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Animales

'Autoriza el maltrato' en Cuba: animalistas desgranan el Decreto-Ley de Bienestar Animal

Un estudio recoge que el texto legal 'es una norma para regular el uso' y no la protección de los animales.

Madrid
Un perro abandonado en Cuba.
Un perro abandonado en Cuba. Facebook/BAC-Consolación del Sur

Un grupo de animalistas independientes cubanos hizo un estudio sobre el Decreto-Ley de Bienestar Animal aprobado en la Isla y consideró que en el texto legal "se autoriza el maltrato animal, y no solo al aprobar las lidias (peleas) de gallos, sino también en otros casos como el rodeo, la caza deportiva, los circos, etcétera".

Tanto las peleas de gallos como el rodeo y la caza deportiva son lucrativos negocios de la empresa estatal Flora y Fauna, que dirige el comandante de la revolución Guillermo García Frías.

"Cuesta trabajo entender –y no lo entendemos– que una norma que pretenda garantizar el bienestar animal desde la mirada de la ciencia y de la ética, apruebe actividades que ocasionarán a los animales involucrados 'dolores, lesiones y enfermedades', 'miedo, angustia y sufrimiento'", apunta el estudio.

Grettel Valdés Montes de Oca, Valia Rodríguez Rodríguez, Zoila Portuondo Guerra y Javier Larrea Formoso, presidente de Bienestar Animal Cuba (BAC) son los animalistas cubanos que participaron en el estudio, según una copia obtenida por DIARIO DE CUBA. Larrea divulgó el texto íntegro en Facebook.

"No vamos a analizar aquí el argumento sin valor alguno de la pretendida 'tradición gallera', en primer lugar porque esa 'tradición' vino de España, igual que la esclavitud (la cual abolimos hace siglo y medio), y en segundo lugar porque las sociedades civilizadas no perpetúan 'tradiciones' crueles y corruptoras del medio social", agrega.

El estudio señala que el Decreto-Ley de Bienestar Animal "sustituye las 'cinco libertades' y las 'tres R' por la enumeración, en su Artículo 5, de unas 'necesidades básicas' que resultan pobres y limitadas".

El Artículo 5 apunta que a los animales hay que "proporcionar alimentos y agua segura para evitar el hambre y la sed; garantizar espacio vital y ambiente confortable para evitar la incomodidad; garantizar que no padezcan dolor, lesión y enfermedad, mediante la prevención, curación y rehabilitación; evitar que sientan miedo, angustia y estrés; y cualquier otra que les permita expresar su comportamiento natural".

En Cuba obviaron los tres principios, según los cuales, todos los animales deben vivir una vida natural, disfrutar de salud y estar en buenas condiciones y sentirse contentos. Así mismo, "las cinco libertades" para todos los animales son: estar libres de hambre y sed, estar libres de incomodidades, estar libres de dolores, lesiones y enfermedades, disfrutar de la libertad de manifestar su conducta normal y estar libres de miedo, angustia y sufrimientos.

Tampoco los redactores del Decreto-Ley de Bienestar Animal en Cuba tuvieron en cuenta "las tres R: reducir el uso de animales de laboratorio al mínimo indispensable en cada experimento, refinar los métodos experimentales con vistas a garantizar el bienestar de los animales y reemplazar los animales por otras técnicas o métodos de investigación con el apoyo del avance tecnológico en cada área de investigación".

El Decreto-Ley de Bienestar Animal en Cuba "es una norma para regular su uso", pero no garantiza la protección ni la "relación armónica entre los seres humanos y el resto de las especies, como condición insoslayable para la existencia de todos", según recoge el mismo texto legal. 

El Decreto-Ley obvió que "los animales no humanos merecen disfrutar de bienestar por sí mismos y no por su utilidad para nuestra especie ya que no son cosas ni recursos" y que "son seres vivos que experimentan placer y dolor, tienen inteligencia, grados de conciencia –monos y delfines evidencian, incluso, poseer metacognición, o sea son conscientes de sus propios pensamientos–, lenguaje, rituales y una vida propia de la cual son dueños y que desean preservar".  

Un Decreto-Ley sin claridad

Los animalistas lamentan que el Decreto-Ley de Bienestar Animal nació "exclusivamente desde la sanidad animal y la medicina veterinaria"; "la poca severidad de las sanciones" a quienes maltraten a los animales; la poca claridad sobre de si están permitidas o no en Cuba las asociaciones independientes de la oficialista Asociación Cubana para la Protección de los Animales y las Plantas (ANIPLANT) y la atención a los animales comunitarios. Asimismo, señalan la carencia de los fundamentos filosóficos y científicos en el texto legal.

"No solo se perdió la oportunidad de hacer un Decreto-Ley verdaderamente revolucionario sino uno que esté atemperado a las demandas del siglo XXI. Y es que no podíamos esperar una norma a la altura de las expectativas de la sociedad cubana y de la comunidad animalista, porque fue redactada por quienes son jueces y parte en el maltrato animal, y porque, además, en la mesa redactora no estaban todos los factores indispensables".

El estudio hace un recorrido pormenorizado por el Decreto-Ley de Bienestar Animal en Cuba y propone otra redacción para algunos de sus apartados, así como, cuestiona la falta de claridad, por ejemplo, en si se puede matar al resto de los animales que no sean de compañía o la definición de "los criadores de animales".  

"¿Solo se autorizan los centros de acogida, rescate y rehabilitación en su forma estatal? ¿O los privados también? ¿Cuándo y bajo qué condiciones actúa el Ministerio del Interior (MININT)? ¿Qué tipo de casos pueden ser autorizados a ser sacrificados al nacer? ¿Dónde está la regulación sobre la correspondencia entre la edad de un animal de trabajo y la labor que desempeña? ¿Puede cualquier animal de la fauna silvestre ser extraído si se autoriza? ¿Quién controla, dentro de la entidad, que la autorización es adecuada?", son algunas de las interrogantes de los animalistas.

El estudio insiste en la necesidad de educar a la sociedad cubana sobre la importancia del bienestar de los animales, educar a quienes trabajan con animales en cursos con los parámetros científicos internacionales y elaborar "guías de Bienestar Animal para los organizadores de eventos, competencias, exposiciones, ferias y cualquier otra actividad con animales".    

El Gobierno de Cuba anunció la aprobación del Decreto-Ley de Bienestar Animal el pasado 26 de febrero, pero no fue hasta el 10 de abril que el texto legal fue publicado en la Gaceta Oficial.

"No se trata de escribir una disposición jurídica sino de materializar su contenido, punto en el que se encuentra atascado el Gobierno de Cuba, debido a los grandes retos de economía, organización, recursos y unificación del capital humano" que implicará poner en marcha el Decreto-Ley de Bienestar Animal, dijeron abogados consultados por DIARIO DE CUBA en marzo.

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1 comentario

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Si no respetan al ser humano van a respetar a los animales