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Represión

Una nueva instrucción legal deja desamparado al preso político Walnier Luis Aguilar Rivera pese a su discapacidad intelectual

¿Qué más podemos hacer por la libertad del joven que fue, con discapacidad intelectual, privado de un examen médico forense que podría haber reducido o anulado su pena?

Madrid
Walnier Luis Aguilar con su padre y una de sus niñas.
Walnier Luis Aguilar con su padre y una de sus niñas. Wilber Aguilar/Facebook

La Instrucción 284/2023 dictada por el Tribunal Supremo Popular el 15 de septiembre de 2023 establece cómo determinar en Cuba el estado de salud mental de los imputados en procesos penales, pero siempre que no hayan recibido sentencia firme. El documento establece como "motivo de nulidad del proceso penal" el incumplimiento de ese procedimiento. Así, el joven Walnier Luis Aguilar Rivera, condenado con apenas 21 años bajo el delito de sedición por participar en las protestas de julio de 2021, a pesar de su discapacidad intelectual, sigue sin acceder a la justicia real.

La Fiscalía pidió para Aguilar Rivera una condena de 23 años, sin tener en cuenta el padecimiento mental del joven, aunque después de un proceso de casación la sentencia fue reducida a 12 años de privación de libertad.

Durante la fase investigativa del proceso judicial las autoridades rechazaron la realización de una prueba médica/psiquiátrica forense que podría haber reducido o anulado su pena. Obviaron que en la historia clínica del muchacho está recogido el tratamiento que ha recibido desde niño por el área de Psiquiatría. Desde el Centro de Diagnóstico y Orientación de Arroyo Naranjo, en La Habana, expertos certificaron ante sus padres que era un niño con necesidades educativas especiales, por padecer un retraso mental leve por varios factores, así como trastorno de aprendizaje y de la conducta.

Esa propia condición evitó que Aguilar Rivera cumpliera el Servicio Militar Activo, obligatorio para todos los hombres cubanos, tras la evaluación de un equipo médico/forense, entre ellos psiquiatras, que determinó "funcionamiento intelectual limítrofe" en el joven y lo calificó como un "sujeto no apto".

En el juicio oral a Aguilar Rivera, realizado entre el 20 y 21 de diciembre de 2021, su padre, Wilber Aguilar Blanco, y su abogado, intentaron presentar las numerosas pruebas médicas que poseían en favor del joven y reiteraron una solicitud de examen psiquiátrico forense, pero los cinco jueces de la Sala de Delitos contra la Seguridad del Estado del Tribunal Provincial Popular de La Habana rechazaron el requerimiento.

En opinión del jurista Edel González, miembro del equipo de DIARIO DE CUBA, estos jueces asumieron el papel de peritos médicos sin corresponderles y determinaron ilegalmente que el joven tenía capacidad mental suficiente para comprender el alcance de sus acciones. "Obviaron el estado de salud mental de Walnier Luis y que su gravedad puede progresar", añadió.

"La decisión judicial se hizo firme pese a las irregularidades denunciadas y violándose el ejercicio de derechos fundamentales, la edad, vulnerabilidades y sin importar la integridad física y mental del joven", cuestionó González.

Walnier Luis Aguilar Rivera está recluido en el cuarto piso del Edificio 1 de la prisión de máxima seguridad Combinado del Este desde hace más de un año. Allí, en medio de su condición de salud mental, comparte espacio con reclusos reincidentes y las condenas más altas.

Edel González recordó que en favor de los derechos de Aguilar Rivera "se agotaron todas las vías jurídicas internas ordinarias dentro de un sistema judicial incapaz de actuar con independencia en asuntos políticos".

En el caso de Aguilar Rivera permanecen pendientes dos respuestas del régimen cubano a denuncias formuladas ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y ante el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU, presentadas por el Observatorio Cubano de Derechos Humanos, en medio de las sistemáticas peticiones de libertad de su padre.

Aguilar Rivera tendría una condición de salud mental que le ha demandado tratamiento psiquiátrico y no estaría recibiendo la atención médica requerida, llegando a un estado "crítico", habiendo manifestado intenciones de suicido, declaró la CIDH. Lamentó que no obtuvo "observaciones del Estado" cubano, pese a que fueron solicitadas.

Wilber Aguilar Bravo dijo que las irregularidades del caso de su hijo provocaron que el abogado decidiera poner fin a su ejercicio profesional, incapaz de enfrentarse al abuso de poder. 

Aunque la Instrucción 284/2023 no ampara de manera directa al manifestante del 11J, la normativa permite al padre del joven o a otro profesional de la justicia recurrir a otras variantes excepcionales para intentar excarcelar al joven.

El abogado de DIARIO DE CUBA citó el Procedimiento Especial de revisión de la sentencia penal, basado en los puntos 6 y 9 del artículo 773 de la Ley de Proceso Penal, que permite activarlo cuando "se haya dictado sentencia fundada en prueba falsa u obtenida bajo intimidación o violencia, siempre que este hecho resulte declarado en resolución firme y con injusticia notoria, con trascendencia al fallo".

También recomendó solicitar libertad anticipada ante la Sala de Ejecución del Tribunal Provincial Popular de La Habana, en virtud de la licencia extrapenal, o solicitar el examen forense médico denegado al joven mediante una "medida de seguridad postdelictiva" establecida dentro de la Ley de Ejecución Penal, que pueden solicitar cualquier persona u organización. 

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