El Tribunal Municipal Popular de Santa Clara, Villa Clara, condenó el pasado 11 de octubre de 2019 a un chofer particular de una "motoneta" a tres años de privación temporal de libertad por un delito de daños contra la propiedad de una profesora, pese a que el acusado mostró arrepentimiento y resarció a la perjudicada de forma económica.
Según publicó el periódico oficial Vanguardia, todo quedó recogido en el juicio oral de la Causa 172 de 2019 seguida por los delitos de daños y coacción, contra el ciudadano Alexis Abreu Lara, dedicado a la transportación de pasajeros.
El día 5 de septiembre Abreu Lara agredió de palabra y de hecho a una profesora universitaria, a quien le arrebató de las manos su celular, y lo destruyó golpeándolo hasta dejarlo totalmente inservible.
La mujer lo había fotografiado, probablemente para denunciarlo ante las autoridades, como ha alentado el Gobierno desde hace meses "ante violaciones" de lo dispuesto en materia de precios y otras regulaciones de la transportación de pasajeros privada.
Según el medio local, quedó comprobado que el acusado, "al llegar aproximadamente a las 4:00PM" a la piquera existente en la entrada de la Universidad Central Marta Abreu de Las Villas, luego de bajar el pasaje que llevaba, recogió nuevamente personas, pero con destino a las áreas de dicho centro de altos estudios ubicadas en la zona conocida por Los Camilitos.
En ese momento la profesora procedió a tomarle la foto al vehículo de Abreu, quien pudo percatarse de la situación.
El conductor continuó viaje y luego de dejar a los pasajeros que transportaba, regresó nuevamente a la entrada del recinto universitario. Al comprobar que la profesora ya viajaba en otra "motoneta" con destino hacia la ciudad de Santa Clara, decidió perseguir al vehículo, a cuyo chofer hizo señas para que detuviera la marcha, según los testimonios en el juicio.
"En ese momento, dirigiéndose de manera exaltada a la profesora, le solicitó el teléfono y procedió a quitárselo de sus manos; una vez con este en su poder, le exigió que borrara las fotos, lo que repitió constantemente. Al reclamo del móvil por la profesora, Abreu Lara golpeó el teléfono contra el vehículo, y no satisfecho, lo partió por el centro y lo lanzó contra el piso, al tiempo que expresaba 'que no iba a ser el primero ni el último que rompiera a quien le tomara fotos' y de inmediato abandonó el lugar", añadieron.
Los hechos narrados fueron calificados como un delito de daños, previsto y sancionado en el artículo 339 apartados 1) y 5) del Código Penal. El tribunal dictó sentencia, imponiéndose al acusado la sanción de tres años de cárcel, "que cumplirá en un establecimiento penitenciario del Ministerio del Interior".
Según Vanguardia, Abreu Lara estuvo de acuerdo con la sanción impuesta, a pesar de que durante la audiencia mostró total arrepentimiento y ya había abonado el valor del teléfono mencionado. Se trata de una persona carente de antecedentes penales y de normal comportamiento social.
Al acusado se le absolvió del delito de coacción que le imputaba el fiscal, por no haberse probado durante el juicio oral tal comportamiento.
El Gobierno ha destapado una cruzada contra quienes realizan actividades privadas desde que decretó la subida salarial al sector presupuestado estatal. Impuso una política de precios que vigila desde la inspección propia de los organismos estatales y también estimulando a la población a denunciar lo que consideran violaciones a lo estipulado. Las autoridades anunciaron que tomarían medidas con sanciones "ejemplarizantes" contra los "transgresores".
Ahora esta misma señora se pone una falda corta y un escote por el ombligo y sale a pedir botella para llegar a su trabajo. Doble moral.
La pena impuesta por el tribunal de Santa Clara es menos severa que las previstas para igual delito en el Sunshine State. Según el Florida Statute 812.131, el crimen de robbery by sudden snatching (robo mediante arrebatamiento repentino) se configura cuando una persona, intencional e ilegalmente, sustrae dinero o propiedad del cuerpo de otra sin que haya mediado fuerza, violencia o amenazas, en cuyo caso estaríamos en presencia de otra figura delictiva (strong arm robbery, equivalente a robo con fuerza en las cosas en Cuba). De cualquier modo, el robbery by sudden snatching es un delito grave de tercer grado (third degree felony) por el cual un juez pudiera imponer cualquier combinación de las siguientes penas: 1) hasta 5 años en prisión, 2) hasta 5 años de libertad condicional y 3) hasta 5000 en multas.
Obviamente, la víctima puede llegar a un acuerdo con el acusado y solicitar que se retiren los cargos o dejar de cooperar con la fiscalía.
El gobierno lo pones a chivatearse/fajarse uno contra otro y todos ciegamente obedecen. Tendrán 60 años más de miseria.