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Leyes

¿Debe someterse a referendo la pena capital como el concepto de matrimonio en Cuba?

El nuevo Código Penal de la Isla indica que esa sanción se aplicará especialmente ante delitos que afecten el orden del Estado y el régimen constitucional.

Madrid
Pena de muerte.
Pena de muerte. DIARIO DE CUBA

En los 63 años de Revolución ha sido práctica habitual la aplicación de la pena de muerte. Ello, hasta 2003, fecha de la última ejecución acontecida en Cuba y también en América Latina. No obstante, muchas personas se cuestionan su legitimidad, eficacia y los presuntos "beneficios" que trajo para la Isla.

Si el tema de constituir las nuevas formas de matrimonio implicó para los constituyentes de abril de 2019 que se dispusiera la realización de un proceso de consulta popular y de referendo "en el plazo de dos años de vigencia de la Constitución", el de la pena de muerte debió correr la misma suerte hace más de una década.

Tanto el primer como el segundo tema constituyen asuntos que no encuentran consenso entre la población. Sin consulta ni debate popular, el Artículo 30 apartado 3, y el 33 del anteproyecto de nuevo Código Penal, ratifican como sanción principal la de muerte por fusilamiento, con independencia de la moratoria ejecutiva en que se encuentra vigente desde el año 2000 por decisión del Buró Político del PCC.

Como única gracia anticipada, la normativa explica que quedan exceptuados de ella los autores de ciertos delitos que tengan menos de 25 años de edad y las mujeres que durante la ejecución del hecho y antes de dictarse la sentencia estuvieren en estado de gestación, o que cometieran el delito dentro de las 72 horas siguientes al parto.

Tras el estudio del anteproyecto de Código Penal, varias hipótesis parecen explicar las razones de por qué la función legislativa cubana sigue produciendo normas penales agresivas contra los derechos fundamentales sin el visto bueno de sus ciudadanos.

El ius puniendi o derecho a castigar preferente y exclusivo del Estado en el sistema socialista no se enfrenta ni encuentra límites de ninguna clase ante la ausencia del equilibrio de poderes. Es una facultad coactiva desvirtuada de su base teórica, que persigue dominar todas las libertades y derechos mediante la imposición de figuras delictivas que cargan todavía antiguas formas extremas de castigo. 

Esa sanción se impone sin arreglo a criterios de la criminología y otras ciencias multidisciplinarias que tratan el fenómeno de la delincuencia y su castigos con otras vías de intervención humanista, sin arreglo a consenso y sin estar sujetos a reglas de participación democrática que pongan en orden, contexto y transparencia las diversas opiniones y fundamentos sociales, religiosos, éticos y morales que conlleva regular conductas humanas e imponer escarmientos extremos como el de quitar la vida a "delincuentes", como si en algunos de estos no existiera un gramo de dignidad.

La pena de muerte se ratifica como sanción con el objetivo disuasorio que implica su constancia en el Código Penal. Su regulación amenazante indica que se aplicará especialmente en delitos que afecten el orden exterior e interior del Estado y el régimen constitucional ante la creciente autonomía y libertades que está reivindicando y ejercitando de facto la sociedad civil, que se independiza de los poderes instituidos por no cubrírseles ni satisfacer las legítimas necesidades materiales y espirituales que son básicas e inherentes al ser humano. 

De ahí que la vigencia de ese castigo sirva como instrumento de dominación de voluntades de cambio mediante el terror, aun cuando estas acciones sean pacíficas y legítimas en cualquier Estado de Derecho.

Raúl Castro anunció en 2008 que conmutaría la pena de un grupo de condenados a muerte por prisión y así se hizo, aunque el general ratificó que no se eliminaría la pena capital. De ahí que mantenga su función disuasoria personal y no colectiva en el terreno normativo, aunque en el plano práctico prevalezca la conmutación.

Expresamente Castro dijo, refiriéndose a Estados Unidos: "Hemos sido forzados a escoger, en legítima defensa, el camino de establecer y aplicar leyes severas contra nuestros enemigos (…). No podemos desarmarnos frente a un imperio que no cesa de acosarnos y agredirnos". 

Durante la cumbre de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños del año 2013, frente al resto de mandatarios, el heredero de Fidel Castro expresó sobre la pena capital, sin reconocer las culpas y manipulaciones propias de ciertos delitos en Cuba: "Está suspendida, pero ahí está de reserva, porque una vez la suspendimos y lo único que hicimos con ello fue estimular las agresiones y los sabotajes". 

Los vínculos diplomáticos entre La Habana y Washington se estrecharon en 2015. Sin embargo, esto no hizo variar la postura del Gobierno cubano sobre el tema. Y Estados Unidos sigue siendo el mismo enemigo en el discurso del régimen.

En la región, Venezuela, con una situación sociopolítica muy parecida a Cuba, fue el primer país del mundo en prohibir la pena capital, en tanto Nicaragua no la contempla tampoco en su legislación.

En Guatemala la pena de muerte está recogida en la Constitución y Código Penal, pero no se aplica desde hace poco más de dos décadas. Los jueces la conmutan por la máxima sentencia legal de tiempo en prisión a los condenados que lo solicitan, por no existir ley de indulto.

Chile, Perú, Brasil y El Salvador solo la activan en "tiempos de guerra" y mediante la aplicación de leyes militares, quedando fuera en la gran mayoría de los casos en que se puede imponer los actos que cometan civiles no pertenecientes a grupos armados, así sea delito de traición. 

Belice, Guyana y diez países insulares del Caribe como Jamaica, Barbados o Bahamas la recogen, pero allí no se ha producido ninguna ejecución desde hace décadas y los legisladores se enfrentan al examen de propuestas para su eliminación, considerándose finalmente que la pena capital está en vías de extinción en América. Esto, en coincidencia con la tendencia mundial a su extinción, criterio que apoya Amnistía Internacional.

Por el momento Bielorrusia, nación de pasado soviético, es el único país de Europa que sostiene el castigo. Asimismo, todos los gobiernos actuales de carácter comunista o donde no prevalece el consenso democrático parecen ponerse de acuerdo en no abolirla. Mientras, China, Corea del Norte, Vietnam, Palestina, Afganistán, Egipto, Iraq, Irán, Líbano, Pakistán, y otros la practican con regularidad.

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3 comentarios

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Francamente no vale la pena argumentar mucho a la luz del derecho y la razón cuando el país está sometido por una pandilla de criminales desalmados.

Profile picture for user Ana J. Faya

Da lo mismo, porque bajo ese régimen cualquier referendo es fallido. Ellos van a aprobar la ley que les convenga; igual que no la respetarán, también cuando les convenga.