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Tribunales

Una corte de apelaciones en EEUU frena una multa millonaria contra cuatro compañías de cruceros que viajaban a Cuba

El tribunal consideró que Havana Docks tenía una concesión para explotar los muelles, no una 'propiedad en pleno dominio o propiedad absoluta de la propiedad confiscada'.

Atlanta
Un crucero en el puerto de La Habana.
Un crucero en el puerto de La Habana. Granma

Los viajes de cruceros de las compañías Carnival, Norwegian, Royal Caribbean y MSC Cruises podrían volver a Cuba en los próximos meses, toda vez que este martes un tribunal federal de apelaciones en EEUU revocó este martes la decisión judicial que las obligaba a pagar multas por encima de los 400 millones de dólares por haber realizado operaciones utilizando propiedades confiscadas por el Gobierno cubano después de 1959, sin compensación a sus titulares, informó el periódico Miami Herald.

Un tribunal de apelaciones con sede en Atlanta, falló a favor de las compañías, con una votación de 2-1, como respuesta a su reclamación ante el veredicto que las afectaba, emitido a finales de 2022 en virtud del Título III de la Ley Helms-Burton, que las acusaba de participar en "turismo prohibido" y "actividades de tráfico" al transportar pasajeros a Cuba y utilizar los muelles e instalaciones construidas por la empresa estadounidense Havana Docks.

Dicha sentencia, la primera de su tipo en aplicar el Título III de la Ley Helms-Burton, fue considerada por la Cancillería cubana como "una agresión económica del Gobierno de EEUU, a escala internacional y de modo abarcador". En tal sentido, las autoridades cubanas celebran ahora que el tribunal de apelaciones dijo que Havana Docks tenía una concesión para explotar los muelles, no una "propiedad en pleno dominio o propiedad absoluta de la propiedad confiscada", lo que invalida la decisión anterior.

"No creemos que el Congreso, al promulgar el Título III, haya querido convertir los intereses de propiedad que estaban limitados temporalmente al momento de su confiscación en intereses de propiedad absoluta a perpetuidad, de modo que los titulares de esos intereses limitados pudieran hacer valer sus derechos de tráfico hasta lo que Buzz Lightyear llamó 'el infinito y más allá'", dijo el tribunal de apelaciones.

El juez principal del caso, William Pryor, y el juez Adalberto Jordan dictaminaron que, aunque Havana Docks tiene un reclamo por la pérdida del muelle y las instalaciones y sus derechos para explotarlos, lo cual fue certificado independientemente por la Comisión de Solución de Reclamaciones Extranjeras del Departamento de Justicia, la compañía no tenía "ningún derecho de propiedad absoluta sobre ninguna propiedad inmobiliaria en el Puerto de La Habana".

Los jueces dijeron, asimismo, que la mejor manera de interpretar la situación "es considerar el interés de propiedad en cuestión en una acción del Título III como si no hubiera habido expropiación y luego determinar si la conducta alegada constituyó tráfico de ese interés".

Por su parte, una declaración conjunta de MSC Cruises, Norwegian Cruise Line Holdings y Royal Caribbean Group subrayó que estaban "satisfechos con la decisión" y agradecieron al tribunal "por su minuciosa consideración del caso", pero no indicaron si evalúan que barcos de sus flotas regresen próximamente a los puertos cubanos.

El Título III, que fue suspendido por cada ocupante del despacho oval desde que Bill Clinton firmó la ley en 1996, fue reactivado por Donald Trump en 2019 durante su mandato. No obstante, las empresas de cruceros siguieron adelante con sus negocios con La Habana pese a que fueron advertidas por el Departamento del Tesoro de que la autorización para llevar viajeros a Cuba no era excusa para violar otras leyes y reglamentos. También se arriesgaron a hacer negocios con el régimen cubano, aunque sabían que algunos de los puertos que iban a utilizar eran objeto de disputas por reclamos de propiedad, lo que las llevó a los tribunales, como parte de la sentencia anulada por este tribunal de apelaciones.

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