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Leyes

Cubano, no te conformes con quejarte en Facebook y reclama tus derechos como consumidor

Recibir productos y servicios que cumplan con los requisitos de calidad es solo uno de los derechos que tienen los cubanos, según el Ministerio del Comercio Interior.

La Habana
Ilustración.
Ilustración. Diario de Cuba

La venta de comida en mal estado, caducada o sin los requisitos mínimos de calidad en establecimientos estatales se ha vuelto tristemente usual en Cuba, como demuestran varias publicaciones en redes sociales. 

En octubre pasado, la mortadela que les vendieron a los consumidores del municipio La Lisa, en La Habana, a través de la libreta de abastecimiento, en las carnicerías estatales, era "una masa verdosa y nauseabunda, con un sabor muy ácido", de acuerdo a una publicación en Facebook del Instituto Cubano para la Libertad de Expresión y de Prensa (ICLEP).

Juan Moreno, opositor y director del medio Amanecer Habanero, del mencionado Instituto, presenció los reclamos de varios consumidores en una carnicería de la Lisa, por el aspecto y el sabor del producto. 

"La respuesta del carnicero era que eso era lo que habían mandado y a él le habían ordenado venderlo; que no era culpa suya", contó Moreno a DIARIO DE CUBA. 

Los reclamos no transcendieron y los consumidores tuvieron que elegir entre hacer de tripas corazón y adquirir el producto o no comprarlo, lo que es casi un lujo en un país que atraviesa una severa crisis alimentaria.

"Cuando lo insólito se hace cotidiano deja de llamar la atención y no pasa nada", señaló el director de Amanecer Habanero.

No son pocas las situaciones de este tipo denunciadas en redes sociales, aunque algunas han sido borradas por los propios usuarios. Algunas son publicadas en la prensa estatal, más con el objetivo de mostrar diligencia por parte de las autoridades que de llegar a los responsables de la falta de calidad en los productos que se venden al pueblo.

Al quedarse en silencio, porque lo más probable es que no pase nada, o conformarse con denunciar en las redes sociales o en la prensa, los cubanos se convierten en cómplices de las violaciones a sus derechos como consumidores, que probablemente la mayoría desconoce.

¿Pueden los cubanos hacer más que quejarse en Facebook o en algún medio estatal? Sí. 

La Resolución 54/2018 del Ministerio de Comercio Interior (MINCIN) establece que "los derechos del consumidor son inviolables por los proveedores e irrenunciables por los consumidores" y establece cuáles son esos derechos:

  1. Recibir productos y servicios que cumplan con los requisitos de calidad, insumos del servicio y  deseguridad establecidos.
  2. Recibir protección contra la publicidad comercial falsa o engañosa y práctica desleal de los proveedores.
  3. Satisfacer sus necesidades con un adecuado y oportuno abastecimiento de bienes y servicios de primera necesidad, con especial atención a los grupos vulnerables.
  4. La protección de sus intereses económicos, que les permita adquirir productos y servicios con adecuada relación calidad-cantidad-precios, recibir la factura o comprobante de venta en los servicios que se establezcan o se soliciten por el cliente, así como la entrega completa del dinero que excedió al efectivo entregado por el bien o servicio recibido, incluyendo la moneda fraccionaria.
  5. Comprobar el peso del producto adquirido en el área destinada al respecto.
  6. Que se muestren en un lugar visible los precios de los productos y servicios que se ofertan.
  7. Acceder a una información veraz que posibilite elegir conforme a las necesidades, expectativas, deseos y preferencias.
  8. Acceder a la información sobre los requisitos a cumplir en los establecimientos en aras de un mejor disfrute de los servicios que se oferten.
  9. Contar con garantía, compensación, indemnización y reparación por daños y perjuicios causados, cuando corresponda.
  10. Participar en el intercambio de opiniones en los procesos de decisiones que los afecten.
  11. Acceder a modalidades sostenibles de consumo, en las que se reduzca el uso indiscriminado de recursos naturales, materiales tóxicos y la emisión de desperdicios y contaminantes, de tal forma que no pongan en riesgo las necesidades de futuras generaciones.
  12. Disponer de vías y mecanismos para tramitar cualquier insatisfacción, reclamación, conflictos entre consumidores y proveedores por daños, individuales o colectivos, tanto por la vía administrativa como judicial.
  13. Que se le dispense un trato amable, transparente, equitativo, no discriminatorio ni abusivo en relación con las condiciones de calidad, cantidad, precio, peso, volumen, medida de los productos y servicios de cualquier naturaleza que adquieran.
  14. Que se le muestre el funcionamiento, manipulación o las propiedades de los productos ofertados.
  15. Protección a la privacidad y seguridad de los datos de los consumidores.

