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LEYES

El abogado Julio Ferrer demanda a la Asamblea Nacional para forzar la aprobación de una ley de manifestación

El jurista asegura que 'no hay interés de las autoridades en aprobar esa ley' y que por eso establece esta demanda.

Madrid
Una comisión de la Asamblea Nacional del Poder Popular
Una comisión de la Asamblea Nacional del Poder Popular Parlamento Cubano

El abogado Julio Ferrer Tamayo presentó este miércoles una demanda contra la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP), ante la Sala de Amparo de Derechos Constitucionales del Tribunal Supremo Popular en la que exige que dicho tribunal actúe para forzar un pronunciamiento de este órgano legislativo sobre la ley que debe regular el ejercicio de los derechos a la reunión y manifestación de los cubanos, informa el propio jurista a DIARIO DE CUBA.

"La demanda tiene la pretensión concreta de que las autoridades incluyan esta ley en el cronograma legislativo y que se promulgue. Ellos, para dar una apariencia de que lo harían, la incluyeron en el cronograma legislativo a aprobar después de que se refrende la Constitución en el año 2019, pero la han excluido en los reajustes posteriores con varias excusas, porque no hay interés en que se apruebe", comentó Ferrer Tamayo a DIARIO DE CUBA. 

En la demanda, el jurista explica las acciones legales que tanto él como otros cubanos de la sociedad civil han realizado para que la Asamblea Nacional promulgue la ley complementaria al Artículo 56 de la Constitución, que refrenda el derecho de los cubanos a manifestarse y reunirse de manera pacífica. 

En la última  sesión extraordinaria de la ANPP, ocurrida el pasado 25 de mayo, se aprobó el cronograma legislativo del periodo 2023-2027, pero esta ley no fue incluida y ninguno de los máximos representantes del Parlamento nacional dieron explicación alguna sobre esta omisión. 

La Asamblea Nacional del Poder Popular había rechazado en enero de este año la solicitud presentada por la sociedad civil en diciembre último, en la que un grupo de cubanos agrupados en dos organizaciones independientes pedían la inclusión y la promulgación de esta ley.  

En su respuesta, la directora de Atención a la Población de ese órgano legislativo, Carmen Aguilar Martínez, se excusó en el Artículo 164 de la Constitución y la Ley 131, que establecen el procedimiento para cuando la iniciativa legislativa parte de los ciudadanos, y dice que la solicitud presentada no cumple con los requisitos exigidos en esas normas legales.

Otros de las trabas que ha puesto el régimen es la no otorgación del certificado de elector que exige la actual ley para que los ciudadanos posean iniciativa legislativa real. Esta certificación no le ha sido otorgada a seis cubanos, activistas todos, que la solicitaron este año. 

La Constitución vigente, en su Artículo 164, otorga capacidad de iniciativa legislativa a los ciudadanos, siempre que certifiquen su condición de electores y en un número no menor de 10.000 personas

En el comunicado dado a conocer a finales de enero por el Consejo para la Transición Democrática de Cuba y DFrente, al conocer de la negativa de la ANPP, expresaron que "la aprobación en Cuba de una ley de manifestación y reunión es 'urgente y fundamental'. Muchas y muchos ciudadanos cubanos están hoy en prisión por el uso pacífico de sus derechos humanos y constitucionales, en medio de la ausencia de precisión jurídica y legal que les respalden, de la interpretación caprichosa de la Constitución por parte de autoridades y funcionarios, y de la judicialización política e ideológica de nuestros derechos civiles y políticos." 

Las protestas ciudadanas pacíficas que se producen en Cuba, y que desde el 11 de julio de 2021 se han convertido en una de las maneras más frecuentes para expresar el descontento con el régimen, son criminalizadas por las autoridades, que contra ellas lanzan a su aparato represivo, incluyendo grupos paramilitares.  

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2 comentarios

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Confiar en las leyes es algo propio de un abogado. Aún cuando la ausencia de triparticion de poderes del Estado le lleve a dudar de la independencia del poder judicial.
Cuánto pesimismo debió albergar este abogado al entregar una demanda contra la Asamblea Nacional ante un Tribunal Supremo dirigido por un hombre que confiesa aplicar las leyes "a la cubana", con juristas "de la revolución" y considera a abogados como Ferrer como "perros en el tabaco"

Y nadie le grita a esas personas que están violando su propia constitución. Sí, hay que gritarle porque cuando un ciudadano presenta algo siempre en el marco de esa constitución le sacan otro artículo de la misma constitución diciendo que no se puede hacer nada, porque así lo dice la constitución. Es un círculo que no tienes salida.