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REPRESIÓN

La CIDH otorga medidas cautelares para una veintena de activistas cubanos vinculados con el Movimiento San Isidro

La comisión considera que 'se encuentran en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos en Cuba'.

Washington
Algunos de los activistas del Movimiento San Isidro protegidos por la CIDH.
Algunos de los activistas del Movimiento San Isidro protegidos por la CIDH.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió esta semana la Resolución 14/2021, mediante la cual otorgó medidas cautelares de protección a favor de una veintena de activistas vinculados con el Movimiento San Isidro (MSI), tras considerar que como defensores de derechos humanos se encuentran en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos en Cuba.

Los beneficiarios son Denis Solís González, Luis Manuel Otero Alcántara, Maykel Castillo Pérez, Iliana Hernández Cardosa, Anamely Ramos González, Oscar Casanella, Katherine Bisquet Rodríguez, Omara Ruiz Urquiola, Adrián Rubio, Alfredo Martínez, Amaury Pacheco, Michel Matos, Esteban Rodríguez, Iris Ruiz, Yasser Castellano Guerrero, Anyell Valdés Cruz, Jorge Luis Capote Arias, Niovel Alexander Tamayo y Osmani Pardo Guerra.

Según la solicitud, tales personas "se encuentran en una situación de riesgo debido a amenazas, hostigamientos, vigilancias, persecuciones, detenciones y actos de violencia por parte de agentes estatales y terceros, debido a su trabajo como activistas y periodistas, defensoras y defensores de derechos humanos en Cuba".

La CIDH lamentó "no contar con las observaciones del Estado, pese a que fueron solicitadas de conformidad con el artículo 25.5 de su Reglamento".

"Tras analizar las alegaciones de hecho y de derecho aportadas por los solicitantes, la Comisión considera que la información presentada demuestra prima facie que las 20 personas integrantes identificadas del MSI, se encuentran en una situación de gravedad y urgencia, puesto que sus derechos a la vida e integridad personal están en riesgo de daño irreparable", señaló la nota de prensa.

"Por consiguiente, de acuerdo con el Artículo 25 del Reglamento de la CIDH, la Comisión solicita a (el Gobierno de) Cuba que adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de los 20 integrantes identificados del MSI. A tales efectos, el Estado debe tanto asegurar que sus agentes respeten la vida e integridad personal de las personas beneficiarias, como proteger sus derechos en relación con actos de riesgo que sean atribuibles a terceros, de conformidad con los estándares establecidos por el derecho internacional de los derechos humanos", precisó.

También demando al régimen cubano que "adopte las medidas necesarias para que las personas beneficiarias puedan desarrollar sus actividades como defensores de derechos humanos, sin ser objeto de actos de violencia, intimidación y hostigamientos en el ejercicio de sus labores; concierte las medidas a adoptarse con las personas beneficiarias y sus representantes; e informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y así evitar su repetición".

El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento sobre una eventual petición ante el sistema interamericano en la que se aleguen violaciones a los derechos protegidos en la Convención Americana y otros instrumentos aplicables, añadió el comunicado de la CIDH.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actuar como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.

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