El Gobierno cubano aprobó "considerar a la gente de mar como trabajador asalariado en el exterior y que reciba el 100% del salario total" que paga el empleador extranjero, en contratos determinados antes por una empresa estatal intermediaria.
También aprobó, a través de un paquete de normas publicadas en la Gaceta Oficial Ordinaria 48, aplicar un Impuesto sobre los Ingresos Personales en una escala progresiva entre el 15% y el 30% de lo devengado por estos trabajadores.
Marta Oramas Rivero, viceministra primera del Ministerio de Transporte (MITRANS), presentó las medidas como un "tratamiento diferenciado", un reclamo permanente de los marinos, "dado por sus insatisfacciones con el actual régimen salarial y de la seguridad social que se le aplica".
Se define como gente de mar a la persona natural que cumple los requisitos para ser contratada por el empleador para prestar servicio a bordo de un buque, es "el marino y también el tripulante".
Según publicó el sitio oficial Cubadebate, la estatal SELECMAR continuará teniendo el monopolio de los contratos.
Los marinos están obligados a contratar los servicios de esta entidad, que se encargará primeramente de establecer un "contrato de agencia" con las empresas extranjeras (empleador) y que determina las cláusulas que rigen estas relaciones, entre ellas el "salario básico".
El empleador tendrá que garantizar que no utilizará métodos para obtener la firma del marino en otro acuerdo o pacto que contravenga lo previsto en el "contrato de enrolo" (contrato de trabajo individual, acuerdo o convenio de prestación de servicio suscrito entre el marino y el empleador).
En este contrato se establecen las condiciones de empleo y de vida a bordo de los navíos de los marinos cubanos.
No está claro en el paquete de normas en qué momento y qué cobra la empresa estatal por sus servicios de intermediario entre marineros y empleadores.
Las normas establecen que "el director general de la Empresa SELECMAR dicta el procedimiento para la gestión de la contratación de los marinos, conforme con lo previsto en este Reglamento y demás disposiciones nacionales, así como las que rigen la práctica internacional del trabajo de colocación de marinos y los sistemas de gestión de la calidad, previa consulta con el Sindicato Nacional de Trabajadores de Transporte y Puertos".
Oramas recalcó que "SELECMAR no facilitará la contratación de marinos reportados con adeudos de sus obligaciones tributarias".
En el reglamento, además, se faculta al director del Grupo Empresarial de Transporte Marítimo Portuario a dictar el procedimiento para la selección y permanencia de la gente de mar en un Registro de Datos de SELECMAR, y sobre las condiciones laborales, salariales y de vida de los marinos a bordo.
Impuesto sobre los Ingresos Personales a la Gente de Mar
Se aplicará el Impuesto sobre los Ingresos Personales a la Gente de Mar (marinos y otro personal afín), por los ingresos derivados del contrato de enrolamiento suscrito con compañías navieras o armadoras extranjeras, a través de la misma entidad cubana autorizada, en una escala progresiva con tipos impositivos entre el 15% y el 30%, afirmó Yahily García Poma, directora de Política de Ingresos del Ministerio de Finanzas y Precios.
Se determina que, para realizar el pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales, se realiza la conversión a pesos cubanos (CUP) de los ingresos obtenidos por el referido contrato, de conformidad con la tasa de cambio vigente para las operaciones de compra del peso convertible por la población y se aplica al total de los ingresos.
A quienes ingresan hasta 216.000 pesos cubanos se les aplicará un 15%; quienes tengan ingresos superiores a 216.000 y hasta 432.000, un 20%, y a quienes superen los 432.000 el 30%.
Según la funcionaria, "en la definición de los tramos de la escala se tuvo en cuenta los niveles de ingresos medios por tipos de contrato, según los cargos y tiempo de enrolo".
Dijo que los marinos están exonerados de la Declaración Jurada para la liquidación y pago anual del Impuesto sobre los Ingresos Personales.
"La gente de mar debe pagar el impuesto a los 30 días naturales posteriores a su arribo al territorio nacional, una vez concluido el contrato", señaló.
Los marineros están obligados a remesar, mediante su empleador extranjero y a mantener en una cuenta bancaria personal en Cuba, un mínimo del 30% de los ingresos mensuales contratados.
ESCLAVOS bajo una nueva modalidad. ¡¿Hasta el 30% de impuestos sobre el salario...?! ¡¿EMPRESA ESTATAL INTERMEDIARIA...?! Bueno, sigan así , conformándose con la LIMOSNA DEL RÉGIMEN, trabajadores cubanos. Ah, y pónganse los pantalones ... para ir a pescar.