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Pobreza

Arrestos de cubanos por llevarse comida caída de un camión: el castigo como respuesta al hambre

El experto legal de DIARIO DE CUBA Edel González Jiménez ofrece valoraciones que podrían ser tomadas en cuenta en la defensa de los detenidos.

La Habana
Cubanos. DDC TV
Santiagueros recogiendo las cajas de picadillo y pollo.
Santiagueros recogiendo las cajas de picadillo y pollo. Diario de Cuba

El martes 29 de octubre, mientras el oriente cubano esperaba el impacto del huracán Melissa, la Policía de Santiago de Cuba buscaba a personas que el día anterior se llevaron cajas de pollo y picadillo que se cayeron de un camión.

La información, compartida con DIARIO DE CUBA por residentes en la provincia y confirmada más tarde por el periodista Yosmany Mayeta, quien informó que varias personas ya estaban detenidas, despertó indignación. 

Pero también genera varias preguntas. ¿Qué delito pueden imputar las autoridades a cubanos que recogieron cajas de comida del suelo para su consumo? ¿Qué sanciones les podrían imponer y qué argumentos podrían alegar a su favor abogados defensores?

El experto legal de DIARIO DE CUBA Edel González Jiménez explica que la figura penal en este caso sería el hurto en modalidad básica, pero señala que los acusados deberían ser puestos en libertad y, como mucho, multados en el ámbito administrativo.

"El Artículo 411.1 del Código Penal de Cuba refiere que el que sustraiga un bien ajeno con ánimo de lucro, y si el bien es de limitado valor, la sanción es de privación de libertad de seis meses a un año, o multas de 100 a 300 cuotas", explica González Jiménez.

El valor de las cajas de pollo y de picadillo que se llevaron los residentes en Santiago de Cuba se había reducido notablemente al quedar en la calle. De hecho, en las imágenes que circularon en las redes sociales y la prensa independiente puede apreciarse que las cajas eran transportadas sin seguridad ni refrigeración.

"Una vez que una mercancía sale del ámbito de cuidado, de la protección de higiene que debe existir durante la manipulación y el transporte, o sea, una vez que cayeron en la calle, debe ser examinada y valorada por la dirección de Higiene y Epidemiología del territorio, que certifica si son comercializables o no. En caso de serlo, su valor debe rebajarse", explica el exjuez cubano.

La forma en que eran transportados, expuestos al medio ambiente, ya trasgredía normas de las certificaciones de salud, señala González Jiménez. Eso se agrava con la caída en la calle de las cajas, subraya.

Por todo lo expuesto, el jurista cubano subraya que mantener a esas personas en prisión provisional como medida cautelar por un delito que puede ser sancionado con una multa es "desproporcionada".

"El estado de necesidad, el estado de hambre, de carencia que tienen las personas en Cuba, e incluso el hecho de que las cajas se cayeron, son circunstancias que favorecen a las personas que se apropiaron de ellas y no circunstancias agravantes. La prisión provisional no solamente es arbitraria porque en ese delito se prevé la imposición de una multa, sino que es desproporcionada", afirma.

González Jiménez recuerda que el Código Penal cubano prevé como elemento agravante para un delito que este se cometa en un contexto de desastre, como el huracán Melissa. No obstante, señala que la situación desastrosa en Cuba es previa al paso del fenómeno meteorológico.

"En el caso concreto de Cuba, donde la miseria es una cuestión anterior a cualquier estado de desastre y es permanente, esa circunstancia no se debe valorar, porque las personas no tienen nada en los refrigeradores, llevan días sin electricidad y no pueden comprar comida por los altos precios y la inflación que hay en el país", precisa.

"En este caso, estamos hablando de un estado de necesidad general, no un estado de necesidad particular. Las personas en Cuba están padeciendo desde hace tiempo unas carencias alimentarias muy grandes, al punto de que muchas están comiendo una sola vez al día o no están comiendo. El hecho de que hayan visto caerse esas cajas para ellos era la posibilidad de satisfacer una necesidad básica. Esto es una circunstancia que atenúa la responsabilidad penal. Es una circunstancia material y objetiva que rebasa cualquier conducta delictiva y debe ser tenida en cuenta por la Fiscalía, por lo que no debería existir un encarcelamiento ni una petición fiscal de privación de libertad".

El hambre que padecen los cubanos ha sido cuantificada en encuestas de la sociedad civil independiente.

En septiembre, el octavo Estudio sobre Derechos Sociales del Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH) reveló que el 89% de los cubanos entrevistados vivía en pobreza extrema.

Siete de cada diez cubanos entrevistados habían dejado de desayunar, almorzar o comer por falta de dinero o de alimentos; entre mayores de 61 años la proporción subía a ocho de cada diez. Solo una cuarta parte no había tenido dificultades para acceder a comida.

Un mes antes, un estudio del Food Monitor Program mostró que cubrir una dieta poco saludable para dos adultos en La Habana implica un gasto cercano a los 41.735 pesos mensuales. Esa cifra representa casi 20 salarios mínimos oficiales o el equivalente a dos años de pensiones mínimas, una evidencia de la imposibilidad para la mayoría de las familias de acceder a una alimentación adecuada.

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3 comentarios

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Profile picture for user Tonwest

Te mato de hambre y si te sorprendo robando te meto preso

Profile picture for user JCAleman

El único país del planeta donde más de 3/4 partes de la población es sometida a la miseria absoluta entre apagones, hambre, escasez e insalubridad, pero los afectados prefieren perecer sin chistar antes de buscar y llevarse la comida y las medicinas de las tiendas, los hoteles y las mansiones de aquellos a los que les sobra.

Ni siquiera se atreven a expresar el descontento contra las vidrieras de esos lugares.

La revolución del " humildes" castigando a los hambrientos.Naturalmente la oligarquía de guayaberas y charreteras no come esa m.....que los infelices hambreados tomaron....