo 56 de la Constitución vigente'', señala Ferrer Tamayo.
A finales de septiembre del pasado año, el jurista presentó ante la Sala de Amparo de Derechos Constitucionales una demanda contra la Asamblea Nacional para forzar la aprobación de una ley de manifestación y reunión que esta institución excluyó de su cronograma legislativo.
Esta Sala rechazó esa petición, pero Ferrer Tamayo no desistió de su propósito de agotar todas las vías legales posibles para lograr la inclusión de esa ley complementaria, postergada de manera indefinida por el régimen.
El abogado también pidió a la oficialista Asociación Cubana de Naciones Unidas (ACNU) que conminara a la Asamblea Nacional del Poder Popular a pronunciarse sobre el porqué de la exclusión de la ley de manifestación pacífica de su cronograma legislativo.
"La funcionaria de la ACNU que me atendió tomó mis teléfonos y demás, pero ni siquiera me han enviado una comunicación privada. Nada, cero respuestas", comentó.
Con motivo de la presentación de esta demanda, Ferrer Tamayo fue detenido por agentes de la Policía política, quienes le expresaron que ''la demanda es válida y está amparada en la ley, pero que en Cuba las autoridades violaban la ley y que eso seguiría siendo así mientras exista la Revolución".
Con anterioridad, la Asamblea Nacional del Poder Popular rechazó en enero de 2023 la solicitud presentada por la sociedad civil un mes antes, en la que un grupo de cubanos agrupados en dos organizaciones independientes pedían la inclusión y la promulgación de esta ley.
En su respuesta, la directora de Atención a la Población de ese órgano legislativo, Carmen Aguilar Martínez, se excusó en el Artículo 164 de la Constitución y la Ley 131, que establecen el procedimiento para cuando la iniciativa legislativa parte de los ciudadanos, y expuso que la solicitud presentada no cumplía con los requisitos exigidos en esas normas legales.
Otra de las trabas que pone el régimen para impedir la iniciativa ciudadana en materia de leyes es no otorgar el certificado de elector que exige la legislación vigente. Después de varios tropiezos, Ferrer Tamayo pudo obtener ese certificado, pero a otros seis cubanos, activistas todos, les fue negado esa acreditación el pasado año.
No sabía que Mike Tyson era abogado independiente 😆