Yoandra Mir Cedeño, una cubana detenida a finales de marzo por compartir en las redes sociales información sobre la corrupción de dirigentes del municipio holguinero de Banes, donde reside, se encuentra en libertad bajo fianza mientras la Fiscalía Municipal busca las pruebas que sustenten el delito que le imputan, informó Martí Noticias.
El tío de Mir, el periodista independiente Héctor Julio Cedeño Negrín, contó que el arresto se realizó con violencia. Mir Cedeño fue detenido por compartir una pubicación del usuario Cansador Cansado en la página de Facebook Revolico Banes Obelisco.
En sus publicaciones, el usuario expuso fotos de personas a las que identifica como funcionarios del Gobierno de Holguín u oficiales de la Policía de la provincia, a los que acusó de corrupción.
"La liberaron el miércoles, 27 de marzo. Le pusieron una fianza de 30.000 pesos cubanos. En el papel de la fianza a pagar está ese delito de 'actos contra la intimidad personal y familiar, su propia imagen y voz'", dijo Cedeño Negrín.
El delito de "actos contra la intimidad personal y familiar, su propia imagen y voz" está previsto en el Código Penal vigente en su capítulo IV y puede acarrear una condena de entre seis meses y cinco años, o multas de entre 200 y 1.000 cuotas, o ambas.
La policía acusó a Mir Cedeño también de un cargo por presunto "desacato", de acuerdo con el documento presentado para contratar los servicios de un abogado.
"La Fiscalía le dice que ellos tienen un mes para presentar pruebas. Todavía no han presentado pruebas. Solo tienen la declaración de los policías. Si no presentan pruebas en el plazo de 30 días tendrían que tomar una determinación", agregó Cedeño Negrín.
En julio de 2019 entró en vigor en Cuba el Decreto-Ley 370 "Sobre la Informatización de la Sociedad en Cuba", conocido como Ley Azote.
La norma es utilizada por el Gobierno cubano para castigar a ciudadanos por divulgar en redes sociales información y opiniones que considera inconvenientes.
Establece una serie de contravenciones y sanciones asociadas a las tecnologías de la información y las comunicaciones (TICs) por la tenencia, distribución y comercialización de equipos y software, el hospedaje de sitios web en servidores en el extranjero y la difusión de información a través de redes públicas de transmisión de datos.
Muchos periodistas y activistas cubanos, pero también ciudadanos comunes, han sido sancionados por dichas contravenciones.
Uno de los artículos de la norma más empleados ha sido el 68, inciso i). Según ese artículo, constituye una violación del decreto-ley "difundir, a través de las redes públicas de transmisión de datos, información contraria al interés social, la moral, las buenas costumbres y la integridad de las personas".
El Artículo 70 establece multas de 3.000 pesos para los infractores, que ha sido la sanción aplicada en la mayoría de los casos. En ocasiones, se combina con la confiscación del teléfono de la persona, de acuerdo al Artículo 71 del decreto-ley.