El reciente anuncio de la liberación bajo fianza del cubano de 17 años Jonathan Torres Farrat, preso desde agosto 2021 por participar en las históricas protestas que estallaron en Cuba el 11 de julio, y sin fecha de juicio, es una alegría para él y muchas personas. Pero además de constituir una buena noticia, la excarcelación despierta una pregunta: ¿Por qué entonces se le aplicó la medida cautelar de prisión provisional a este menor de edad, que padece hipertensión?
La prisión provisional es la medida cautelar de mayor rigor con la que son aseguradas las personas pendientes a un proceso judicial, pues implica condiciones similares al cumplimiento efectivo de una sanción privativa de libertad.
La decisión de imponerla le corresponde al fiscal en la fase investigativa. El tribunal puede mantenerla, modificarla o dejarla sin efecto, solo una vez recibido el expediente. Los abogados defensores pueden solicitar el cambio por otra de las medidas cautelares previstas en la ley, como la reclusión domiciliaria y la fianza en efectivo.
Por ser la medida cautelar más severa, su aplicación es excepcional. Según el Artículo 356.1 de la Ley de Procedimiento Penal que se encontraba vigente cuando se produjeron las protestas del 11J, esta medida procedía siempre que existieran "motivos suficientes para suponer al imputado o acusado responsable penalmente del delito" y concurrieran "algunas de las circunstancias siguientes: a) gravedad de los hechos; b) posibilidad de que se sustraiga u obstaculice la investigación, la instrucción, el juzgamiento o a la ejecución de la sentencia".
Para su imposición, debía evaluarse su necesidad y pertinencia, la edad de la persona, su estado de salud, situación familiar, de vulnerabilidad y cualquier otra circunstancia relevante de su persona o del hecho imputado. Una vez adoptada requería de revisión permanente.
En cuanto a las personas menores de 18 años, esta medida cautelar solo podía imponerse en los hechos delictivos graves, que revistieran connotación social o económica, o afectaran el orden constitucional del país, o cuando para la ejecución del delito se utilizaran medios o formas que denoten desprecio por la vida humana o representaran un elevado riesgo social, el autor demostrara notorio irrespeto a los derechos de los demás, o resultara una persona reiterativa en la comisión de hechos delictivos.
En el caso de Torres Farrat, no se tuvo en cuenta su edad, ni sus problemas de salud ni la condición de paciente de VIH de su madre, ni que el menor carecía de antecedentes penales.
Respecto a la afectación del orden constitucional del país, vale recordar que el presidente del Tribunal Supremo Popular (TSP), Rubén Remigio Ferro, afirmó en una conferencia de prensa, que manifestarse en Cuba, lejos de constituir un delito, era un derecho constitucional de las personas.
¿Si el delito de Torres Farrat era tan grave como para que no se considerara ninguno de esos elementos a la hora de imponerle la medida cautelar más severa de las previstas, por qué se le libera nueve meses después bajo fianza?
La excarcelación puede deberse al rechazo y las críticas que ha recibido el régimen por el encarcelamiento de menores de edad que participaron en las protestas. En abril pasado, la ONG Prisoners Defenders denunció al régimen cubano ante el Comité de Derechos de los Niños de la Organización de Naciones Unidas (ONU) por violaciones sistemáticas de los derechos de los niños.
La demanda estuvo acompañada de un análisis del procesamiento penal tras el 11J de decenas de menores entre los 13 y 17 años de edad. Se trata de un informe jurídico de 22 casos de prisión política de niños y detalles de otros 14 casos.
De acuerdo al informe de la organización defensora de derechos humanos, Jonathan Torres Farrat sufrió distintas formas de tortura y malos tratos durante su encarcelamiento.
La decisión de excarcelar bajo fianza a Torres Farrat también pudiera deberse a que el régimen temió —después de nueve meses— que la severa hipertensión que sufre el adolescente empeorara en prisión hasta desembocar en una situación irreparable.
Sin embargo, teniendo en cuenta el tiempo que ha esperado el régimen para concederle al menor el cambio de medida cautelar y permitir que espere juicio en libertad, y los recientes cambios en la política e EEUU hacia Cuba anunciados por la Administración Biden, es posible suponer que, una vez más, el Gobierno cubano ha usado a sus ciudadanos, incluso menores de edad, como peones en su juego político.
No dudemos que este cambio de medida que ha beneficiado al adolescente —también recibieron un cambio de medida el preso Andy García Lorenzo y otros manifestantes sentenciados con privación de libertad, que, tras el juicio de apelación, cumplirán sus condenas en campamentos de trabajo— sea una leve concesión en respuesta al anuncio del presidente estadounidense, Joe Biden.
Ese "inocente" y "enfermo" menor ya tiene un hijo y el 11J estuvo tirando piedras a la policia con total "alegria" ...y no es invento mio, sus andanzas ese 11J fueron bastante detalladas aqui en DDC creo que por su misma madre...no todos deben salir de prision , hubo algunos que hicieron mas que "gritar sus sentimientos"....
Ese "inocente" y "enfermo" menor ya tiene un hijo y el 11J estuvo tirando piedras a la policia con total "alegria" ...y no es invento mio, sus andanzas ese 11J fueron bastante detalladas aqui en DDC creo que por su misma madre...no todos deben salir de prision , hubo algunos que hicieron mas que "gritar sus sentimientos"....
La respuesta a ese "por qué" no solo se debe referir a ese menor, sino a todos los procesados por haber salido a gritar sus sentimientos hacia ese régimen, que era su derecho. Muy bueno que ese muchacho esté en su casa. Es hora hace rato de que salgan de prisión todos los encarcelados por el 11J.