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Leyes

El proceso judicial del régimen cubano contra Carolina Barrero es arbitrario y está lleno de violaciones

La historiadora y curadora de arte está acusada del presunto delito de 'clandestinidad de impresos'. DIARIO DE CUBA expone las irregularidades cometidas por las autoridades.

La Habana
La curadora de arte Carolina Barrero.
La curadora de arte Carolina Barrero.

En la mañana del jueves 4 de febrero agentes de la Seguridad del Estado cubana detuvieron a la historiadora del arte Carolina Barrero, quien el día anterior había entregado en las oficinas de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) un recurso legal con la firma de 1.255 ciudadanos cubanos, solicitando un proceso de revocación de mandato de Alpidio Alonso Grau, ministro de Cultura.

Durante el arresto, los agentes ocuparon el Ipad de Barrero y varias copias de un dibujo de José Martí realizado por la artista Camila Lobón. Por esa imagen, más tarde la teniente coronel Kenia María Morales Larrea decidió iniciar un proceso judicial contra Barrero por el delito de "clandestinidad de impresos".

Esos hechos demuestran que el Gobierno cubano continúa agrediendo de forma selectiva a determinados ciudadanos con el objetivo de disuadir futuras iniciativas ciudadanas similares que, de permitirse, pondrían en serio peligro la imagen de control y gobernabilidad que intenta mostrar a la comunidad internacional.

Según el testimonio de Barrero, durante varias horas fue interrogada sobre supuestos vínculos con organizaciones extranjeras y fuentes de financiamiento establecidas en el exterior. Posteriormente, fue puesta en libertad.

Ese día, entre otras irregularidades, a Barrero no se le notificó un número de denuncia por delito específico alguno, no se le entregó copia de la acusación formal, no fue objeto de aseguramiento de medida cautelar ni se le dijo que había prestado declaración en condición de acusada.

El proceder de los agentes policiales violó los Artículos 94 y 95 de la Constitución, así como la garantía del debido proceso que ordena para instructores, fiscales y jueces la Instrucción 247 dictada por el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular.

En el proceso contra Barrero, el Estado quebrantó sus propias normativas, evidenciando la situación jurídica de inseguridad a la que se enfrenta la sociedad civil de la Isla.

Los agentes del Ministerio del Interior (MININT) intimidaron a la curadora de arte diciéndole que era objeto de investigación por la imagen impresa de José Martí y le sugirieron abandonar el territorio nacional por su condición de persona con doble ciudadanía.

Este tipo de procedimientos son incompatibles con un Estado de Derecho pues, además, los agentes propusieron la impunidad a Barrero ante la supuesta comisión de un hecho delictivo, detalle que demuestra la falsedad de la acusación por el delito "clandestinidad de impresos", previsto y sancionado en el Artículo 210 del Código Penal de Cuba.

El mencionado delito exige que el mensaje que se confeccione, imprima o difunda sea amenazante de modo directo y claro (no admite amplitud interpretativa) al orden público y legal instituido, por lo cual creaciones artísticas como las ocupadas a Barrero quedan excluidas de tal consideración.

Las obras de arte son protegidas en el ordenamiento jurídico de cualquier país, específicamente cuando se proponen interpretar la vida real conforme la percibe el autor.

Las creaciones artísticas también pueden reconocerse y protegerse bajo la figura del anonimato, elemento que asegura igualmente la protección del autor siempre y cuando su creación no induzca a delitos de odio, de discriminación o de violencia de cualquier clase.

El delito por el que las autoridades acusan a Barrero también exige como requisito sine qua non que se desconozca la imprenta o el lugar de impresión de modo exprofeso o delictivo. Por imprenta no se entiende una impresora aislada, sino aquella que se escoge para imprimir mensajes con vistas a que se propague un contenido que persiga la satisfacción de una voluntad delictiva que atente, en este caso, contra el orden público.

Atendiendo a ello, es necesario que el autor del delito esconda exprofeso el lugar de la impresión y que se demuestre el acto intencional de clandestinidad, particularidades que no se evidencian en el caso de Barrero, pues el hallazgo de la imagen de Martí ligada a versos escritos fue un acontecimiento casual.

"No me he ocultado para hacerlo, lo imprimiría mil veces más; ¿quién necesita ocultarse para imprimir una imagen así? (…). Estoy convencida de que no he cometido un delito", afirmó la curadora de arte.

Además, la Resolución 110 del 26 de octubre de 2020, emitida por el Ministerio de las Comunicaciones (MINCOM), autoriza a cualquier persona natural a importar maquinarias de impresión sin autorización ni licencia del organismo, por lo que resulta absurdo que los cubanos puedan poseer dichos equipos pero no realizar impresiones con ellos.

Tras las primeras amenazas, Barrero fue detenida nuevamente por la Seguridad del Estado el 15 de marzo de 2021. Durante el arresto los agentes del MININT volvieron a decirle de modo informal que el proceso contra ella bajo el supuesto delito de "clandestinidad de impresos" había sido iniciado.

En esa ocasión tampoco le tomaron declaración oficial como acusada ni le advirtieron de los derechos que le asisten para aportar en plano individual las pruebas que considere prudentes para su defensa.

De ser cierto que se ha iniciado el proceso sumario contra Barrero, el término de investigación del asunto no debe excederse de los 20 días naturales contados desde la fecha en que se radicó denuncia, aunque a Barrero le dijeron que oficialmente le comunicarán este 24 de marzo la resolución de su causa.

La Seguridad del Estado podría considerar que el caso está perdido, pues no ha decidido imponer medida cautelar de prisión provisional, buscando con la intimidación y la manipulación que la curadora de arte se amedrente y salga del país, o que al menos deje de pronunciarse en redes sociales.

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7 comentarios

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Profile picture for user Ricardo E. Trelles

// El castrismo... //
Hasta con referencia a sus mismas leyes impuestas...
es maaaalo, muuy malo...

Coincido plenamente con Gualterio.

Profile picture for user Plutarco Cuero

El único Derecho que existe en Cuba, es el derecho de los mayorales de hacer que sus sacro santas bolas hagan lo que les de la gana ...

Toda la suerte del mundo para esa muchacha valiente!

Profile picture for user Gualterio Díaz

No veo nada judicial en esta pueril metedura de pie que, si fue de la Seguridad del Estado, está fuera incluso de la competencia de su órgano de instrucción y es cosa de PNR.

Profile picture for user Ana J. Faya

Es horrible lo que le están haciendo a esta muchacha (¿y a cuántos más?)

excelente trabajo de Diario de Cuba. Espero que los so anor....s juristas de Cuba y la Seguridad del Estado tomen lecciones de derecho penal especial de este análisis.

Derecho a la creación vs Represión de la oficial Kenia. Espero que gane la racionalidad y la buena aplicación de la Ley.