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REPRESIÓN

Condena ratificada, más de un mes sin ver a sus padres: los casos de dos menores detenidos el 11J en Cuba

Gabriela Zequeira, de 17 años, sentenciada a ocho meses de privación de libertad, y Christopher Lleonard, de 14 años y con problemas mentales, detenido sin ver a sus padres hace más de 30 días.

La Habana
Gabriela Zequeira, de 17 años, y Christopher Lleonard, de 14 años, menores detenidos a raíz de las protestas en Cuba.
Gabriela Zequeira, de 17 años, y Christopher Lleonard, de 14 años, menores detenidos a raíz de las protestas en Cuba.

El régimen cubano confirmó el martes la sentencia de ocho meses de privación de libertad contra la adolescente de 17 años Gabriela Zequeira Hernández, acusada del delito de "desorden público" por su presunta participación en una de las protestas registradas el 11 de julio en La Habana.

Según publicó Cubanet, el nuevo juicio contra Zequeira Hernández se celebró el 17 de agosto, tras la apelación presentada ante el Tribunal Provincial de La Habana por sus familiares.

La adolescente dijo al portal de noticias que la instancia determinó que debe cumplir su condena en régimen de reclusión domiciliaria, lo que en el Código Penal cubano aparece tipificado como "trabajo correccional sin internamiento" (Artículo 33). Por tener 17 años y estar estudiando aún, se mantendría de la casa a la escuela.

La joven informó que también fueron confirmadas las sentencias de las nueve mujeres juzgadas junto con ella.

"En el juicio aparecieron cuatro testigos que, en la vista sumaria que se hizo el 22 de julio en el Tribunal Municipal de Diez de Octubre, no estaban. Dos eran 'boinas negras' y los otros del Ministerio del Interior", dijo.

Estudiante de segundo año de Contabilidad en el politécnico Andrés Luján, de San Miguel del Padrón, Zequeira fue condenada por el supuesto delito de "desorden público", a pesar de que ella afirma que fue detenida "a cuatro o cinco cuadras de la manifestación", cuando regresaba de la peluquería a su casa.

Durante la vista oral del martes, la adolescente también denunció que la habían golpeado en la cabeza, por lo que actualmente no escucha bien del oído derecho y tiene que medicarse para el dolor.

"Mi mamá tiene que llevarme al médico porque no escucho bien; eso lo dije y ni siquiera lo tuvieron cuenta, solo lo que dijeron los supuestos testigos y es mentira todo", dijo.

"Yo tenía la esperanza de salir absuelta de este segundo proceso, con libertad inmediata. Esto es una injusticia no solamente conmigo, también con las demás acusadas y con los detenidos del 11 de julio", afirmó.

14 años, con problemas mentales, detenido desde hace más de 30 días sin ver a sus padres

El abogado independiente Sergio Osmín Fernández Palacios, quien representa y asesora a víctimas de violaciones de derechos humanos y sus familiares ante organizaciones internacionales, presentó el miércoles una denuncia dirigida a la fiscal general Yamila Peña Ojeda sobre la detención desde hace 31 días del niño de 14 años Christopher Lleonard Santana.

En una publicación en Facebook, en la que informó de los procedimientos realizados a favor del menor detenido tras las protestas del 11J en Cuba, Fernández Palacios dijo que durante el cautiverio del niño, las fuerzas represivas no le han permitido ver a sus padres, Naika Rosa Santana Leyva y Omar Lleonard Pérez.

A "ese abuso se suma que durante alrededor de dos semanas no le fue garantizado el acceso a su medicación diaria indicada por facultativo (RP. 194507) del Centro de Salud Mental de La Habana Vieja, según certificado médico a la vista".

El abogado explicó que Lleonard Santana "tiene prescrito Haloperidol, vía oral, diariamente para controlar su salud mental y estabilidad emocional. Está diagnosticado con retraso mental moderado".

"Más graves aun son los maltratos físicos que ha recibido y ha comunicado a su madre vía telefónica. Han tenido lugar en la Escuela de Formación Integral José Martí, conocida como "El Combinadito", del Ministerio del Interior, por parte de quienes están a cargo de su custodia, refieren hijo y madre", añadió el jurista.

