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Drogas

El Estado cubano responde al auge del 'Químico' con penas extremas y sin garantías procesales

A partir de ahora, los delitos relacionados con esa droga, incluso en pequeñas cantidades, podrán castigarse hasta con la pena de muerte.

Madrid
Un juicio por narcotráfico en Cuba.
Un juicio por narcotráfico en Cuba. Canal Caribe/Youtube

El pasado 20 de junio, el Tribunal Supremo Popular (TSP) de Cuba emitió el Dictamen 476, que ajusta la aplicación los artículos 235 y 236 del Código Penal al aumento del tráfico y el consumo en la Isla de cannabinoides sintéticos, también conocidos como "El Químico". A partir de ahora, los delitos relacionados con esa droga, incluso en pequeñas cantidades, podrán castigarse hasta con la pena de muerte.

El texto entra en seria contradicción con los estándares contemporáneos en materia de derechos humanos, proporcionalidad penal y efectividad de las políticas públicas frente al consumo de drogas.

Criminalización desproporcionada vs. principio de legalidad internacional

Uno de los pilares del Derecho Penal internacional es el principio de legalidad, que exige que toda pena se base en una ley clara, accesible y previsible. 

Dicho principio está consagrado en el Artículo 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), que el Estado cubano firmó el 28 de febrero de 2008, cuando aún era gobernante Raúl Castro. 

Al no haberlo ratificado, La Habana no está legalmente obligada a cumplir sus disposiciones. Sin embargo, sí adquirió compromisos como no actuar contra el objeto y propósito del Pacto y abstenerse de prácticas que limiten el derecho a un juicio justo y al debido proceso.

Sin embargo, el Dictamen 476 permite imponer las máximas penas previstas por el ordenamiento cubano sin necesidad de pruebas objetivas en cuanto a la cantidad del "químico" en poder del sospechoso, pues los criterios que se tienen en cuenta son la "peligrosidad" o los "efectos potenciales" de la sustancia.

Esto debilita el estándar de certeza jurídica y facilita interpretaciones arbitrarias, que se alejan de las exigencias del debido proceso, especialmente en un sistema como el de Cuba, donde no existe un poder judicial verdaderamente independiente y los jueces son "los jueces de la Revolución", como admitió el presidente del TSP, Rubén Remigio Ferro, en 2018.

Si comparamos lo dispuesto en el citado dictamen con el marco sancionador para los delitos relacionados con sustancias prohibidas en otros países, vemos por ejemplo que México, Colombia, Argentina y Uruguay han reformado sus marcos legales para establecer distinciones entre usuarios, microtraficantes y redes criminales organizadas, con penas diferenciadas y medidas alternativas, en línea con el principio de proporcionalidad.

Pena de muerte por delitos relacionados con drogas: retroceso en Cuba frente al consenso internacional

El Dictamen 476 dispone la posibilidad de aplicar pena capital por delitos agravados relacionados con drogas sintéticas. Esto contradice la tendencia global hacia la abolición de la pena de muerte, en particular para delitos no violentos. 

La Comisión de Derechos Humanos de la ONU, la Oficina del Alto Comisionado y múltiples relatores especiales han declarado que el uso de la pena de muerte para delitos de drogas viola el derecho internacional.

De los más de 190 Estados reconocidos por la ONU, más de dos tercios han abolido la pena máxima o no la aplican. Entre los que la conservan para delitos de drogas se encuentran algunos regímenes autoritarios como Irán, Singapur y Arabia Saudita. 

La inclusión de La Habana en esa lista alinea al régimen con una política penal regresiva que lo aleja de los estándares internacionales más progresistas.

Falta de garantías y riesgo de criminalización selectiva en el sistema judicial cubano

Como ya apuntamos, el sistema judicial cubano no es independiente del poder político. El TSP, órgano emisor del Dictamen 476, está subordinado a la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) y responde en última instancia a directrices del Estado cubano.

Esto impide la existencia de contrapesos institucionales que permitan revisar casos de abuso judicial o interpretación expansiva del Derecho Penal. En la práctica, implica que jóvenes de barrios marginales o personas en situación de pobreza pueden recibir penas de las que el régimen califica como "ejemplarizantes", mientras que otras con recursos económicos o vínculos con el poder político pueden beneficiarse de mayor flexibilidad.

A la vez, la ausencia de defensa técnica efectiva en muchas causas penales, unida a la falta de transparencia de los juicios, debilita aún más las garantías del debido proceso.

