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Relaciones Cuba-EEUU

¿Acaba la limitación a los cubanos para viajar a EEUU a través de la visa electrónica ESTA?

No hay declaración oficial, pero la posibilidad se abre tras el anuncio de la Administración Biden de retirar al régimen de La Habana de la lista de estados patrocinadores del terrorismo.

Madrid
ESTA para entrar a Estados Unidos.
ESTA para entrar a Estados Unidos. CBP/ YouTube

Las autoridades estadounidenses no han hecho ninguna declaración formal sobre la posibilidad de que los cubanos con nacionalidad de países europeos puedan acceder una vez más a la visa electrónica ESTA, pero se abre el camino tras el anuncio de la Administración Biden de retirar al régimen de La Habana de la lista de estados patrocinadores del terrorismo.

El Departamento de Estado de los Estados Unidos designó al Gobierno de Cuba como Estado patrocinador del terrorismo el 12 de enero de 2021. Desde entonces, con excepciones limitadas, un viajero que haya visitado Cuba en o después de esta fecha no es elegible para viajar bajo el Visa Waiver Program (VWP, por sus siglas en inglés) utilizando un Sistema Electrónico para Autorización de Viaje (ESTA) y debe solicitar una visa para viajar a los Estados Unidos.

Además, un viajero que en el momento de la solicitud del ESTA tenga doble nacionalidad, tanto con un país incluido en el VWP como con Cuba, no es elegible para viajar bajo el VWP utilizando un ESTA y debe solicitar una visa para viajar a Estados Unidos.

Si ya se aprobó un ESTA y luego se determina que el viajero estuvo presente en Cuba o tiene doble nacionalidad tanto con un país incluido en el VWP como con Cuba, se revoca el ESTA.

Ante la incertidumbre de si esta situación acaba, queda consultar regularmente las páginas oficiales para la tramitación del ESTA y de CBP y conocer de antemano los pasos para utilizar el ESTA.

Esta opción permite a los ciudadanos de países del Programa de Exención de Visado (SCHENGEN de la Unión Europea) ingresar a territorio estadounidense en calidad de turista o por negocios por un período máximo de 90 días, sin necesidad de tener que solicitar visa cuyo proceso es mucho más engorroso y caro.

Con un pasaporte válido, un correo electrónico donde recibir información del procedimiento, dirección postal y número de teléfono actualizados y una tarjeta de crédito/débito (MasterCard, VISA, American Express, Discover) o cuenta de PayPal para abonar los 21 dólares que cuesta, se puede iniciar la solicitud a través de la página web oficial: esta.cbp.dhs.gov.

Además de introducir los datos personales requeridos, los solicitantes deben completar un cuestionario sobre viajes a países señalados como patrocinadores del terrorismo, antecedentes penales, problemas previos de inmigración y condiciones de salud pública que deberán ser respondidos con la verdad, pues la información falsa podría resultar en la denegación. La resolución de la solicitud puede tardar hasta 72 horas.

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