"Christopher fue arrestado en medio de la madrugada (3:00AM) mientras se encontraba en su casa en compañía de sus padres, a quienes las fuerzas represivas mostraron un fragmento de un video en un teléfono móvil, en el cual él aparece frente a la tienda Casa Fraga, vacía, sita en Águila y Monte, La Habana Vieja, contra la cual fue lanzada una piedra que quebró el cristal de una de sus vidrieras", añadió.

"Hasta fecha de esta publicación, las autoridades represivas no han mostrado a los padres una prueba pericial indubitada que demuestre que Christopher Lleonard Santana es el responsable, sin lugar a dudas, de la fractura de dicho cristal, habida cuenta que otros también realizaron dicha acción. Tampoco han mostrado el dictamen pericial que acredite el valor dinerario del daño ocasionado", sostuvo el abogado.

Denunció que en este caso "han tenido lugar violaciones de los derechos consagrados en el artículo 37 de la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas de 1989".

Según Fernández Palacios, ha presentado denuncias del caso ante el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos de la ONU, en Ginebra, Suiza, y ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, en Washington, EEUU.

El Gobierno de Cuba actualizó este miércoles los escasos datos que se conocen tras las protestas pacíficas del pasado 11 de julio: la cifra de procesados subió a 67 personas, según la información publicada en la prensa oficial.

Sin embargo, al menos 837 cubanos fueron detenidos, de los cuales 280 fueron excarcelados y 380 siguen en detenciónsegún el centro de asesoría legal Cubalex.

El régimen niega que esté condenando a cubanos por salir a manifestarse el 11J y utiliza su habitual recurso de "desórdenes públicos" para criminalizar a personas críticas. 

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4 comentarios

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EN CUBA SEPARAN A UN MENOR DE SUS PADRES, QUE O DEBE SER, Y SALE POR TODOS LOS MEDIOS. EN COLOMBIA, BRASIL, GUATEMALA, MEXICO Y EN LOS PROPIOS EEUU LOS MATAN Y TODA LA PRENSA CALLA. ES ESO LIBERTAD DE PRENSA?

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El desgobierno cubano una vez más, haciendo gala de su "inmaculada y excelentísima" justicia. El día que ese mal gobierno caiga -porque caerá y de eso no hay duda-, espero que los abnegados juristas implicados en todo tipo de procesos arbitrarios e injustificados junto con aquellos que les han servido de "testigos" para llevar la inmoralidad hasta sus manos, procesando todo tipo de personas inocentes y encima, MENORES DE EDAD, que son por tanto inimputables penalmente, ese día, ese día que se acuerden de las clases de natación, de las clases de remo y kayak, porque serán olímpicos sus esfuerzos por salirse de la Isla para evitar las hordas de cubanos indignados y abusados por décadas.

Derechos de los menores conforme a la Convención Internacional de los Derechos del Niño que se vulneran por el Gobierno cubano en el caso de estos menores: Artículo 31.b) Ningún niño sea privado de su libertad ilegal o arbitrariamente. La detención, el encarcelamiento o la prisión de un niño se
llevará a cabo de conformidad con la ley y se utilizará tan sólo como medida de último recurso y durante el período más breve que proceda; c) Todo niño privado de libertad sea tratado con la humanidad y el respeto que merece la dignidad inherente a la persona humana, y de manera que se tengan en cuenta las necesidades de las personas de su edad. En particular, todo niño privado de libertad estará separado de los adultos, a menos que ello se considere contrario al interés superior del niño, y tendrá derecho a mantener contacto con su familia por medio de correspondencia y de visitas, salvo en circunstancias excepcionales; d) Todo niño privado de su libertad tendrá derecho a la defensa."

La detención ilegal de estos menores y sus condenas, vulneran los siguientes derechos de la Convención Internacional de los derechos del Niño: "Artículo 14. 1. Los Estados Partes respetarán el derecho del niño a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.2. Los Estados Partes respetarán los derechos y deberes de los padres y, en su caso, de los representantes legales, de guiar al niño en el ejercicio de su derecho de modo conforme a la evolución de sus facultades. Artículo 15
1. Los Estados Partes reconocen los derechos del niño a la libertad de asociación y a la libertad de celebrar reuniones pacíficas. Artículo 23.1. Los Estados Partes reconocen que el niño mental o físicamente impedido deberá disfrutar de una vida plena y decente en condiciones que aseguren su dignidad, le permitan llegar a bastarse a sí mismo y faciliten la participación activa del niño en la comunidad."