Este contexto contrasta con el de estados que, aún en situaciones adversas, han buscado judicializar las drogas desde una perspectiva de salud pública y derechos humanos, promoviendo cortes especializadas, alternativas al encarcelamiento y programas de desintoxicación.

Represión y cero políticas públicas: la respuesta del Estado cubano a un fenómeno que se le va de las manos

El Dictamen 476 se inscribe en una lógica estrictamente represiva. No contempla el acompañamiento de políticas de salud ni de educación para la persona que delinque.

Esto contraviene lo establecido por organismos como la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), que insisten en la necesidad de estrategias multisectoriales, centradas en prevención, tratamiento y reinserción social.

La falta de políticas públicas complementarias puede tener efectos contraproducentes, como una mayor estigmatización de personas con consumo problemático, un aumento de la población carcelaria sin solución al fenómeno del narcotráfico y la reproducción de ciclos de marginalidad y exclusión social.

El Dictamen 476 representa un intento del Estado cubano de responder al incremento tanto del tráfico como del consumo de drogas, principalmente "el químico", en la Isla. En ambas actividades hay menores de edad involucrados, según han tenido reconocer la prensa oficial y las propias autoridades. El discurso oficial de tolerancia cero contra las drogas se estrella contra el muro de la realidad: niños de 11 años se drogan en Cuba.

Sin embargo, al optar por un modelo penal severo, cerrado y vertical, sin incorporar mecanismos de protección de derechos ni políticas complementarias, el Estado se expone a críticas fundadas desde el Derecho Internacional.

El desafío no es solo jurídico, sino ético y político: ¿cómo enfrentar el narcotráfico sin vulnerar derechos fundamentales? ¿Cómo garantizar seguridad sin sacrificar justicia? 

Para que la respuesta del Estado cubano sea efectiva y también legítima deberá reconstruirse sobre bases más sólidas: transparencia, proporcionalidad, independencia judicial y políticas públicas integradas.

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6 comentarios

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Si el régimen cubano estuviera realmente preocupado por combatir las drogas, con solo destinar una cantidad mínima de su aparato represivo que usa para aniquilar a la oposición pacífica a erradicar este mal, en menos de un mes no quedaría ni sombra de “químico “en el país.

La intención no creo que consista en erradicar el "químico" sino fabricar una (otra) escusa para rematar "a quien moleste".

En parte estoy en desacuerdo con el autor del artículo, el narcotráfico se combate con mano dura, pone de ejemplo de políticas de drogas acertadas a países como México, Argentina, Uruguay y Colombia, que en el papel suena muy lindo, pero en la realidad son un desastre. Esa ideología tibia de la izquierda progre ha demostrado ser ineficaz contra el narcotráfico, con estupideces como "abrazos y no balazos".

La decadencia moral corre paralela con la decadencia económica: asaltos, drogas, prostitución están a la orden del día. El único futuro que ven los jóvenes está más allá del horizonte: EEUU donde hay futuro y pueden estudiar, trabajar, progresar y vivir como los seres humanos y no vivir una simple existencia como las bestias. La frustración de los jóvenes que viven en Cuba los empuja a la droga, al alcohol y otros vicios.

Profile picture for user padre Ignacio

Desde luego que existe una gran diferencia entre un traficante y un adicto (consumidor pasivo ) Sería monstruoso aplicar pena de muerte a un adolescente cubano agobiado por una sociedad en franca decadencia, con una falta total de esperanza en un futuro prometido hace 62 años y que sigue sin asomarse en el horizonte. Los medios caracoquistas han explicado a los mulatos, a lo largo de sus existencia que la drogadicción en los países occidentales es producto de la decadencia social. Ahora salen con lo único bien que han hecho toda la vida que es fusilar, amenazar y reprimir. Es notorio que no piensan dedicar una sola piastra al tema de la rehabilitacion, sencillamente no es prioridad de GAESA.

Resulta irónico que uno de los negocios del HP en jefe y sus secuaces fue el tráfico de drogas. Raúl Castro no puede salir de Cuba porque tiene orden de arresto de la Interpol por tráfico de perico y por eso manda a Díaz Canel a todas las misiones internacionales. Cuando la guerra de Angola los Castro fueron acusados de narcotráfico y para lavarse las manos culparon y fusilaron a Arnaldo Ochoa, quien fue el paganini de los manejos sucios de los Castro en Angola.