Elena vivió siete años con su agresor y padre de su hija de cuatro años. La maltrataba de palabra, pero nunca le puso un dedo encima... hasta una noche en la que llegó a la casa borracho y comenzó a gritarle. Al calor de la discusión, agarró un machete y la atacó. Ella despertó tres días después en el hospital. Había perdido un brazo y parte de la movilidad de la pierna derecha.
Aunque el padre de su hija fue juzgado y está preso, para Elena (cuyo nombre real se oculta para proteger la identidad de la superviviente) eso solo constituye un alivio parcial. No puede trabajar y depende de su familia, pues no recibe ninguna pensión del Estado cubano.
"Para quedarme así era mejor estar muerta", sentenció en conversación con DIARIO DE CUBA. "Apenas sobrevivo, porque no puedo trabajar. Pero la asistencia social concluyó que sí y que convivía con otros familiares", por lo que no merecía una pensión.
El intento de feminicidio que sufrió Elena tuvo lugar en 2018, un año antes de que quedara aprobada la nueva Constitución de la República. Hasta entonces, no existían políticas ni protocolos específicos para la atención a las supervivientes de agresiones machistas. Cinco años después, tampoco.
La exjueza Maylin Fernández Suris, con años de experiencia en la Isla en los juzgados de familia, además de experta en violencia de género y abogada de DIARIO DE CUBA, explica que la violencia de género "no estaba contemplada en ninguna de las leyes anteriores a 2019. De hecho, la Constitución de 2019 fue la primera que la mencionó. Ni en la Ley de Procedimiento Penal, ni en el Código Penal, ni en el Código de la Familia anteriores se hablaba absolutamente nada de violencia de género".
El hecho de que las leyes que sustituyeron a las mencionadas contengan artículos relacionados con la violencia de género es "un avance", reconoce Fernández Suris.
Tanto las actuales Ley del Proceso Penal como los códigos Penal y de las Familias prevén, además de las medidas cautelares —cuando una víctima denuncia una agresión— la participación activa de la sobreviviente en el proceso judicial. También, la prohibición para el victimario de tener la custodia de menores nacidos de la unión, e incluso un escarmiento de tipo económico para él. No obstante, numerosos casos demuestran la negligencia policial ante las denuncias, con consecuencias fatales en muchas ocasiones.
"Hablamos, por ejemplo, de que al momento de la disolución de un vínculo matrimonial el agresor puede quedar fuera del reparto de los bienes comunes, por haber ocasionado lesiones a su esposa", señala la abogada.
Aclara que, aunque las leyes cubanas prevén indemnizaciones civiles, estas solo abarcan los costos que se puedan demostrar, referidos a la curación, medicamentos, transporte y los sueldos por los días dejados de trabajar.
En la práctica, la víctima no obtiene una compensación justa, porque el tribunal no aprueba el monto solicitado o porque no logra demostrar todos los gastos.
Por otra parte, la experta señala que "solo desde las leyes no se elimina el problema". "Cuando una mujer comienza a relacionarse con el Código Penal, con la Ley de Proceso Penal, es porque ya ha sucedido un hecho de violencia de género, o la mujer ya es consciente de este. Pero que existan medidas en estas leyes dirigidas a la violencia de género no garantiza ni el apoyo a la víctima ni la prevención. El problema debe atenuarse antes de que aparezca el conflicto con las leyes", añade.
También explica que, pese a que las nuevas herramientas legales al menos contemplan la violencia de género, el Estado cubano continúa desentendiéndose de las víctimas —como en el caso de Elena hace más de seis años— una vez concluido el proceso penal contra el agresor. Para ellas, no prevé políticas de reinserción en el mercado laboral ni pensiones.
Ileana Álvarez, directora del Observatorio de Género de la revista feminista Alas Tensas (OGAT), comenta a DIARIO DE CUBA sobre las sobrevivientes con las que ha tratado, que "han quedado bajo serias secuelas psicológicas, tanto ellas como sus familias, y no han recibido ninguna ayuda del Estado".
"La gran mayoría no cuenta con apoyo económico alguno, solo de familiares y amigos. Te puedo asegurar que en Cuba no hay protocolos eficientes para lograr una justicia restaurativa de las víctimas de la violencia de género".
"En la investigación Víctimas de las que no se habla: la realidad de las familias atravesadas por feminicidios en Cuba, de la que formaron parte OGAT y un conjunto de periodistas independientes, se demostró cuánto fallan en Cuba el Estado y las instituciones que deben preocuparse de ayudar a las sobrevivientes de la violencia de género desde el punto de vista psicológico, legislativo. Tampoco desde el punto de vista económico hay una ayuda permanente.
Álvarez no revela la identidad de ninguna de esas sobrevivientes como una medida para proteger la dignidad, la privacidad y la seguridad de las víctimas, además de evitar la revictimización.
"Las víctimas de la violencia de género han sufrido una experiencia profundamente traumática y exponer públicamente su identidad puede ponerlas en situaciones de riesgo, tanto emocional como físico. Pueden sufrir represalias por parte del agresor", explica.
Sobre las políticas que debería aprobar el Estado cubano para apoyar a las mujeres que han sufrido violencia machista, Fernández Suris opina que "debe establecerse como política o instrucción de los tribunales la derivación a consulta psicológica de las mujeres víctimas de violencia de género, e incluso de sus familiares, por ejemplo, hijos menores que le sobrevivan en el caso de que ella muera por una agresión. Ella decide si puede ir o no, pero debe haber una derivación oportuna a consulta por el tribunal, la Fiscalía, la primera puerta que toque la víctima".
"Por ejemplo, en España, existe un programa de salud especializado en la atención y detención precoz de la violencia de género. Cuando las mujeres llegan a la consulta con el médico de atención primaria, este puede darse cuenta de que existe una violencia detrás de lo que le sucede. Lo mismo pasa en las consultas de psicología y de psiquiatría. Muchas veces, las víctimas no acuden al sistema de salud propiamente por una lesión de violencia de género", señala la abogada.
"Otra medida importante es la creación de refugios, un lugar al que la mujer pueda ir provisionalmente, ya que la mayoría de las agresiones ocurren en el domicilio. También, en el campo de la educación, una mujer que no tiene una formación para acceder a puestos de trabajo y ha sido víctima de violencia de género, es difícil que salga de la situación de dominación. Se pudieran establecer programas que faciliten la integración de estas mujeres para que consigan independizarse económicamente. El Ministerio de Trabajo podría establecer programas para facilitar el acceso a mujeres que son víctimas de la violencia de género, con cursos de secretariado, de preparación de alimentos, por ejemplo. Las entidades estatales podrían habilitar vacantes dirigidas a mujeres que han sido víctimas de violencia de género".
"Se trata de darles un tratamiento especial para el acceso al apoyo psicológico, a la educación y al trabajo, para salir de la situación de dominación y recuperarse del trauma".
"Lo otro es que tengan un ministerio o institución, como lo hay en España, para atender las necesidades de las mujeres, al que una mujer pueda dirigirse a plantear un problema. No puede ser la Federación de Mujeres Cubanas, que en la práctica no cumple su papel con las mujeres que no son víctimas de violencia de género. Imagínate si lo van a cumplir con las que lo son".