El Gobierno de Cuba estableció el cobro en dólares a los ciudadanos del país que residan en el exterior y soliciten servicios jurídicos en la Isla, entre ellos la legalización de documentos, mediante la Resolución 486/2025 del Ministerio de Justicia, que fue publicada en la Gaceta de la República a finales de diciembre.
"Cuando el contratante y destinatario de los servicios sea una persona natural extranjera, un residente permanente en el exterior o una persona jurídica constituida al amparo de la legislación extranjera, el cobro se realizará en las monedas extranjeras aceptadas por el Banco Central de Cuba", dispone la resolución.
Asimismo, aunque el destinatario del servicio sea un cubano residente en la Isla de manera permanente, el cobro se realizará en divisas, si el contratante es "una persona natural extranjera, un residente permanente en el exterior o una persona jurídica constituida al amparo de la legislación extranjera".
Cuando tanto el destinatario como el contratante son personas que residen permanentemente, el cliente tendrá la opción de pagar "en pesos cubanos o en las monedas extranjeras aceptadas por el Banco Central de Cuba".
Los servicios que los cubanos que viven fuera tendrán que pagar en dólares incluyen la obtención y legalización de documentos, y los relacionados con trámites migratorios.
La resolución explica que las modalidades para el cobro de los servicios son tarifa horaria mínima, tarifa fija por asuntos determinados e igualas.
La tarifa horaria puede incrementarse "de acuerdo con la urgencia con que se solicite el servicio, trámite o documento que se requieran en horas o días no laborables".
El documento, firmado por el exministro de Justicia, Oscar Silvera Martínez —nombrado presidente del Tribunal Supremo en diciembre— también autoriza "la prestación del servicio de obtención y legalización de certificaciones de antecedentes penales de ciudadanos cubanos y extranjeros, para surtir efectos fuera del territorio nacional a las sociedades civiles de servicios y sus sucursales; Servicios Legales S.A.; Consultoría Jurídica Internacional S.A; Bufete Internacional S.A.; Consultores y Abogados Internacionales, CONABI; Consultores Legales y Agentes de Invenciones y Marcas, CLAIM S.A.; Agentes de la Propiedad Industrial, LEX S.A.; Consultoría Jurídica TRANSCONSUL S.A. y el Bufete Especializado de Servicios, BES, perteneciente a la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, y en el extranjero a través de las oficinas consulares cubanas".
Servicios jurídicos cobrados en dólares:
I Servicios de asistencia, asesoría, consultoría, dirección letrada y representación procesal:
a) Asistencia, asesoría y consultoría;
b) secretaría letrada;
c) representación procesal ante las instancias judiciales;
d) representación ante instancias administrativas;
e) representación para la acreditación de sucursales de empresas extranjeras ante la Cámara de Comercio de la República de Cuba;
f) confección del diagnóstico legal de la entidad;
g) redacción y presentación de meros escritos o allanamientos;
h) servicios especializados para la solución alternativa de conflictos;
i) otros servicios jurídicos que no estén expresamente consignados.
II Servicios relacionados con la negociación y trámites en la rama inmobiliaria:
a) Búsquedas registrales en la rama inmobiliaria;
b) análisis de títulos de propiedad y elaboración de dictámenes especializados;
c) otros servicios en esta materia.
III Servicios en materia de finanzas e inversiones:
a) Estudios de pre factibilidad y factibilidad;
b) evoluciones financieras;
c) solicitud de concesión de préstamos;
d) elaboración de dictámenes;
e) preparación de flujos de caja;
f) asesoría en la interpretación de índices de gestión y avalúos de activos;
g) elaboración y revisión de contratos;
h) representación para la apertura de cuentas bancarias;
i) servicios de externalización;
j) servicios de contabilidad total o parcial;
k) diagnósticos contables;
l) otros servicios en esta materia.
IV Servicios en materia de seguros.
V Servicios para la realización de las auditorías contables.
VI Servicios especializados de propiedad intelectual.
VII Servicios para trámites migratorios.
VIII Servicios para la obtención y legalización de documentos.
IX Consultas legales.
X Otros servicios que sean solicitados y se correspondan con los objetos sociales respectivos.
Lei la lista de servicios y no entendí ni cojones.
Están luchando los dólares a como sea.Si quieren hacer billete de verdad que el MINREX cobre los servicios de renuncia a la ciudadanía de todo cubano que goza la de otro país.Yo en mi caso me quedo con la barra y las estrellas con su águila ,pues este país me dió oportunidades en las décadas que llevo acá.No me siento con pertenencia a un pueblo de simuladores , cobardes , oportunistas .No voy a perder lo que me queda de vida perdiendo mi tiempo en reconstrucción de un país los comunistas convirtieron en ruinas.Ya bastante perdí en sus estúpidas movilizaciones militares,luego en sus mazmorras .La casa de mis abuelos fue expropiada cuando marche al exilio,fue vendida en el 2022 por los " pan con bistec" descendientes del revolucionario al que se le entrego.Sin embargo no me dolería pagar unos cientos de dólares en la renuncia definítiva a ciudadanía de esa m.....de pueblo, ,país es el de Martí, Agramonte,Maceo ese es mío y ya no existe.....