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Sociedad

Los cambios al cálculo de la pensión solo afectan a trabajadores del sistema empresarial, dice el Gobierno

La norma que entró en vigor el 4 de enero ha generado 'dudas e inquietudes de la población', admite Seguridad Social.

La Habana
Virginia Marlén García Reyes, directora general del Instituto Nacional de Seguridad Social.
Virginia Marlén García Reyes, directora general del Instituto Nacional de Seguridad Social. ACN

Las modificaciones al cálculo de la pensión por edad e invalidez total, recogidas en el Decreto 99 publicado recientemente en la Gaceta Oficial Ordinaria número uno de 2024, solo abarcan a trabajadores del sistema empresarial y no a los del sector presupuestado, dijo a la oficial ACN Virginia Marlén García Reyes, directora general del Instituto Nacional de Seguridad Social (INASS).

García Reyes admitió que la norma que entró en vigor el 4 de enero ha generado "dudas e inquietudes de la población".

Recientemente, el Consejo de Ministros modificó el artículo 195 del Decreto 283 "Reglamento de la Ley de Seguridad Social", de 6 de abril de 2009.

En su lugar, mediante el Decreto 99, estableció que en lo adelante la base de cálculo de la pensión por edad e invalidez total se determina sobre el salario promedio mensual que resulte de los mayores salarios devengados por el trabajador durante cinco años.

"Es importante aclarar que el Decreto 99, modificativo del Decreto 283, específicamente en el artículo 195, no deroga el Decreto-ley de 18 de diciembre de 2020, que se puso en vigor con la implementación de la Tarea Ordenamiento, por cuanto, a los efectos del cálculo de la pensión, se mantiene que se tome los años completos", dijo la funcionaria.

Según la explicación de García Reyes, si un trabajador solicita en 2024 su jubilación se establece que se tenga en cuenta como referencia para el cálculo los salarios devengados durante 2021, 2022 y 2023.

"El artículo 195 del Decreto 283 quedó suspendido temporalmente porque no se van a tomar de los 15 últimos años los cinco mejores, sino que se mantiene lo que regula el Decreto-ley 18 de coger los años completos anteriores a la solicitud de jubilación para el cálculo de la pensión", añadió.

García Reyes dijo que, con el incremento de los salarios, las pensiones y las prestaciones de la Asistencia Social, los salarios que se comenzaron a pagar en el 2021 eran mayores que los que se devengaban hasta diciembre de 2020, aunque en la realidad, con la inflación generada y hasta ahora imparable, los salarios y pensiones se hacen agua en los bolsillos de los cubanos y precarizan aún más la economía doméstica.

La funcionaria dijo que ahora se valoran los mejores salarios del 2021, 2022, 2023 o 2024, en dependencia de cuando el trabajador solicita la pensión, en tanto en 2025 termina el tránsito que se establece en el Decreto-ley 18.

Aclaró que para el cálculo de la pensión en ningún momento se excluye el Doctorado y la Maestría, aun cuando exceda los 9.510 pesos, cuantía máxima de la escala salarial vigente.

Para esas personas (en número menor) cuyo salario es de 9.510 pesos, pero además tienen el pago de Maestría y Doctorado, todo ese monto se contempla en el cálculo de la pensión y no se les aplica en este caso específico lo que establece el Decreto 99.

"Solo es de aplicación cuando los trabajadores devenguen, además de su salario básico, el pago por concepto de utilidades, por resultados, por pronto despacho o por trincaje (para la actividad portuaria)", añadió García Reyes.

Aclaró que "el Decreto 99 no tiene por sujetos a aquellos trabajadores del sistema empresarial que solicitaron la jubilación en diciembre, pues es para quienes a partir de ahora lo hacen, ni a los jubilados reincorporados al empleo, ni los acogidos al pluriempleo".

Tampoco es para el sector presupuestado y, por consiguiente, no se incluye a los sectores de Salud Pública y Educación, a cuyos trabajadores recientemente se les aprobaron incrementos salariales.

La independencia económica de los adultos mayores en Cuba y las exiguas ayudas del Estado cubano a los más vulnerables se esfumaron tras el "ordenamiento monetario". Este grupo poblacional se ha visto sumido en la miseria con pensiones que no alcanzan, mientras se agrava su situación con la inflación que padece la Isla. En febrero de 2022, Cuba tenía alrededor de un 1.600.000 jubilados, y de ellos, más de la mitad cobraba el mínimo de esas pensiones.

DIARIO DE CUBA ha publicado varios casos de ancianos cubanos que viven en la miseria debido a las menguadas pensiones que reciben.

El especialista en trabajo y libertad sindical Joel Brito, director del Grupo Internacional para la Responsabilidad Social Corporativa en Cuba (GIRSCC), dijo a Martí Noticias que la nueva reglamentación es "un mecanismo de presión más sobre la familia cubana".

"Específicamente, sobre ese sector poblacional que son los ancianos, el nivel de empobrecimiento en Cuba ha aumentado sensiblemente en los últimos años. Y otro proceso que viene viendo también el régimen en toda esta debacle económica, social y política, es el hecho del envejecimiento poblacional. Más del 23% de la población cubana está próxima a arribar a los 60 años de edad. Por otra parte, la jubilación no alcanza a los retirados cubanos", dijo Brito.

Cuba es el país más envejecido de América Latina y el Caribe, con 2.478.087 personas que superan los 60 años.

Brito explicó la carga económica que implica para el régimen cubano el envejecimiento de la población: "Mientras más personas tú tengas sin laborar teniendo que pagarle seguridad social, esa carga social va a los hombros de aquellas personas que están trabajando o, claro, de aquellas personas que se fueron del país y tienen que mantener a sus familias en el interior de la Isla".

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