El Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) de Cuba aprobó la Resolución 41 de 2026 para incentivar la importación instalación y uso de sistemas de energías renovables, en medio de la profunda crisis de combustible que atraviesa el país hace años y se ha visto agravada por la suspensión de los envíos de crudo venezolano y las amenazas de Washington de aplicar aranceles a quienes suministren petróleo a la Isla.
La viceministra del ramo, Yenisley Ortiz Mantecón, dijo en conferencia de prensa reseñada por la estatal Agencia Cubana de Noticias (ACN), que el objetivo de la norma es acelerar la transición energética en Cuba, beneficiando a personas naturales, jurídicas y a todos los actores económicos en general.
"Esta resolución fortalece el compromiso de Cuba con la sostenibilidad energética, fomentando la autosuficiencia y reduciendo la dependencia de combustibles fósiles", afirmó Ortiz Mantecón.
La novedad de la norma es la exención del pago de Impuestos sobre Utilidades y sobre los Ingresos Personales por hasta ocho años, para las personas jurídicas y naturales que realizan actividades económicas e instalen fuentes renovables para su autoconsumo o entreguen energía al Sistema Electroenergético Nacional, en la cuantía del valor de la inversión, durante el período de su recuperación.
Las personas naturales que realizan actividad económica (trabajadores por cuenta propia, productores agropecuarios, artistas, intelectuales y otras formas de gestión no estatal), quedan exoneradas del impuesto sobre ingresos personales por las inversiones que realicen en fuentes renovables, explicó la viceministra.
Para acceder al beneficio fiscal, el contribuyente debe contar con un estudio de prefactibilidad y obtener el dictamen de la Oficina Nacional para el Uso y Control Racional de la Energía (ONURE), que certifique el uso de fuentes renovables en el proyecto y determine el período estimado de recuperación de la inversión.
Con esos documentos, la persona debe acudir a la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), que instrumenta la exoneración.
Mediante la resolución, también se exime del pago del Impuesto Aduanero a las personas naturales y jurídicas que importen sistemas solares fotovoltaicos, sus partes y piezas fundamentales, así como de calentadores solares; bombas fotovoltaicas y pequeños aerogeneradores.
La lista incluye los biodigestores de geomembranas; motobombas a biogás; alumbrado solar y sistemas de aire acondicionado solar, cargadores para vehículos eléctricos, que funcionen a partir del aprovechamiento de las fuentes renovables de energía; equipos destinados al procesamiento de biomasa para la producción de energía; así como las partes y piezas fundamentales de estos, añade el reporte de la agencia estatal.
Ortiz Mantecón detalló que se exonera del pago del Impuesto Aduanero a las personas jurídicas que importan materias primas, componentes, partes, piezas, equipos y accesorios, para la ejecución de un proceso inversionista o para fabricar equipos, dispositivos o piezas de repuesto, destinados al aprovechamiento de fuentes renovables de energía.
También, al sector estatal y "las formas de gestión no estatal que ejecutan proyectos de generación de electricidad con fuentes limpias o a partir del aprovechamiento de estas, por la importación de maquinarias, equipos y otros medios necesarios durante el proceso inversionista".
La exoneración abarca a las materias primas, componentes y equipos destinados a procesos inversionistas o fabricación de dispositivos renovables, así como para proyectos estatales y privados de generación eléctrica.
Con todo el dinero que invirtieron en el chanchullo del turismo y los hoteles, podrían haber creado la infraestructuras para las energías renovables. En un país solar como Cuba hubiesen resuelto la mitad de los problemas que hoy tienen.
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