Por otra parte, la Instrucción número 3 de 2019 del propio MINCIN, permite a los consumidores realizar determinadas acciones para la protección de sus derechos, "como tomar fotografías a los bienes que se comercializan, así como a los precios que sean de su interés". 

Ante un producto en mal estado, caducado o que no cumpla con los requisitos de calidad, así como irregularidades en los precios y el pesaje, los consumidores pueden:

  1. Escribir la denuncia en los correspondientes registros denominados comúnmente como "Libro de Quejas y Sugerencias" habilitados en cada entidad o centro.
  2. Denunciar el hecho ante la dirección del cuerpo de inspectores populares de las respectivas asambleas municipales populares del poder popular o ante la dirección del cuerpo de inspección del MINCIN.
  3. Denunciar el hecho ante los jefes competentes de las direcciones municipal, provincial o ministerial del Comercio Interior.
  4. Exigir de la dirección de la entidad información sobre la existencia de líneas telefónicas y páginas web institucionales que estén habilitadas para presentar denuncias y proceder a su materialización. Cada municipio y provincia adopta en este sentido iniciativas propias. No obstante, existe una línea única con No. de teléfono 80022624, publicada el 17 de marzo de 2020 por Yaditza del Sol González/[email protected] , creada para tramitar dudas, quejas y petición relacionadas a los derechos del consumidor.
  5. Ejercer el derecho ciudadano de radicar denuncia policial directamente en las oficinas de carpeta de la Unidad de Policía Nacional Revolucionaria, jefatura de las fiscalías Municipales o secretarías judiciales de los tribunales municipales contra los presuntos responsables del engaño al consumidor.

El Artículo 227 del Código Penal aún vigente sanciona con privación de libertad de seis meses a dos años o multa de trescientas a mil cuotas al que:

a) venda o ponga a la venta al público artículos incompletos en su composición o peso o deteriorados o en mal estado de conservación; b) omita adoptar las medidas necesarias para evitar la sustracción, el extravío, el deterioro o la destrucción de los bienes, o parte de ellos, que le entreguen los usuarios del servicio a los efectos de su prestación; c) cobre mercancías o servicios por encima del precio o tarifa aprobados por la autoridad u organismo competente, o del precio pactado por las partes; ch) oculte mercancías al público o niegue injustificadamente los servicios que se presten en la entidad; d) venda, ponga a la venta, tenga en su poder con el propósito de traficar, elabore, disponga para la exportación, exporte o importe un producto industrial o agrícola con indicación de calidad o designación de marca que no corresponda al producto; e) utilice ilegalmente, marca, modelo industrial o patente, en algún producto. 2. En igual sanción incurre el que ponga a la venta, disponga para la exportación o exporte un producto industrial o agrícola con indicación de calidad o designación de marca que no corresponda al producto.

El Código Penal que entrará en vigor el próximo 1 de diciembre sanciona con privación de libertad de un año a tres años o multa de trescientas a mil cuotas o ambas, a quien: 

a)  Venda, o ponga a la venta al público, artículos incompletos en su composición o peso o deteriorados o en mal estado de conservación; b) omita adoptar las medidas necesarias para evitar la sustracción, el extravío, el deterioro o la destrucción de los bienes, o parte de ellos, que le entreguen los usuarios del servicio a los efectos de su prestación; c) cobre mercancías o servicios por encima del precio o tarifa aprobados por la autoridad u organismo competente, o del precio pactado por las partes; d) oculte mercancías al público o niegue injustificadamente los servicios que se presten en la entidad; y e) venda, ponga a la venta, tenga en su poder con el propósito de traficar elabore, disponga para la exportación, exporte o importe un producto industrial o agrícola con indicación de calidad o designación de marca que no corresponda al producto.

El Estado cubano es responsable de garantizar la calidad de los productos que oferta y de proporcionar a la ciudadanía mecanismos para presentar quejas. Pero es responsabilidad de los cubanos no ser cómplices de las vulneraciones a sus derechos como consumidores, al quedarse callados o conformarse con denunciar en las redes sociales o la prensa.

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