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Justicia

Julio Ferrer Tamayo exige a la Asamblea Nacional de Cuba en relación con la vigilancia electrónica

El abogado independiente pide la revocación del Decreto 389 que entró en vigor en noviembre.

La Habana
Julio Ferrer Tamayo.
Julio Ferrer Tamayo. DDC

En reiteradas ocasiones las autoridades en Cuba, ante la imposibilidad de poder dar  una respuesta medianamente convincente a cualquier ciudadano, optan por el silencio. Es lo que le ha sucedido, en más de una ocasión, al abogado independiente Julio Ferrer Tamayo. En la tarde de este miércoles este abogado solicitó ante las oficinas de la Asamblea Nacional una respuesta a su pedido de revocación del Decreto 389 sobre la vigilancia electrónica, solicitud que presentara por vez primera en noviembre del pasado año.

"Aunque no existe un plazo determinado para solicitudes de esta naturaleza, ellos están obligados por el artículo 61 de la Constitución a dar una respuesta, cualquiera que esta sea,  en un plazo razonable, de no hacerlo demuestran una vez más que la nueva Carta Magna, incluso antes de entrar en vigor, ya es letra muerta", señaló a DIARIO DE CUBA el jurista.

Esta vez, Ferrer Tamayo hizo llegar su petición además al ministro de Justicia Oscar Silvera Martínez a quien sugiere, en ejercicio de sus funciones, a que obligue a la Asamblea Nacional a emitir un pronunciamiento con respecto a esta solicitud.

En su pedido en noviembre del pasado año Ferrer Tamayo, quien acompaña su pedido todo el tiempo junto con el de su colega Edilio Hernández Herrera, consideró que con la legalización de ese decreto "se legitima lo que los órganos de seguridad venían haciendo desde hacía mucho tiempo y que esa nueva disposición legal no se ajusta a lo estipulado en los convenios internacionales en materia de lucha contra el delito y técnicas especiales de investigación".

Para estos juristas esta nueva disposición no se ajusta al Manual de Técnicas Especiales de Investigación, Agente Encubierto y Entrega Vigilada emitido por la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito pues este documento especifica que estos métodos de investigación solo se utilizarán de modo excepcional, algo que no aclara ni menciona el decreto del Gobierno cubano.   

"La total ausencia de supervisión judicial y las facultades de discrecionalidad de los agentes del Estado durante la fase preparatoria al juicio, favorecen la arbitrariedad en el uso de esas técnicas especiales de investigación frente a la ausencia total de recursos legales efectivos por parte de los ciudadanos para protegerse contra invasiones arbitrarias de privacidad", expusieron en su documento estos juristas.

Esta disposición legal se refiere a técnicas especiales como "la investigación encubierta, el colaborador eficaz y las entregas vigiladas" como vías para obtener información en la lucha contra estos delitos, y de esa manera da vía libre a fiscales y a los órganos de investigación internos para espiar y vigilar las comunicaciones de cualquier ciudadano sin orden judicial previa.

Emitido a mediados del pasado año, este decreto entró en vigor el 18 de noviembre. Como es costumbre, en su sesión ordinaria de finales del pasado año, la Asamblea Nacional ratificó por unanimidad y sin debate alguno todos los decretos-leyes emitidos por el Consejo de Estado. 

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1 comentario

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Tremendo tipo este abogado Julio Ferrer Tamayo! valiente y constante