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Salud Pública

Los cubanos tienen poco que esperar de la nueva Ley de Salud Pública y el Gobierno lo demuestra

El descuido de la salud por parte del Estado convierte en una quimera cualquier derecho reconocido por la nueva norma.

La Habana
Ilustración.
Ilustración. Diario de Cuba

El Gobierno de Cuba acaba de aprobar una nueva Ley de Salud Pública que ratifica la responsabilidad del Estado en la atención sanitaria. Sin embargo, este ya se encargó de demostrarle a la población que esa responsabilidad se quedará en el papel. O cargarán con ella los médicos.

Según el Artículo 4.1 de la ley, cuyo proyecto fue publicado a mediados de noviembre y fue aprobado durante el Segundo Periodo Extraordinario de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular este 22 de diciembre, "es responsabilidad del Estado garantizar el acceso, la gratuidad, la seguridad y la calidad de los servicios de atención, protección y recuperación de la salud, mediante un sistema único integral (…)"

El postulado citado revalida lo dispuesto en el Artículo 72 de la Constitución cubana aprobada en 2019: "la salud pública es un derecho de todas las personas y es responsabilidad del Estado garantizar el acceso".

Una semana después de la publicación del proyecto, el médico cubano exiliado Alexander de Jesús Figueredo Izaguirre dio a conocer en Facebook el juicio a que eran sometidos seis colegas del Hospital Carlos Manuel de Céspedes, en Bayamo, por la muerte de un paciente en 2021.

Ese caso demuestra que el enunciado que responsabiliza al Estado con la salud de los cubanos solo existe para mantener la fachada de que Cuba es una potencia médica.

El testimonio de una de las acusadas, la doctora Yoandra Quesada Labrada, y el del urólogo Aldo Luis Zamora Varona, quien estaba trabajando el día del fallecimiento del paciente, apuntan a que la muerte se debió a que los médicos no tuvieron los insumos necesarios para operarlo y emplearon otros que no eran los apropiados.

DIARIO DE CUBA abordó en un análisis las dos opciones que tenían los médicos enjuiciados: negarse a atender al paciente por carecer de los recursos adecuados e incurrir en el delito de denegación de auxilio —que se sanciona con hasta un año de cárcel, siempre que el resultado no constituya un delito más grave, como el homicidio— o trabajar con lo que tenían a su alcance. La consecuencia fue que los procesaron por conducta imprudente (culposa) en la comisión de homicidio.
 
Las frecuentes quejas de pacientes y profesionales de la salud por inexistencia en los hospitales de los recursos más elementales evidencian el abandono del Estado al sistema de salud. Las publicaciones de la Oficina Nacional de Estadísticas e Información (ONEI) revelan cómo la inversión estatal privilegia el sector turístico en detrimento de la salud pública.

Esto hace posible afirmar que el descuido de la salud pública por parte del Estado cubano convierte en una quimera cualquier derecho reconocido por la nueva norma y hará que se quede en el papel.

El Artículo 40 de la ley señala la obligación de las instituciones de brindar atención y cuidados especializados "a toda gestante, respetando su dignidad y autonomía en todas las etapas del proceso de la maternidad, entre los cuales se incluyen la captación temprana del embarazo, las consultas prenatales, el parto institucional y la atención durante la etapa del puerperio".

Ese enunciado choca con una realidad: la violencia obstétrica en Cuba se ha normalizado y se ha extendido, como demostró en 2022 la investigación "Partos rotos".

Las periodistas independientes cubanas que realizaron la investigación recopilaron información sobre más de 500 partos ocurridos en la Isla durante los últimos años.

La visibilización de la violencia obstétrica en Cuba por parte de periodistas independientes, activistas y académicas contribuyó a que el Estado anunciara en 2022 que estaba intentando cambiar este fenómeno.

Según dijeron las autoridades, Cuba comenzaría a aplicar los estándares de parto respetado que son comunes en otros países y que promueve la Organización Mundial de la Salud.

La "Guía de Actuación para la Atención al Parto Respetuoso", que pretendía reformar la atención al parto, en realidad no es de cumplimiento obligatorio. Es un documento de consulta con recomendaciones que los profesionales pueden ignorar.

El plan piloto para aplicar la guía, en realidad consistió en una serie de charlas en las que los profesionales del sector fueron informados de su existencia.

Una ginecobstetra con más de diez años de experiencia atendiendo partos en el hospital confirmó en agosto que en la actualidad no hay rastro de plan piloto o el uso de la nueva guía.

Según esta profesional cubana, que como todas las consultadas pidió no ser identificada por temor a represalias, los esfuerzos por reducir la violencia obstétrica se limitaron a una serie de reuniones. No hubo ni puesta en práctica de los nuevos protocolos, ni indicadores, ni evaluación.

"Se reunieron con los médicos, dieron (la guía) a conocer y acabó todo. En este hospital (González Coro) no se está implementando ningún plan piloto en la práctica, ni se implementó", dijo la doctora. Sobre este tema, la ley no contiene nada, más allá de términos generales.

La ley también reconoce el derecho a una muerte digna (Artículo 159), aunque no incluye la eutanasia. Según explicó en noviembre la directora jurídica del MINSAP, Dagmara Cejas Bernet, la norma se enfoca en la organización de la atención a los cuidados al final de la vida, pero las técnicas para finalizarla, como la eutanasia, serán abordadas "en un momento posterior, en una ley posterior, cuando las condiciones estén creadas para ello".

Las opciones para los cubanos que deseen morir con dignidad son la limitación del esfuerzo terapéutico (no aplicar medidas terapéuticas o dejar de recibirlas en un paciente en estado terminal) y los cuidados paliativos. El objetivo de estos es mejorar la calidad de vida de las personas que padecen una enfermedad terminal, incurable y que conllevará irremediablemente a la muerte.

Miles de enfermos cubanos en esa situación enfrentan la crónica escasez de medicamentos que golpea a toda la población. Las condiciones en que viven, sin acceso a insumos como pañales, sábanas o productos de aseo adaptados a sus necesidades, y los tratamientos casi nulos en los centros hospitalarios para hacerles más llevadero el final de la vida, evidencian que en Cuba no es posible tener una muerte digna, aunque esta sea un derecho según la nueva ley.

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Una muerte digna, después de una vida indigna? Al cubano le interesa más como vivir que como morir.